La justicia laboral desobedece las sugerencias de la Corte y lleva a las pymes al borde de la quiebra

La Suprema Corte bonaerense advirtió que el fallo Barrios debe aplicarse con criterio. La Justicia Laboral hace oídos sordos y lleva las indemnizaciones por las nubes

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Rodolfo Martiarena (T°4) y Mauricio
Rodolfo Martiarena (T°4) y Mauricio Bordino (T°1), dos de los jueces que desoyen las advertencias de la Suprema Corte (Archivo Infocielo)

Pese a que la Suprema Corte bonaerense recomendó que la aplicación de la doctrina Barrios se realice con criterio, los Tribunales de Trabajo de La Plata -donde comenzó a implementarse desde principios de este mes- hicieron caso omiso y aplican la actualización de indemnizaciones con montos arbitrarios que, en algunos casos, duplican la facturación de las pequeñas empresas demandadas y las dejan al borde de la quiebra.

Lo insólito es que la nueva doctrina legal, que debilita la seguridad jurídica de las pymes, no se generó con el objetivo de actualizar las indemnizaciones por despido, sino a partir de una demanda por un accidente de tránsito. Sin embargo, la justicia laboral se vale de dicha jurisprudencia para aplicar punitivos mayores.

“Ya se nota en las audiencias que se modificó totalmente el panorama”, advirtió a Infocielo un abogado que patrocina a pequeñas empresas. Lo que antes se resolvía a través de una mediación para lograr un acuerdo entre las partes ahora se traduce en una elevación a juicio ante la expectativa tanto del demandante de obtener mejores condiciones, como de su patrocinador, quien obtiene mayores honorarios. Esto no solo eleva los montos de las indemnizaciones, sino también las costas procesales.

El juez Juan Ignacio Orsini
El juez Juan Ignacio Orsini (T°2)

Además, los Tribunales de Trabajo se valen de una característica particular: no hay una instancia superior a la cual apelar. En caso de un fallo adverso, los condenados deberían interponer un recurso ante la Suprema Corte, cuyos costes son inaccesibles para la mayoría de las pequeñas compañías. Los jueces laborales conocen y hacen uso de esa treta a la hora de aplicar los punitivos.

Es que la misma Corte lo dice: “Si cuando el órgano jurisdiccional escoge una tasa de interés o una forma de capitalización que arroja resultados exagerados, sin correspondencia alguna con la realidad económica, su pronunciamiento debe ser descalificado”.

La recomendación de la Suprema Corte que desoyen los jueces laborales

Según el fallo Barrios, las actualizaciones de los montos por indemnización se deben aplicar “cuidando de evitar que el reconocimiento patrimonial final del capital exceda el valor real de la prestación debida” y reconocen que un error en la indexación “puede arrojar resultados excesivos, apartados del valor actual de la prestación debida y, por tanto, superiores a la cuantía del daño”.

En los tribunales laborales no ocurre. Recientemente, el abogado laborista Héctor García señaló en una entrevista televisiva que los intereses llegan hasta el 8.000% y “ponen al límite de la desaparición a muchos empleadores que están soportando estos litigios, con una cartera laboral que vale más que la propia compañía”.

El abogado especialista en derecho
El abogado especialista en derecho laboral, Horacio García, denunció intereses de hasta 8000% en la indexación

Desde el sector pyme manifestaron a Infocielo su absoluta preocupación. Señalan que están a merced de los criterios de cada juez, y aseguran que “hubo pymes que ya las sufrieron. No se contempló bien cómo iba a ser la actualización y en vez de ayudar a abaratar los costos de las pymes en tiempos de crisis, se los aumentan”.

Las pequeñas empresas, al borde de la quiebra por juicios laborales

El panorama es particularmente desalentador para los responsables del 70% del empleo en el sector privado. La crisis económica y recesión que generó el gobierno de Javier Milei ya se cargó más de 10.000 empresas del sector, con sus respectivos puestos de trabajo. La actualización excesiva de las indemnizaciones por despido, en muchos casos ocasionadas por recortes de personal, es un doble castigo que las pone en jaque.

Un informe judicial detalla las posibles consecuencias para el empleo: “Los empleadores podrían verse obligados a destinar recursos financieros considerables para cumplir con las sentencias. Esto podría llevar a la insolvencia y eventualmente a la quiebra, con consecuencias negativas tanto para los empleadores como para los empleados que podrían perder sus trabajos”.

Un caso testigo, entre tantos, es el de una empresa de limpieza nucleada en ADEL. Una sentencia de 2019 que obligaba a la empresa a pagar 900 mil pesos fue apelada y tres años más tarde, en 2022, ascendía a 27 millones de pesos más costas. Hay más casos, por trabajos que no eran a tiempo completo, donde la actualización ascendía por encima de los 115 millones de pesos. “Es un problema muy serio que está fundiendo a las PYMES”, concluyó su presidente Norberto Peluso.

*Esta nota fue publicada previamente en Infocielo

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