Aún cuando no podamos enfocar con una mirada de pasado a la pandemia que irrumpió en nuestras vidas –dado que no la hemos dejado definitivamente atrás–, sí podemos adelantar algunas reflexiones sobre sus efectos en Argentina. El telón de fondo de la realidad del último año y medio, se vio determinado no sólo por la posibilidad en la afectación de la salud, individual y colectiva, sino también por la crisis resultante, con su incidencia sobre el goce efectivo de derechos y, en definitiva, por la inquietud que conlleva no poder planificar un mañana del modo en que lo solíamos hacer anteriormente.
La incerteza nos asalta, y obliga a construir ciertas certezas que aún no hemos alcanzado o, por lo menos, nos son esquivas. Los avances y retrocesos por rebrotes y nuevas cepas virales, agregan aleatoriedad a la vida de cada día, y vuelve al derecho una disciplina más resbaladiza de lo que usualmente ha sido.
Bajo esta nueva realidad, considero que es inocultable el aporte que los Poderes Judiciales han significado para mitigar, paliar y aún superar muchos de los efectos de esta nueva y desafiante realidad.
En este sentido, se ha reforzado una tendencia que claramente se vislumbraba antes de 2020, consistente en el desempeño bajo un paradigma servicial, donde se pone el foco en la necesidad de quien acude a la Justicia, y se trabaja por objetivos. Se trata de una visión que se define por oposición al modelo burocrático, rígido, segmentado, y funcionalmente limitado.
En el modelo que se va imponiendo, existe un dinamismo con rasgos de horizontalidad en el liderazgo, con robustecimiento de la participación de quienes integran el grupo de trabajo de cada tribunal, que tiende a actitudes de empatía, ingenio, y heterogeneidad en los abordajes. Hay allí un claro eje de conciencia de la eficacia, que se plasma, además de la referida horizontalidad, en un enfoque transdisciplinario, y en la consecuente multiplicación de varios nodos de descentralización de un poder que antes estaba concentrado, lo cual va llevando a multiliderazgos que se articulan con permanente seguimiento y revisión del resultado final o producto sistémico que, bajo ideales de eficiencia, van guiando el trabajo judicial.
Aunque puede ser poco sabido, lo cierto es que desde lo práctico, una vez advertida la irrupción de la nueva realidad, las juezas y jueces tomamos inmediatamente la decisión estratégica de intentar “absorber” el impacto de aquélla sobre quienes litigaban o participaban de los procesos judiciales. Esto significa que buscamos por todos los medios, con ingenio y proactividad, evitar “trasladar” a las personas que acuden a los tribunales, las dificultades suscitadas por los efectos de la pandemia y la reglamentación de los derechos que le siguió.
Este anhelo, obviamente, implicaba redoblar los esfuerzos, reasignar tareas y funciones, y pensar en maneras de potenciar y estimular el trabajo bajo modalidades remotas, mayormente desconocidas no sólo en el espacio tribunalicio sino en la mayoría de las actividades y sectores del quehacer nacional.
Hubo allí un aprendizaje en conjunto, que requirió modular cambios y recombinaciones constantes, con miras a encontrar la fórmula más efectiva para mantener el funcionamiento de la Justicia con resultados equivalentes a los que prevalecían con anterioridad a la irrupción de la pandemia.
Una formidable “tabla de salvación” en este sentido, ha sido la digitalización de los expedientes judiciales, si bien requirió de quienes no eran parte de un litigio, aprender justamente a iniciar un proceso bajo las nuevas pautas, o el giro de oficios electrónicos, entre otras novedades que se implementaron. En todo caso, el proceso de modernización ya se hallaba hacia principios de 2020 sumamente establecido y sedimentado en su aplicación, con claros beneficios; entre otros ejes, en la transparencia y difusión de las decisiones jurisdiccionales.
Estoy convencida de que una situación de grave impacto sobre la salud pública como la que estamos atravesando, hubiera sido mucho más disruptiva y dañina sin el respaldo del sistema informático con que se contaba.
Ahora bien, bajo la realidad de la jurisdicción contenciosoadministrativa, en la que se resuelven cuestiones que involucran al ejercicio de la función administrativa, y donde se juzga el obrar u omisión de las autoridades públicas, cabe advertir que más del 45% de las causas judiciales contienen como elemento de juicio principal, un expediente administrativo. Eso quiere decir, una suma de documentación y decisiones mayormente en formato de papel, realizados y tramitados en la sede administrativa de algún organismo o ente de la Administración.
En otras palabras, dado que la mayoría de estos expedientes no llegan a los tribunales digitalizados, toda decisión referente a los mismos, requería acudir a la sede de cada Sala o tribunal para leer su contenido, tomando nota del mismo para rescatar los elementos dirimentes y estructurar el fallo judicial respectivo (algo que, en la terminología tribunalicia, se define como “compulsar” las “actuaciones”).
Una compleja e ingeniosa organización de los y las colaboradores de cada tribunal, hizo posible, bajo lo que en Argentina se conoció como “ASPO” (aislamiento social, preventivo y obligatorio), que limitaba los desplazamientos, lograr tomar nota del contenido de estos expedientes, para optimizar la respuesta judicial.
En otro orden de cuestiones, la sensible disminución de la atención al público en las mesas de entradas (dado que las comunicaciones en cuestión fueron derivadas al plano digital de los expedientes electrónicos), hizo replantear los modos particulares de trabajo de las y los empleadas/os que antes de la pandemia se dedicaban a dichas tareas.
Con ingenio, dinamismo, y eminente sentido práctico, se buscaron formas de colaboración remota de estas personas, quienes no sólo asumieron con espíritu proactivo y colaborativo estos nuevos desafíos, sino que en paralelo se vieron beneficiados quienes litigan, que son las y los destinatarios de los esfuerzos del sistema judicial.
Desde lo netamente jurídico y jurisprudencial, afrontamos un replanteo de las nociones de “bien común” o “bienestar general”, presentes en toda decisión judicial, pero también especialmente protagonistas en el marco de la materia contencioso administrativa. Decidir cuestiones sensibles, con prudencia y equilibrio, ponderando los bienes jurídicos en pugna en un marco normativo reconfigurado bajo la nueva situación, ha sido uno de los desafíos mayores de quienes juramos desempeñar cargos judiciales con apego a nuestra Constitución Nacional.
La sociedad, por su parte, aún se siguió problematizando con las dicotomías dadas por las insistentes disyuntivas entre economía y salud, o entre presencialidad y enseñanza remota, por dar otro ejemplo conocido.
Vuelvo entonces a enfocar en perspectiva los en los primeros 15 meses de la pandemia, y encuentro coincidencias en cuanto a que un común denominador ha sido el incremento de la angustia de la población, ante las incertidumbres sobre cada aspecto de la vida. Creo que este factor, ha tenido una directa incidencia en el reforzamiento de otra idea fuerza de los poderes judiciales, que ha signado el modo en como comprendemos nuestro rol, quienes asumimos la delicada tarea de impartición de Justicia, vinculada a una mirada por resultados de nuestra función.
En la etapa que la pandemia nos hace dejar atrás, la jueza o juez eran aplicadores del Derecho, reducidos a un deber de medios, casi autómatas que pronunciaban los textos de la ley, aplicándola fríamente al caso concreto que se sometía a resolución.
En el momento actual, sin embargo, la figura judicial es la de alguien ligado por otro compromiso: ya no se trata de resolver una problemática, sino de buscar una mirada sabia, equitativa, mucho más humanizada, sobre el conflicto en el que se halla quien acude a su tribunal. En fin: se trata de alguien que entiende las consecuencias de la decisión que adopta y, a su vez, puede incidir para doblegar las fuerzas anómicas que inciden para diluir sus efectos virtuosos.
Pero: ¿cómo salir airosos de esta misión, si los cimientos de la convivencia social se han visto sacudidos por el desafío de la supervivencia, suscitado por la pandemia?, ¿Dónde hallar una idea de justicia que pueda ser común, en el seno de sociedades que se disgregan ante las tensiones que implican los nuevos desafíos?.
Innegablemente, en la actualidad hay una sociedad con dinámicas nuevas, donde emergen nuevos problemas a resolver; y hasta nuevas criminalidades cibernéticas, que hacen necesario investigar y sancionar bajo nuevos enfoques, pero también prevenir, según la reconfiguración de situaciones que se adviertan. Por sobre las idiosincrasias y realidades variantes –hilvanadas, a lo largo y ancho del mundo por el dato común de la pandemia– brotan nuevos conceptos jurídicos, como el de “libertad responsable” de la ciudadanía, la modulación jurídico-social de “fases”, y un largo etcétera de gestión de la catástrofe.
Va en vías de extinción, entonces, el juez o jueza distante, lejano, que van siendo reemplazados por alguien con liderazgo, que busque respuestas para que, al final del día, mejore la situación de quien litiga. Entre muchísimos ejemplos, lo vemos en la articulación que hacen los mejores tribunales en materia de contención de la violencia de género, al coordinar los esfuerzos de fuerzas policiales, ministerios públicos, sistema de salud, sistema asistencial, autoridades municipales o provinciales, y organizaciones no gubernamentales especializadas, en pos de proteger y empoderar a quienes estén sufriendo este flagelo. De nuevo: la necesidad de jueces preocupados por el resultado de sus decisiones, dotados de sentido pragmático.
Por otra parte, el nuevo paradigma lo advertimos también en los casos de responsabilidad patrimonial del Estado, donde por vía jurisprudencial se han dictado medidas de no repetición, como la capacitación en Derechos Humanos a agentes de la Administración que hubieran causado daños graves. Una congruencia entendida rígidamente, entonces, va cediendo ante nuevas demandas de justicia.
En línea con lo que se viene señalando, sinceramente considero que la agravación de los parámetros sociales preocupantes en cuanto a goce de derechos, acceso al empleo, pobreza o exclusión, si bien suscita la activación de políticas públicas para reforzar el desarrollo y el bienestar –tendientes a recuperar los niveles de bienestar imperantes antes de marzo de 2020, o incluso mejorarlos–, incrementa las razones para que cada jueza o juez recuerde su compromiso con la Justicia Social y el imperio irrestricto de los Derechos Humanos, un aspecto que decididamente cobra relevancia bajo el contexto pandémico.
En suma, la sensibilidad hacia la situación de los grupos vulnerables, los paradigmas de diversidad y paridad, la mirada de infancias, la preocupación por el cuidado del ambiente que se ha tornado imperiosa, pasan a ocupar ahora un sitial preeminente en el rol de los Poderes Judiciales, cuyo desempeño bien puede ser recalibrado. Ello así, no como iniciativa unilateral, sino en el marco de un respetuoso diálogo con el resto de la sociedad, que interpela legítimamente a todas las Instituciones.
Por otra parte, lo referente a la mayor tecnificación y las calibraciones en el funcionamiento judicial, a su vez, significarán la profundización de cambios a los que deberemos seguir estrechamente, no como quien observa sino como protagonistas.
Es que, a las tradicionales e inclaudicables exigencias de independencia e imparcialidad –vueltas a repasar, bien que bajo los paradigmas que imperan en el escenario pandémico–, se le suman nuevas modulaciones en la solución de los DESCA, y en la revisión de la agenda de políticas judiciales, tales como las clásicas de modernización y de acceso a justicia, o las más recientes, como la atinente a la concretización de la paridad en la integración y funcionamiento de los tribunales.
Para las y los Judiciales la “zona de confort”, en suma, ha quedado muy lejos, pues la reemplaza un escenario cambiante y desafiante, donde emergerán nuevas soluciones y abordajes. Con ello, refrendamos nuestra vocación vital y renovamos el juramento que alguna vez hicimos, que cobra redoblada vigencia, asumiendo la responsabilidad institucional que la hora nos demanda.
En todo caso, la idea de construir un ámbito para pensar y debatir estos nuevos desafíos dialógicamente, es auspiciosa y sumamente necesaria, por lo que cabe celebrar el nacimiento de www.publyca.org.
*La autora es Jueza de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
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