Entidades del campo y de la mediana empresa ante la Corte Suprema

Solicitaron la reducción de la tasa de interés aplicable para créditos laborales en la Justicia Nacional del Trabajo

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CAME, Coninagro y la SRA hicieron una petición ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Revista Chacra)
CAME, Coninagro y la SRA hicieron una petición ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Revista Chacra)

La Sociedad Rural Argentina (SRA), la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO), y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), se presentaron el viernes ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) para solicitar nuevamente la reducción de la tasa de interés aplicable para créditos laborales en la Justicia Nacional del Trabajo.

La nueva presentación se realizó porque la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió en el expediente “Recurso Queja Nº 1 – OLIVA, FABIO OMAR c/ COMA S.A. s/despido” (Fallos: 347:100), “la improcedencia” de la capitalización anual y “la irrazonabilidad” de la tasa de interés anterior indicando que: “En la causa, la capitalización periódica y sucesiva de intereses ordenada derivó en un resultado económico desproporcionado y carente de respaldo…”.

La Comisión Nacional de Apelaciones al Trabajo, fijó una tasa de interés que para Coninagro, la SRA y CAME resulta “igual o incluso más desproporcionada según el caso concreto” (Colprensa)
La Comisión Nacional de Apelaciones al Trabajo, fijó una tasa de interés que para Coninagro, la SRA y CAME resulta “igual o incluso más desproporcionada según el caso concreto” (Colprensa)

La CSJN agrega que, “aún cuando lo atinente a los intereses aplicables a los créditos laborales es una materia ubicada en el espacio de razonable discreción de los jueces de la causa, cabe apartarse de tal principio cuando la decisión cuestionada, amén de carecer de sustento legal, arriba a un resultado manifiestamente desproporcionado que prescinde de la realidad económica existente al momento del pronunciamiento”.Luego de conocerse la resolución de la Corte Suprema, la Comisión Nacional de Apelaciones al Trabajo, fijó una tasa de interés que para Coninagro, la SRA y CAME resulta “igual o incluso más desproporcionada según el caso concreto”, además que subrayar que “no se encuentra permitido por ley”.

CAME, Coningaro y la SRA solicitaron ante la Suprema Corte la reducción de la tasa de interés aplicable para créditos laborales en la Justicia Nacional del Trabajo (Revista Chacra)
CAME, Coningaro y la SRA solicitaron ante la Suprema Corte la reducción de la tasa de interés aplicable para créditos laborales en la Justicia Nacional del Trabajo (Revista Chacra)

La tasa refiere a la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más el seis por ciento (6%) e implica fijar un índice de actualización como tasa de interés.

En ese marco, las entidades solicitan ante la Suprema Corte que la tasa de interés, no sea superior a la que se fija para juicios por alimentos en materia civil. Puntualmente, indican: “entendemos que el parámetro de tasa debe ser nuevamente modificado por uno que se encuentre dentro del sistema bancario y sin una actualización extra, ya que la misma se encuentra incluída en la misma tasa”

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