La Cámara Nacional Electoral de Argentina revocó una sentencia que permitía a Dalila Verónica Nora, candidata de la alianza Juntos por el Cambio, ocupar la vacante del fallecido diputado nacional Héctor Stefani por Tierra del Fuego. La decisión inicial, tomada por un juez de primera instancia, había sido impugnada por el apoderado de Ricardo Garramuño y por representantes de la Cámara de Diputados de la Nación.
El caso, identificado como “Nora, Dalila Verónica y otros c/Garramuño, Ricardo Juan y otro s/amparo”, se originó en el juzgado federal con competencia electoral de Tierra del Fuego. La controversia surgió cuando se cuestionó la aplicación del artículo 164 del Código Electoral Nacional, que establece la sustitución de legisladores por personas del mismo sexo. Sin embargo, las demandantes no alegaron la inconstitucionalidad de dicho artículo, sino que hicieron referencias generales a disposiciones constitucionales sobre igualdad de género.
La Cámara Nacional Electoral, al analizar el caso, recordó que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional y debe ser “ejercida con sobriedad y prudencia”. En este sentido, destacó que las demandantes no demostraron de manera clara cómo la norma atacada contradecía la Constitución Nacional.
El tribunal también señaló que la situación planteada es similar a un caso anterior, "Souto, Natalia Marcela c/H. Cámara de Diputados de la Nación", donde se desestimó un recurso de inconstitucionalidad del mismo artículo del Código Electoral. En ambos casos, se subrayó que el legislador optó por una solución dentro de un abanico de alternativas posibles, y que rechazar su aplicación privaría de sentido a la norma.
Finalmente, la Cámara Nacional Electoral resolvió que, dado que no se alegó ni se demostró la inconstitucionalidad del artículo 164, la vacante debe ser ocupada por Ricardo Garramuño, conforme a la regla general de sustitución por personas del mismo sexo. Esta decisión revoca la sentencia apelada y reafirma la aplicación del Código Electoral Nacional en situaciones similares.
El debate era importante en las filas del PRO porque la definición de la Justicia Electoral iba a determinar si se aseguraba un voto o si lo perdía, porque el problema que enfrenta el bloque PRO es que el fueguino tiene una estrecha relación con el presidente de Encuentro Federal, Miguel Ángel Pichetto. Tanto es así que en la última reunión de Labor Parlamentaria -en la previa a la sesión que se cayó por falta de quórum para tratar Ficha Limpia- el tema se “coló” y generó un fuerte debate entre algunos bloques. Y la mirada desconcertada de otros que no entendían el por qué del tratamiento del tema en esa instancia.
Garramuño no es del PRO, sino que es el vicepresidente de la agrupación local Somos Fueguinos, que en la última elección se integró a Juntos por el Cambio. El partido de la Isla tiene un perfil anti k y se encuentra enfrentado al gobernador Gustavo Melella, del partido Concertación Forja, que forma parte del conglomerado de espacios kirchneristas.
En las últimas elecciones, el vicepresidente de Somos Fueguinos ingresó como primer suplente de la lista de Juntos por el Cambio a instancias de Pichetto, que en ese momento militaba en las filas del macrismo como una especie de extrapartidario del PRO, la Coalición Cívica y la Unión Cívica Radical.
Esa relevancia del ahora presidente del bloque de Encuentro Federal en su definición en las listas, en la que algunos del bloque amarillo entienden que el fueguino podría “pagar” pegando el salto al bloque pichettista. “Lo mejor que nos puede pasar es que se arme un monobloque y que sea ley por ley, pero lo que sí es seguro es que no es PRO”, explicaba a Infobae un miembro del bloque que conduce Cristian Ritondo.