La Sindicatura General de la Nación (SIGEN) rechazó ante la Justicia la medida cautelar presentada por la Universidad de Buenos Aires (UBA) que busca impedir una auditoría sobre el uso de los fondos públicos asignados a la institución. Según los argumentos del organismo de control que depende de Presidencia de la Nación, la casa de altos estudios no ha justificado el uso del 90,22% de las transferencias del período 2015-2021 y del 98,87% de las correspondientes al año 2022. A la fecha, según sostiene el auditor general Miguel Blanco, “se encuentra vencido el plazo para rendir fondos transferidos por $ 5.107.644.818.
“Auditar no es intervenir”, sostiene la SIGEN en su presentación. Como información complementaria, el organismo aportó al juzgado documentación en la que se revela que “de las transferencias realizadas por el (ex) Ministerio de Educación a todas las Universidades Nacionales (UUNN), entre el período 2015-2021, el monto asciende a $ 22.176.327.880,38, y en el caso particular de la UBA los fondos enviados totalizan $ 5.349.546.977,99, lo que representa un 24,12% del total transferido, siendo el mayor porcentaje”.
La medida es un escalón más en el conflicto que mantiene la UBA con el presidente Javier Milei. La Universidad de Buenos Aires había solicitado en los tribunales del fuero contencioso en lo administrativo federal que declare la inconstitucionalidad de un artículo de la reglamentación de la Ley de Administración Financiera y los Sistemas de Control del sector público nacional.
Apenas se difundió la jugada de la UBA, Blanco ordenó a sus abogados, respaldados por el Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, que prepararan la apelación a la cautelar que se presentó el miércoles 6 de noviembre para que se les permita iniciar las auditorías previstas para el pasado 28 de octubre.
La UBA sostiene que es la Auditoría General de la Nación (AGN), que depende del Congreso y está presidida por la oposición, la que debe auditarla.
El conflicto se centra en la interpretación del artículo 59 de la Ley de Educación Superior N° 24.521, que establece que las universidades nacionales tienen una autonomía económico-financiera que deben ejercer dentro del régimen de administración financiera y sistemas de control del sector público, regulado por la Ley N° 24.156, que regula la administración financiera y los sistemas de control del sector público nacional. Esto implica que, aunque gozan de autarquía y pueden administrar sus propios recursos, las universidades no están exentas del sistema de control financiero del Estado. El artículo permite así que organismos como la SIGEN realicen auditorías de los fondos públicos asignados a estas instituciones, con el objetivo de asegurar la eficiencia y transparencia en el uso de los recursos estatales.
Por su parte, la UBA rechazó la intervención de la SIGEN mediante resoluciones internas, argumentando que el control interno debe ser realizado por su propia auditoría general. Sin embargo, la Sindicatura sostiene que estas resoluciones son contrarias a la ley y que la universidad no puede autoexcluirse del control estatal sobre los fondos públicos que recibe.
“El campo de la auditoría no es la intervención. Es simplemente verificar la gestión económica y financiera, con el objetivo de agregar valor y mejorar las operaciones, además de rendir cuentas de los recursos públicos utilizados”, sostiene la SIGEN en las 47 fojas a las que accedió Infobae.
Para reforzar su postura, la SIGEN cita fallos de la Corte Suprema de Justicia que han confirmado la aplicación de la Ley N° 24.156 a las universidades nacionales, estableciendo que la autonomía no las exime de cumplir con los controles financieros previstos por el Congreso. En este sentido, se solicita que el tribunal rechace la medida cautelar de la UBA, ya que permitirla implicaría un obstáculo al ejercicio de sus competencias legales.
La situación ha generado un debate sobre la autonomía universitaria y el control estatal, y se espera que la Justicia determine si la medida cautelar solicitada por la UBA es procedente. La SIGEN sostiene que impedir la auditoría comprometería el interés público y la transparencia en el manejo de recursos públicos, en un contexto donde los fondos provenientes del Tesoro Nacional deben ser auditados para garantizar su correcta aplicación.
En el escrito judicial, la Sindicatura General de la Nación argumenta que “también es importante señalar que la Auditoría General de la Nación (AGN) no realiza auditorías en la UBA desde el año 2018″, y a través de una serie de planillas y cuadros, sostiene que “la UBA no rindió los fondos que recibe ante la Subsecretaría de Políticas Universitarias”. “No rindió el 90,22% de las transferencias del período 2015-2021, como tampoco el 98,87% de las correspondientes al año 2022. A la fecha se encuentra vencido el plazo para rendir la asignación de fondos, por la suma $ 5.107.644.818″, se detalla.
De esta manera, argumenta la SIGEN, “este Organismo no cuenta con datos que permitan efectuar el debido contralor de los fondos públicos a los fines de garantizar la transparencia en el uso de esos recursos destinados a la educación superior”.
Los abogados de la SIGEN también expusieron que “atento a lo expuesto, se advierte que no existe ningún tipo de información que le garantice al ciudadano la transparencia en el uso de los recursos y peor aún, la UBA tampoco quiere rendir cuentas”.
Lo expuesto, sostiene Blanco, “atenta contra los cimientos de nuestra Constitución Nacional, pues aquí no se discute la reconocida autonomía y autarquía de las Universidades Nacional; aquí se trata de garantizar la transparencia de los recursos públicos, regla de la cual no se encuentra exceptuado ninguno de los organismos que reciben tales fondos, porque antes bien deberían rendir cuentas a la población que es la que aporta con sus impuestos; pero que sin embargo, no sólo no lo han cumplido sino que tampoco están dispuestos a hacerlo. Lo que resulta inadmisible en nuestro orden constitucional”.
El debate jurídico no es solo sobre quien debe ser el auditor externo, si la SIGEN o la AGN, o las dos a la vez, sino sobre si las universidades son autónomas como se las reconoce desde la Reforma Universitaria de 1918 y la reforma de la Constitución de 1994, sino también autárticas, en la medida que reciben fondos del Tesoro Nacional.
La situación judicial sigue su curso tras la recusación del juez Martín Cormick, y el expediente será enviado a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para un nuevo sorteo de juzgado.