Mariano Borinsky es juez, integrante de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación y presidente de la comisión para la reforma del Código Penal. En una estrategia para no apagar el debate por la despenalización del aborto que sufrió un revés en el Senado, tras el rechazo del proyecto de ley que llegaba con media sanción de Diputados a la Cámara alta, el jefe de Gabinete Marcos Peña confirmó que la discusión por el aborto legal se integrará al nuevo Código Penal.
En una medida política y legal que busca subsanar las heridas de los derrotados, en procura de intentar conformar las posiciones que peleaban por la adquisición de nuevos derechos, el Gobierno anunció que el tema será abordado por las reformas en el contrato social que prevé ser sancionado el 21 de agosto. "Hoy estamos a la vigencia de un código de 1921 en el que aún los legisladores que estaban en contra de su sanción decían que tenía que ser aggiornado y actualizado, porque el código penal más allá de la ley puntual debe atender a los intereses de toda la sociedad, y el anteproyecto en definitiva contempla todos los derechos constitucionales en juego, tanto el derecho a la vida como el de la libre disponibilidad del cuerpo de la mujer", explicó.
El juez razonó. Dijo que como el trámite parlamentario rechazó la aprobación de la ley, el anteproyecto del Código Penal trabaja sobre la actualización de un código que tiene cerca de cien años de permanencia. "Por eso, el anteproyecto del código penal, en primer término, acoge el fallo FAL, es decir, excluye los supuestos de abuso sexual y los supuestos de peligro para la vida de la mujer. Es algo importante porque no es lo mismo que esté previsto en un fallo de corte a que esté en la letra de una ley con su exposición de motivos. No se va a generar la judicialización de estos casos, lo que genera también la mejora y la agilidad en el servicio de justicia", adujo.
"También incorpora el tema de que en los casos de punibilidad no va a ser punible la mujer, según lo determine cada juez en particular. Añade, a su vez, el supuesto de peligro para la salud mental de la mujer, es decir que incorpora una situación de excepción que no estaba prevista", enumeró Borinsky.
El tratamiento del aborto en el Código Penal se circunscribe a sucesos específicos: "Es delito, está en el artículo 85 del Código Penal, pero tiene una posibilidad de excepción que puede aplicar el juez en cada caso concreto. Sigue vigente la posibilidad de que esto sea un delito, pero con una serie de excepciones que contemplan en definitiva las exposiciones antagónicas que están en juego", insistió.
El nuevo Código Penal tiene 540 artículos, casi el doble de los que conformen el contrato vigente. "Tengamos en cuenta que en cien años hubo casi 900 leyes que han hecho modificaciones parciales. En este nuevo código está sintetizada toda la legislación penal del último siglo, más la jurisprudencia de la Corte, más lo que han trabajado las 17 comisiones anteriores. Es la primera vez, esta la número 18, que se eleva al Congreso", valoró.
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