El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispuso uniformar los criterios de gestión para la prevención de ingreso de plagas y/o enfermedades, asociadas a los medios de transporte marítimo y fluvial a través de su Sistema de Monitoreo de Comercio Exterior (SIMCE).
La medida está contemplada en la Resolución 524/2024, y va en línea con “una visión más estratégica e integradora de la actividad en los puertos fluviales o marítimos”, donde el Senasa ejecuta sus acciones prevención y apunta a una simplificación y agilización de los procedimientos operativos.
El Senasa informó que, en una primera etapa, las acciones previstas en el SIMCE se ejecutarán en los puertos granarios fluviales y marítimos, antepuertos, zonas de espera, muelles, radas o cualquier otro lugar que se defina, donde se realizan operaciones de comercio exterior y “se aplican programas y/o acciones de prevención de ingreso de plagas y/o enfermedades, asociadas” a los medios de transporte marítimo y fluvial.
La disposición abarca a las terminales ubicadas en jurisdicción de los centros regionales Buenos Aires Norte, Buenos Aires Sur, Entre Ríos y Santa Fe del Senasa, donde se produce la gran mayoría de la actividad comercial de exportación de productos y subproductos granarios.
El objetivo final, detallaron desde el máximo organismo sanitario nacional, es que todos los puertos funcionen de igual forma y “eficientizar más la logística a través de mejoras en los procedimientos y metodologías de organización dinámicas, que redunde en la optimización de los esquemas de prevención de plagas y enfermedades”.
El monitoreo a través del SIMCE estará a cargo de la Coordinación General de Fronteras y Barreras Sanitarias de la Dirección Nacional de Operaciones (DNO) del Senasa y estará conformado por los referentes regionales de cada uno de los puertos.