Cómo quedó la reforma laboral de la Ley Bases que se tratará en Diputados, punto por punto

El oficialismo y los sectores dialoguistas de la oposición buscarán aprobar este miércoles las revisiones del Senado que afectan al mundo del trabajo

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La CGT se opone a la reforma laboral que impulsa el Gobierno en la Ley Bases
La CGT se opone a la reforma laboral que impulsa el Gobierno en la Ley Bases

La Cámara de Diputados se encamina a aprobar los cambios de la reforma laboral que introdujo el Senado en la Ley Bases. De ratificarse, el Gobierno estará en condiciones de festejar la sanción de una “modernización laboral” que es rechazada por la CGT, las CTA y la mayoría de los sindicatos del país.

¿Qué modificaciones hizo el Senado?

El capítulo de “Modernización Laboral” de la Ley Bases fue uno de los que sufrió cambios en el Cámara alta. El texto aprobado en Diputados varió muy poco, aunque se revisaron algunos cambios en la redacción de ciertos artículos.

Entre las correcciones, se destaca la reducción de 5 a 3 del número de trabajadores independientes que pueden ser contratados por otro trabajador independiente. Este cambio implica que a ese tipo de empleados de microempresas no se les aplicará los derechos y regulaciones que establece Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

Además, el Senado añadió, en el artículo 91 bis, una modificación al artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo, que “configura grave injuria laboral, como objetiva causal de extinción del contrato de trabajo, la participación en bloqueos o tomas de establecimiento”.

Este artículo había sido incorporado en la versión de Diputados, pero se eliminó durante la sesión del 29 de abril. El Senado lo terminó reinstalando por iniciativa del bloque de la UCR. Desde la CGT no pusieron mucho esfuerzo en intentar que ese artículo fuera eliminado: no afecta al sector dialoguista, mayoritario en la central obrera, porque no suele aplicar los bloqueos para protestar, pero sí le pega de manera directa a sindicatos como el de Camioneros, que aplica esa modalidad de manera habitual.

Una de las acciones con bloqueos en el sindicato de Camioneros (Gastón Taylor)
Una de las acciones con bloqueos en el sindicato de Camioneros (Gastón Taylor)

Todos los puntos en la Ley Bases de la reforma laboral

La incorporación del “trabajador independiente”

Una de las modificaciones rechazadas por la CGT en la legislación es la del “trabajador independiente”, quien ahora podrá emplear a su cargo a tres trabajadores de la misma índole para emprendimientos productivos, sin tener que pagar las cargas sociales y obligaciones laborales exigidas para un empleador tradicional.

Este artículo señala que se categorizará de esa manera solo cuando falten los elementos típicos de una relación laboral “dependencia técnica, jurídica o económica”.

Extensión del período de prueba a 6 meses

La reforma laboral también extiende el período de prueba laboral a seis meses, con posibilidades de ampliación hasta ocho meses o un año en empresas pequeñas. Durante este tiempo, cualquiera de las partes puede extinguir la relación sin el pago de una indemnización.

Legalización del empleo monotributista

El proyecto de Ley Bases excluye a las “contrataciones de obra, servicios y agencias” reguladas en el Código Civil y Comercial de la Nación de la Ley de Contrato de Trabajo, lo que dificulta la constatación de una relación de dependencia cuando esta ocurre en términos reales.

En este cambio, se agrega que queda acreditada la relación formal cuando se formaliza alguna de esas figuras de contratación. En otro punto, se especifica taxativamente que la presunción de la existencia del contrato de trabajo “no será de aplicación cuando la relación se trate de contrataciones de obras o de servicios profesionales o de oficios y se emitan los recibos o facturas correspondientes a dichas formas de contratación o el pago se realice conforme los sistemas bancarios determinados por la reglamentación correspondiente; dicha ausencia de presunción se extenderá a todos los efectos, inclusive a la seguridad social”.

Los sindicatos podrán acordar con las empresas un “fondo de cese laboral” que sustituya el régimen indemnizatorio de la Ley de Contrato de Trabajo
Los sindicatos podrán acordar con las empresas un “fondo de cese laboral” que sustituya el régimen indemnizatorio de la Ley de Contrato de Trabajo

Eliminación de las multas por trabajo “en negro”

La ley establece la eliminación de multas por trabajo no registrado o mal registrado, lo que abaratará el costo laboral frente a relaciones de trabajo irregulares.

Fondo de cese laboral que sustituye indemnización

El proyecto mantiene la posibilidad de que empresarios y sindicalistas acuerden la modalidad del “fondo de cese laboral” en un marco de la negociación colectiva. Se trata del mecanismo de pago de una suma por desempleo, que sustituye la tradicional indemnización por despido en el lugar de trabajo.

Régimen laboral de los empleados públicos

Es otro de los puntos resistidos por la CGT. La Ley Bases limita las huelgas y pone en disponibilidad a quienes trabajan en órganos u organismos suprimidos o que fuesen afectados por un cambio en la asignación de funciones. Además, elimina los obstáculos para queden en ese mismo estatus a los trabajadores que se encuentran gozando de licencias con o sin goce de haberes.

Otro aspecto es que se mantiene intacta la limitación para que los sindicatos cobren la cuota solidaria a través del convenio colectivo, al obligar a que los trabajadores no afiliados brinden su autorización expresa para que se les descuente. Este aspecto se trata de un artículo similar que afectaba al sector privado, y que fue eliminado por pedido de las centrales obreras.

También la reforma elimina la participación y el control de los trabajadores en los procesos concurso para acceder al cargos en la administración pública; e impide realizar tareas vinculadas a campañas electorales o partidarias durante el horario de trabajo

Agravamiento del despido discriminatorio

El dictamen del Senado se introduce el “agravamiento indemnizatorio por despido motivado por un acto discriminatorio”. Este punto cuenta con las críticas de los sindicatos, debido a su potencial para debilitar la reinstalación de trabajadores cesanteados, ya que no establece de manera taxativa su reincorporación.

El articulado también cosechó críticas porque establecería la legalidad de una desvinculación por razones de religión, culto, etnia, orientación sexual, religión, ideología u opinión política.

Blanqueo laboral

Entre los artículos 76 y 81, bajo el título “Promoción del empleo registrado”, se plantea una serie de beneficios para los empleadores en caso de regularizar a sus trabajadores.

Con respecto a estos últimos, aclara que “cualquiera sea su antigüedad y su salario, sólo podrá tener acreditados hasta 5 años de aportes calculados sobre el monto del salario mínimo, vital y móvil, a los fines de reconocimiento para su jubilación”.

El artículo 84 también excluye a las asociaciones sindicales como potenciales denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales, dejando esto solo en manos del trabajador a título personal, lo que implica una mayor debilidad en la posición del dependiente. Para este reclamo, se deberá establecer un medio electrónico ante AFIP.

La Ley Bases incluye varios cambios en aspectos centrales de la registración laboral
La Ley Bases incluye varios cambios en aspectos centrales de la registración laboral

Licencia por embarazo

En la legislación vigente, la licencia por embarazo es de 90 días, 45 días antes del parto y 45 días con posterioridad. La persona gestante podrá optar por reducir la licencia previa al parto a 30 días -período a partir del cual rige la prohibición de trabajar- y acumular los días restantes al período posterior.

Tomas y bloqueos de establecimientos

Este mencionado artículo se introdujo nuevamente en la revisión del Senado. El primer borrador de la reforma laboral que proponía el Gobierno, al igual que el mega DNU N° 70, proponía penas más severas para los bloqueos sindicales. Sin embargo, el 25 de abril, se emitió un dictamen en el que se eliminó el único artículo que penalizaba los bloqueos con prisión, luego de un pedido del diputado Miguel Ángel Pichetto, quien promueve un mayor consenso con los gremios.

Las principales diferencias con el proyecto original

Cuando la Ley Bases se debatió en una primera instancia en la Cámara de Diputados, el capítulo laboral de 58 artículos sufrió una drástica poda en busca de mayor consenso político, en una jugada piloteada por el Gobierno y motorizada desde el Congreso por el diputado Miguel Ángel Pichetto, titular del bloque Hacemos.

En su estrategia, Pichetto buscó imponer una consigna entre sus colegas: “No incluir nada que afecte a la CGT”. De esta manera, se quitaron 42 artículos con la intención para no lograr una férrea oposición de los dirigentes sindicales, entre ellos, uno que modificaba el Código Penal para fijar penas de 6 meses a 3 años de prisión a quienes bloqueen empresas.

Nicolás Massot y Miguel Ángel Pichetto. El diputado que encabeza el bloque "Hacemos" fue el impulso de limitar la reforma laboral presentada originalmente en la Ley Bases (REUTERS/Agustin Marcarian)
Nicolás Massot y Miguel Ángel Pichetto. El diputado que encabeza el bloque "Hacemos" fue el impulso de limitar la reforma laboral presentada originalmente en la Ley Bases (REUTERS/Agustin Marcarian)

El proyecto original, como el DNU 70, establecía que las cuotas solidarias pactadas en los convenios colectivos tengan la aprobación explícita de los trabajadores. También se suprimía la ultraactividad de los convenios colectivos, se fijaba la reglamentación del derecho de huelga en los servicios esenciales como la educación, y se sancionaban las asambleas de trabajadores que pudieran convertirse en medidas de fuerza encubiertas.

Otro de los puntos que se atenuaron de la propuesta original son las restricciones para los trabajadores del sector público contra las medidas de fuerza. En el texto votado en el Senado, el ejercicio del derecho de huelga en el Estado no dará causa a ningún tipo de sanción administrativa y tampoco hará falta que los afiliados autoricen de manera previa y expresa a que se les descuente la cuota solidaria.

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