Senado: el oficialismo busca sesionar el jueves 24 por embajadores y define si incorpora Ficha Limpia

La Libertad Avanza quiere llevar al recinto las designaciones de Alejandro Oxenford y Wenceslao Bunge Saravia como representantes en Estados Unidos y España, respectivamente. Labor Parlamentaria el martes, a las 19

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Sesión en el senado por la suspensión de las PASO
El pleno del Senado, durante una sesión realizada el corriente año (Maximiliano Luna)

El Senado definirá el próximo martes, en una reunión de Labor Parlamentaria -donde se juntan los jefes de bloque con la vicepresidenta y titular de la Cámara alta, Victoria Villarruel-, si sesiona el jueves 24 para aprobar los pliegos que designan a Alejandro Carlos Francisco Oxenford y Wenceslao Bunge Saravia como embajadores argentinos en los Estados Unidos y España, respectivamente. Esta cuestión es la que tiene mayor consenso, aunque en el convite que arrancaría a las 19 se resolverá si también aterriza en el recinto la demorada ley de Ficha Limpia, que ya fue aprobada por Diputados y lista para su sanción, en medio de volteretas y picardías que marean hasta a los propios legisladores.

Tres horas antes de Labor Parlamentaria, el oficialismo y la oposición “dialoguista” -según la semana- harán un nuevo peinado de votos en relación con Ficha Limpia. ¿En qué estado de situación se encuentra hoy? Al ser electoral, la norma precisa una mayoría absoluta -37- en el recinto y volverá a ser clave descifrar -tarea más que compleja- a los santacruceños José María Carambia y Natalia Gadano. Además, habrá que direccionar la lupa hacia un sector del radicalismo, que dudaba sobre la “escasa cantidad de delitos” incluidos en el proyecto, como confió a Infobae un integrante de dicha bancada. Si se toca una coma, volvería en segunda revisión a Diputados y el kirchnerismo celebrará, ya que está en contra.

Otro punto importante para la convivencia de la Cámara alta es resolver la situación de la secretaría administrativa, la caja y el corazón del Senado. Tras la salida de la eficiente María Laura Izzo, Villarruel quiere allí a Emilio Viramonte Olmos, quien -al menos- desde el verano se puso en contacto con los legisladores. En la sesión preparatoria de febrero, los santacruceños Carambia y Gadano arruinaron el encuentro al dejarlo -junto al kirchnerismo- sin quorum.

Tras dicho traspié, que implica la continuidad provisoria de todas las autoridades hasta tanto no se avalen nuevas, el oficialismo intentó solucionar este conflicto de manera discreta. El problema es que el día a día de la Cámara alta se encuentra cruzado por cambios para nada menores en direcciones importantes: Jurídica y Recursos Humanos, entre otras, como señala el decreto presidencial 227/25.

Como Villarruel lo firmó anteayer, el mismo aún no fue publicado en la web oficial, que desde hace añares y por escándalo es más transparente que la de Diputados, donde comanda el libertario y protegido de la Casa Rosada, Martín Menen. La titular del Senado intenta oxigenar la gestión, aunque detrás de esto hay una fuerte y, por momentos, penosa puja política.

Sesión en el senado por la suspensión de las PASO - Victoria Villarruel
La vicepresidenta y titular del Senado, Victoria Villarruel (Gustavo Gavotti)

La gran incógnita es si estos movimientos terminarán aquí, lo que eleva los nervios de algunos funcionarios dogmáticos de Villarruel que se creían intocables y erraron al elegir enemigo, más allá de prepotencias usuales en este ambiente. Otra cuestión que podría avanzar en los próximos días es la instalación de nuevos molinetes para controlar el presentismo. Ya se encuentran vigentes en el Anexo y hay versiones que involucran a las oficinas -algunas, semi fantasmas- de la avenida Entre Ríos, donde es posible hallar realidades paralelas fascinantes.

Para Viramonte Olmos, el oficialismo piensa dos ideas, si es que obtiene consenso el martes: votar al nuevo secretario administrativo y dejar a las restantes autoridades sin un aval final -a resolverse en otro momento, aunque siguen con mandato prorrogado-, o activar al nuevo funcionario y ratificar al resto para cerrar esta novela.

Qué dice la ley de Ficha Limpia

La norma modifica las reglas de elegibilidad para los candidatos a cargos públicos y bloquearía a quienes tengan una condena confirmada en segunda instancia relacionada con delitos contra la administración pública, como el caso de Cristina Kirchner.

En concreto, abraza a los “delitos de fraude en perjuicio de la administración pública contemplado en el artículo 174, inciso 5 del Código Penal”. También, a los “delitos previstos en los capítulos VI-Cohecho y tráfico de influencias, VII-Malversación de caudales públicos, VIII-Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, IX-Exacciones ilegales, IX bis-Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y XIII-Encubrimiento, todos ellos contemplados en el título XI-Delitos contra la administración pública, del libro segundo del Código Penal”.

Además, quedarán comprendidos en este mecanismo “todo otro delito doloso contra la administración que conlleve enriquecimiento que sea dispuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Constitución”.

Asunción de Cristina Fernández de Kirchner como presidenta del Partido Justicialista - UMET
La ex presidenta Cristina Kirchner (Jaime Olivos)

En Diputados se eliminó la denominada “cláusula Petri” -en referencia al texto que produjo, entre otros, el ministro de Defensa, Luis Petri-, por lo que el artículo uno sostendrá la vigencia de la Ficha Limpia en “aquellos casos en que la sentencia condenatoria resulte confirmada por un órgano judicial de instancia superior, hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena correspondiente, y siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al plazo establecido en el artículo 25 del Código Electoral Nacional”. Es decir, a la confección de los padrones hasta 180 días antes de la elección general.

Por otra parte, “si la confirmación de la condena en instancia superior se produjera con posterioridad a dicho plazo, la prohibición tendrá efecto a partir de la finalización del proceso electoral”. En tanto, “la ilegibilidad regirá desde la fecha de la sentencia, salvo lo dispuesto en el párrafo anterior, hasta su eventual revocación o hasta el cumplimiento de la pena correspondiente”.

En el artículo 2, el inciso A se cambió en la Cámara baja por el siguiente: “La Cámara Nacional Electoral llevará un registro público de ficha limpia en donde constarán las sentencias dictadas en los términos del artículo 1, sus eventuales revocaciones y los datos identificatorios de las personas alcanzadas por dichas sentencias”.

Junto a los cargos electivos, los involucrados en la ley tampoco podrán ser designados como “jefe de Gabinete de Ministros, ministros, secretarios, subsecretarios, autoridades de entes y organismos descentralizados e instituciones de la Seguridad Social”, así como de cuerpos colegiados, personal diplomático, ni representantes en empresas con participación estatal de cualquier clase.

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