Con un principio de acuerdo, el Senado debatirá en dos semanas el pliego de Ariel Lijo

Tras meses de negociaciones, el Gobierno considera tener los votos necesarios para la designación de uno de sus candidatos para integrar la Corte Suprema

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Audiencia pública Comisión de Acuerdos - Ariel Lijo
Ariel lijo defendió su candidatura en el Sendo de la Nación hace unos meses (Foto: Jaime Olivos)

En el marco de las sesiones extraordinarias en el Congreso, la sesión para tratar el pliego de la candidatura de Ariel Lijo a la Corte Suprema de Justicia ya tiene fecha. Será el próximo 13 de febrero en el Senado y habría acuerdo para la designación.

Al convocar a ambas cámaras en enero, el presidente Javier Milei incluyó dentro de la lista de temas a tratar la designación de Lijo y Manuel García Mansilla. Sin embargo, las negociaciones se extendieron más de lo previsto, por lo que aún se desconocía si los pliegos llegarían a ser debatidos.

Ahora, el Gobierno alega haber alcanzado los acuerdos necesarios para proceder con el tratamiento de la designación de Lijo. Necesita los votos de dos tercios de los presentes para su aprobación definitiva. De igual forma, se desconoce qué sucederá con el pliego de García Mansilla, puesto que no contaba con las firmas necesarias para llegar al recinto. Durante meses, el oficialismo presionaba para que sean aprobados en tándem.

El jefe de Gabinete, Guillermo Francos, ya había advertido a finales del año pasado que, en el caso de no avanzar con la designación de los jueces, podrían proceder con sus nombramientos vía decreto.

El funcionario destacó, durante una entrevista con Radio Mitre, la dificultad de conseguir apoyo legislativo al afirmar que, “cuando estás en una minoría parlamentaria cuesta un esfuerzo enorme”. Además, señaló la preocupación del Gobierno por mantener la Corte completa y subrayó que lo ideal sería que el Senado designara al nuevo integrante. Sin embargo, explicó que la propuesta no fue tratada en la Cámara Alta, por lo que el tribunal quedará con solo tres miembros.

Audiencia pública Comisión de Acuerdos - Ariel Lijo
Ariel Lijo en la Comisión de Acuerdos del Senado

El pliego de Lijo puede llegar al recinto gracias a la firma de la senadora de Catamarca Lucía Corpacci, de las filas del kirchnerismo, quien sumó en noviembre su apoyo a la nominación del juez federal.

En agosto, ambos candidatos participaron en audiencias en la Comisión de Acuerdos tras lo cual sus pliegos quedaron habilitados para ser tratados en el recinto sin necesidad de una nueva reunión. Sin embargo, la falta de votos obligó al oficialismo a postergar indefinidamente la convocatoria a sesión para debatir sus postulaciones.

En simultáneo, antes de que se retire formalmente Juan Carlos Maqueda, la Corte Suprema de Justicia emitió un acordada en la que estableció que puede funcionar con tres miembros, tal como quedó conformada ahora.

Así, en ausencia de un acuerdo de tres votos, se procederá de inmediato al sorteo de conjueces para evitar el bloqueo de expedientes.

El objetivo de esta medida es “garantizar la seguridad jurídica”, asegurando que un mismo conjuez resuelva siempre los casos análogos. De lo contrario, advierte el tribunal, la jurisprudencia se fragmentaría y las sentencias variarían cada vez que se designara un nuevo conjuez.

traspaso de mando asuncion de javier milei diciembre 2023 congreso
Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosesnkrantz y Horacio Rosatti

Según lo dispuesto, si al finalizar la circulación de una causa el secretario advierte que no se alcanzó la mayoría legal para una sentencia, deberá informar por escrito a los jueces del tribunal, sin perjuicio de la continuidad del trámite conforme a la acordada vigente.

Si transcurridos quince días hábiles desde la remisión del informe no se alcanza la mayoría legal para una sentencia, el secretario deberá firmar una providencia para la integración del Tribunal, conforme al artículo 22 del decreto-ley 1285/58, salvo que la mayoría de los jueces habilitados disponga lo contrario, según lo establecido en los artículos 2° y 3° de la ley 26.183.

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Esto deberá notificarse a las partes e incluir: a) la fecha y hora de la audiencia en la que se realizará el sorteo, de acuerdo con la norma legal mencionada; b) un requerimiento para que las partes informen, en un plazo de 72 horas desde la notificación, los datos personales de quienes asistirán a la audiencia. En casos análogos, se sorteará un mismo conjuez para todas las causas involucradas. Además, la providencia de Secretaría que convoque a la audiencia de sorteo deberá ser notificada a todas las partes afectadas.

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