La Justicia volvió a manifestarse en contra de la ampliación del estacionamiento medido en las calles de la ciudad. Otra vez, el juez en lo contencioso administrativo y tributario porteño Francisco Ferrer hizo lugar a un pedido y consideró que la aprobación de ciertos artículos que extendían el pago del servicio a más barrios porteños se realizó de manera irregular.
El fallo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 23 declaró la inconstitucionalidad de varios de los artículos de las leyes 4888 y 5728 por los cuales la Legislatura porteña autorizó al Ejecutivo a concesionar el Sistema de Estacionamiento Regulado.
Ferrer hizo lugar a un amparo presentado por la ONG Proto Comuna Caballito y declaró inconstitucionales los artículos 2, 4 y 5 de la Ley 5728, conjuntamente con sus Anexos, "en tanto contemplan supuestos alcanzados por el artículo 89, incisos 1, 4 y 5 de la Constitución" de la Ciudad porque estos debieron cumplir con el procedimiento de doble lectura exigible.
En julio del año pasado, el magistrado ya había ordenado la suspensión de todo proceso de licitación relacionado con el servicio de parquímetros y de acarreo.
En diciembre de 2016 la Legislatura aprobó con 33 votos a favor la Ley 5728 que autorizaba la concesión del Sistema de Estacionamiento Regulado por el plazo de 10 años, modificando de esa manera la Ley 4888.
Cuatro meses después, un contribuyente presentó un recurso de amparo en el que cuestionaba el hecho de que la norma había sido aprobada por mayoría absoluta y en modo de simple lectura, cuando en realidad debió contar con la mayoría de los dos tercios del total de los legisladores y con la realización obligatoria de una audiencia pública.
En este sentido, el juez declaró que encontrándose cumplidos los recaudos impuestos por el artículo 82, incisos 4 y 5 de la Constitución de la Ciudad, resultaba exigible que fueran aprobados por la mayoría de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura.
Desde la Secretaría de Transporte y Tránsito de la Ciudad informaron que apelarán el fallo. "No se está concesionando, ni otorgando un derecho, ni disponiendo un bien de dominio público, sino directamente concesionando un servicio público de control y regulación del tránsito, por lo que no es necesario someter el tratamiento de la ley a un procedimiento de doble lectura", señalaron desde el área comandada por Juan José Méndez.
En el fallo, Ferrer estipula además que si pasados los 18 meses de la promulgación de la ley no se adjudica la licitación, la Ciudad tendrá que hacerse cargo de ese servicio de estacionamiento medido que hoy es explotado por dos empresas (STO y SEC). Sin embargo, desde la Ciudad explicaron que como la licitación estuvo paralizada durante tres meses en 2017, esa obligación aún no rige.
A pesar de la judicialización, el proceso de licitación avanzaba y ya había oferentes que se presentaron a la compulsa. El próximo 2 de julio está previsto abrir los sobres para conocer las propuestas, aunque no se podrá adjudicar el servicio al ganador hasta que no se resuelva la contienda judicial.
El nuevo sistema de estacionamiento ordenado consiste básicamente en un incremento en la cantidad de parquímetros en ciertas calles y avenidas en 13 de las 15 comunas. El estacionamiento medido incluye cinco zonas y ampliará de 4.000 a 80.000 la cantidad de espacios por los que se deberá pagar para estacionar.
Según los datos oficiales, se mueven en la Ciudad seis millones de personas todos los días, circulan 1.600.000 autos, 37 mil taxis y 10 mil colectivos.