El Gobierno dispuso que las compañías aseguradoras incluyan a partir de septiembre en sus pólizas el recordatorio de la exigencia de contar con el grabado de autopartes en las jurisdicciones donde el requerimiento es ley, según una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.
La Resolución 40691-E/2017 de la Superintendencia de Seguros de la Nación establece que las aseguradoras deberán incluir en el frente de las pólizas la leyenda que diga: "El vehículo asegurado deberá contar con el respectivo grabado indeleble del dominio en determinadas partes de la carrocería conforme lo disponga la normativa de aquellas jurisdicciones en las que el mismo es obligatorio".
El grabado de autopartes, herramienta que es parte de una política integral en materia de seguridad pública, está vigente y es requisito obligatorio de circulación para autos radicados en la Ciudad de Buenos Aires y las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Mendoza.
Surgido a partir de leyes de cada una de esas jurisdicciones, el sistema de trazabilidad e identificación con el dominio en puertas, baúl y capot busca evitar que las piezas producto de una actividad delictiva puedan ser comercializadas.
Asimismo, establece que las aseguradoras solo podrán vender los restos de autopartes dados de baja por siniestro total a quienes se encuentren inscriptos en el Registro Único de Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas o en los Registros de Verificación de Autopartes de la Ciudad de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, u otros creados a tales fines en otras jurisdicciones.
El grabado se realiza una sola vez, a menos que alguna de las piezas marcadas resulte afectada en un siniestro; en ese caso, se graba nuevamente sin costo para el usuario.
Los autos radicados en la Ciudad de Buenos Aires podrán efectuar el trámite pidiendo un turno a través de la línea 147 o en la web del gobierno porteño y en la Provincia de Buenos Aires, llamando al 0800-444-0018.