La polémica no tardó en desatarse, luego de que saliera a la luz un proyecto de ley de la diputada de Unión Pro Paula Urroz, que propone terminar con la obligatoriedad de las vacunas y plantea que las personas que sean pasibles de vacunación obligatoria u opcional, así como quienes son responsables por la vacuna que reciba un menor, puedan aceptar o no ese acto médico.
"Dentro de las grandes revoluciones en la salud pública, la creación de las vacunas es una de las más importantes, junto con el descubrimiento de la penicilina y el advenimiento de los antibióticos y la posibilidad de potabilizar el agua. Estas fueron medidas que a lo largo de los años disminuyeron la mortalidad infantil en forma drástica". La opinión pertenece a la médica Victoria Cavoti (MN 111.677), patóloga perinatal de la maternidad Ramón Sardá, quien, además, es especialista en Salud Comunitaria. Según ella, para todos los que trabajan en salud pública, "la aprobación de una ley de este tipo representa un retroceso de 100 años".
Dentro de las grandes revoluciones en la salud pública, la creación de las vacunas es una de las más importantes
Tras asegurar que "las vacunas son una medida de prevención de enfermedades, que muchos consideran banales (como el sarampión o la rubeola) pero que pueden traer secuelas y gran morbilidad", Cavoti remarcó que, además, "vacunar a los niños es un acto colectivo de salud".
En ese sentido, amplió: "Si un padre no vacuna a su hijo, por ejemplo, contra el sarampión, pero ese niño concurre a una escuela con un niño inmunodeprimido (por ser diabético, cardiópata, tener una enfermedad genética, ser obeso o estar mal nutrido), quizá el niño no vacunado curse un sarampión leve sin complicaciones, pero si su compañerito se contagia tendrá altas chances de mortalidad".
Por otro lado, Cavoti mencionó un postulado de la salud pública que asegura que "como se vive se enferma". "Entonces, que las vacunas dejen de ser obligatorias es desconocer las diferencias sociales, de higiene y de salud que conviven en el vasto territorio argentino", afirmó. Y vaticinó: "Detrás de esta ley va a venir un gran problema, que es el colapso de la salud".
Y cuestionó: "¿Alguien les pregunta a los niños si quieren padecer enfermedades que ya están casi erradicadas y que, por ejemplo la poliomielitis, lleva a la discapacidad? Preguntémosles a personas de 60 años que tuvieron polio si no hubiesen preferido no tenerla".
Consultada la diputada Samanta Acerenza (Cambiemos), miembro de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la Cámara baja, a la que ahora giró el proyecto, opinó que "las vacunas salvan vidas, por esto es fundamental la intervención preventiva del Estado a través del calendario de vacunación para cuidar a la población". "Vale resaltar, además, que ante todo el Estado debe hacer primar los derechos de los niños en defensa de su mejor calidad de vida, en este caso de su salud, y que el derecho de los padres a tomar decisiones por ellos no puede ser de ningún modo ilimitado ni, menos aún, ir en contra del bienestar del niño", agregó.
"Voluntarizar las vacunas es incorrecto"
El doctor en Farmacia y Bioquímica Marcelo Peretta es titular del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (Safyb) y consideró que "si bien es correcto informar al paciente respecto de los riesgos que tiene la aplicación de cualquier vacuna porque es un medicamento que tiene efectos secundarios (fiebre, dolores en el sitio de aplicación, consecuencias neurológicas) de ninguna manera puede dejarse en manos del paciente la decisión de aplicarse o no una vacuna del calendario oficial".
"Estas vacunas están resueltas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como indispensables y su riesgo-beneficio está a favor del beneficio, por tanto es mejor aplicarlas –puntualizó Peretta–. Pero además, si el paciente individualmente decide no colocárselas por algún criterio particular que tenga, no solamente se perjudica él, sino que también perjudica a sus familiares, vecinos, ciudadanos, porque podría contraer esa enfermedad y contagiarlos".
De ninguna manera puede dejarse en manos del paciente la decisión de aplicarse o no una vacuna del calendario oficial
Por lo tanto, según él, "no hay que mezclar el consentimiento informado que debe dar el paciente respecto de que fue asesorado acerca de los riesgos de esa vacunación con la decisión que puede tomar acerca de si aplicarse o no esa vacuna". "Si es obligatoria y la OMS la recomienda por un lado y el plan de salud de cada país también la contiene y la obliga, es de aplicación obligatoria, no hay que mezclar una cosa con otra", insistió.
Aunque, en simultáneo, reconoció que "sí por supuesto hay que dar lugar a los nuevos tratamientos farmacológicos, prácticas crecientes en el mundo, como por ejemplo la homeopatía, que cuando la alopatía no da resultado es una opción válida y debe estar cubierta por el sistema de salud".
La Sociedad Argentina de Pediatría, en alerta
Desde la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) emitieron un comunicado en el que observaron "con preocupación que se hayan comenzado a alzar voces sin fundamento científico alguno, que se oponen a acciones –como la vacunación– por las que la medicina viene luchando desde hace mucho tiempo y cuyo efecto beneficioso para la población está demostrado".
Y enumeraron tres ítems desde los que debe analizarse la problemática de las vacunas:
– Desde el punto de vista sanitario, no existen dudas de que las vacunas "lograron resultados concretos en el control de las enfermedades infectocontagiosas".
– Desde el punto de vista científico, "las vacunas son elementos biológicos que contienen uno o varios antígenos administrados para conseguir una reacción controlada. Los efectos colaterales son habitualmente menores y de menor riesgo que la infección natural".
– Desde el punto de vista normativo, "en nuestro país el derecho a la salud se encuentra protegido por la Constitución Nacional, tratados internacionales a los que se ha suscripto (como la Convención de los derechos del Niño) y por disposiciones legales tanto de los ámbitos nacionales como provinciales".
La Ley 26.061 en su artículo 14 hace referencia a que "…los niños, niñas y adolescentes tiene derecho a la atención integral de su salud… y acceder en igualdad de oportunidades a los servicios y acciones de prevención, promoción, información, protección, diagnóstico precoz tratamiento oportuno, y recuperación de la salud".
Y en este punto, resaltaron desde la SAP que "son los organismos del Estado quienes deben garantizar la posibilidad del cumplimiento efectivo de estos derechos".
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