
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) autorizó, a través de la disposición 946/2018, la venta en farmacias, bajo receta archivada, de la droga misoprostol, que por primera vez se podrá adquirir para la interrupción del embarazo en los casos que contempla la ley. Será el Laboratorio Domínguez, titular del producto Misop 200 ug, el autorizado para fabricar el medicamento. Así lo confirmaron desde la ANMAT a Infobae.
La droga se distribuía únicamente en hospitales. Con la nueva resolución de la ANMAT, los ginecólogos la podrán recetar a sus pacientes en el consultorio cuando consideren que la mujer está bajo alguna de las circunstancias que prevé la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
"Este medicamento se aprobó para fines ginecológicos, si bien desde el ámbito de la salud lo vemos como algo lógico, es un instrumento terapéutico para el aborto farmacológico, ya que hoy se realiza a través de una pastilla vía oral y otra intravaginal sin necesidad de un proceso de internación, sino meramente un procedimiento farmacéutico", describió Marcelo Peretta, doctor en Farmacia y Bioquímica y secretario general del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos a Infobae.

Fuentes de la Secretaría de Gobierno de Salud afirmaron, que se autorizó esta disposición porque existen múltiples indicaciones ginecológicas y algunas obstétricas para el uso del Misoprostol en éstas dosis que no requieren internación, y que sería traumático en estos casos internar a una mujer para una práctica como esa.
Esto también incluye la interrupción legal del embarazo por las causales exceptuadas en la normativa vigente. En los casos en que sea utilizado para la Interrupción legal del Embarazo, previstas en el Código penal, tiene que ser usado antes de las 10 semanas en base a la evidencia científica, que recomienda su administración ambulatoria. Luego de la semana 10, en los casos de ILE, se requiere internación.
La interrupción del embarazo está autorizada únicamente cuando representa un peligro para la vida de la mujer y este peligro no puede ser evitado por otros medios, si el embarazo representa un peligro para la salud de la mujer (entendida la salud como el bienestar físico, mental-emocional y social) y si el embarazo proviene de una violación.
Lo novedoso de la nueva resolución de la Administración es que hasta hoy el misoprostol se conseguía en las farmacias a través de un medicamento llamado comercialmente Oxaprost (Laboratorios Beta), que venía combinado con otra droga, diclofenac, que no estaba autorizado con fines ginecológicos sino gástricos y su precio rondaba entre los 4200 pesos. El nuevo medicamento se estima que estará más barato y por debajo de los 4000.

En cuanto a la distribución y el cumplimiento de regulación que plantea la ANMAT, ya que su venta se puede efectuar únicamente bajo receta archivada, la Administración dijo a Infobae que no estaba dentro de sus competencias la regulación de las farmacias.
Con respecto al producto, la ANMAT emitió un comunicado en agosto, donde aclara que dicha especialidad medicinal se encuentra autorizada por la Administración desde julio pasado, en forma farmacéutica en comprimidos vaginales, en una concentración de 200 ug, bajo la condición de venta bajo receta archivada, para uso institucional y hospitalario exclusivo.
Cabe señalar que el misoprostol, al igual que otras prostaglandinas, produce maduración cervical, dilatación y reblandecimiento del cuello uterino, disminuyendo la cantidad de fibra de colágeno y permitiendo que se intercale entre ellas una mayor cantidad de agua. Además, y de forma consecutiva, el misoprostol aumenta la frecuencia y la intensidad de las contracciones del músculo liso uterino, de forma que las fibras se orientan en el sentido de la tensión ejercida sobre ellas, facilitando así la expulsión del contenido del útero.
Estas propiedades del misoprostol permiten su utilización en la maduración cervical previa a una histeroscopía, o en otros procedimientos ginecológicos que requieran acceder a la cavidad uterina en la inducción del parto, en la prevención o tratamiento de la hemorragia posparto, o en la interrupción del embarazo en las condiciones establecidas por la legislación vigente en nuestro país.
"Es una decisión que traerá sin dudas repercusiones polémicas y me atrevería a decir que incluso escandalosas ya que esto llega dos meses después de que el congreso rechazara la legalización del aborto", concluyó Peretta.
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