La Ley Fiscal Impositiva de la provincia de Buenos Aires sigue generando distintas presentaciones judiciales de parte de contribuyentes que objetan la suba de impuestos que llega hasta el 200% en algunos casos; producto de la ley aprobada a finales del año pasado en la Legislatura bonaerense. El punto de discusión sigue siendo que hay partidas que superan ese tope del 200%, pues para el año en curso se eliminaron algunos beneficios impositivos que regían hasta el 2023. Entonces, en la comparativa interanual la diferencia sí es superior. En este orden, un grupo de contribuyentes pidieron declarar inconstitucional la normativa y retrotraer el pago del impuesto inmobiliario que corresponde a la Planta Urbana Country a los valores del año pasado. La Justicia, en primera instancia, no dio lugar al amparo.
Días atrás la jueza en lo Contencioso y Administrativo de La Plata, María Ventura Martínez, rechazó el pedido que 33 contribuyentes de diferentes barrios privados de la capital bonaerense elevaron bajo la representación de Enrique Luis Condorelli. Allí, el abogado -que también demanda en causa propia- hace una pormenorizada argumentación de por qué los peticionantes consideraban que debían pagar el impuesto en cuestión atado a los valores del 2023.
Uno de los puntos que plantearon los demandantes es que el resultado de la Ley Fiscal Impositiva 2024 va en contra al Acuerdo Fiscal al que adhiere y rige en la provincia de Buenos Aires. Además, plantearon que la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) “para justificar el aumento, se apoyó en la variables económicas, inflación y demás aspectos de la moneda a los que curiosamente, como Estado, debería combatir pero, lejos de ello, decide aplicar una desbocada actualización de un año a otro, aspecto que está prohibido por las leyes federales citadas”.
Al momento de su defensa, el organismo recaudatorio planteó que es la responsable de ejecutar la política tributaria, diseñada mediante la Ley Impositiva 2024, “de acuerdo a un esquema progresivo y equitativo”, que fue dictada por la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires. En rigor, la normativa se aprobó en ambas cámaras con el voto del peronismo, además del acompañamiento de un sector del PRO, de la UCR y legisladores que llegaron a las bancas bajo la boleta de La Libertad Avanza.
Asimismo, en lo que respecta a la objeción de la Ley por colisionar con lo que demanda el Acuerdo Fiscal, ARBA planteó que “el marco legal ha sido establecido respetando las pautas de los Consensos Fiscales, especialmente, el del año 2021, siendo por tanto la liquidación del tributo plenamente legal, por lo que ARBA no sólo está facultada, sino obligada a intimar y ejecutar su cobro en los casos de falta de pago”.
Para los peticionantes, lo dispuesto por el gobierno de Axel Kicillof “se aparta palmariamente de los compromisos asumidos en los Consensos Fiscales, a los que la Provincia adhirió sin reserva alguna, practicando liquidaciones del gravamen que alcanzan montos exorbitantes e irrazonables”. Se trata de partidas emplazadas en los barrios privados Grand Bell, El Quimilar y Lomas de City Bell.
En la demanda también pedían “que se reconozca pagar el impuesto inmobiliario de acuerdo a las pautas establecidas en los Consensos Fiscales – Leyes nº 27.429 y nº 27.687 – a los que la Provincia de Buenos Aires adhirió en forma expresa y sin reservas a través de las sanciones de las Leyes nº 15.017 y nº 15.330, esto es el 3% sobre la valuación fiscal”.
También solicitaron a la jueza que permita “pagar el tributo de acuerdo a lo que se abonó en el año 2023 sin aumento ni actualizaciones atento a que el incremento del año 2024 afecta los principios de legalidad y seguridad jurídica, además de lesionar la prohibición de actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas de acuerdo a los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 -modificado por la ley 25.561-.”.
En el fallo, la jueza planteó que parte del pedido realizado “excede ampliamente los límites del conocimiento cautelar pues no se limita a un análisis jurídico como pareciera quererse ver en la postulación, sino exige la tarea propia de la actividad probatoria y del debate amplio del proceso de conocimiento”.
Finalmente, Martínez Ventura decidió “rechazar la medida cautelar solicitada atento su manifiesta improcedencia”; asimismo impuso costas “en el orden causado al no haberse suscitado controversia” y postergó “la regulación de honorarios del letrado patrocinante de los actores (quien también demanda en causa propia), para el momento de dar por concluida la causa, a los fines de evaluar la totalidad del trabajo realizado”.
Hasta el momento hubo seis sentencias judiciales a diferentes presentaciones que pidieron retrotraer la suba impositiva en la provincia de Buenos Aires. Todas rechazaron la demanda de los contribuyentes.
Desde su aprobación y con la emisión de las primeras partidas -en marzo de este año- la Ley Fiscal Impositiva de la provincia de Buenos Aires entró en una fase debate público, político -y también judicial- que tuvo hasta la intervención del presidente Javier Milei que respaldó a principio de año el llamado a la rebelión fiscal al que había invitado el diputado nacional por el oficialismo, José Luis Espert.
En el orden del Impuesto Inmobiliario Rural, también despertó algunas críticas de parte de la Mesa de Enlace bonaerense. El argumento inicial es coincidente con lo expuesto por quienes recibieron el revés en la Justicia: el tope de la suba del 200% se rompe en la comparativa interanual. La explicación de parte del titular de ARBA, Cristian Girard fue la misma: sin beneficios impositivos como los que rigieron en 2023, producto de la sequía o la eliminación de la categoría “buen contribuyente”, hacía que sobre el total, el aumento sea superior.
Los representantes de la Mesa de Enlace bonaerense también habían conseguido una audiencia con Kicillof por este tema. En ese encuentro, el Ejecutivo provincial ratificó que no hubo partidas mal emitidas en lo que refiere al Impuesto Inmobiliario Rural, sino que las subas por encima del 200% que establece la ley se debían que ya no corrían los beneficios en cuestión.
Semanas atrás Girard explicó éste y otros puntos ante legisladores de la oposición. En esa reunión en la Cámara de baja bonaerense le recordó a los diputados que fueron ellos quienes acompañaron la normativa sancionada a finales del año pasado; incluso agradeció ese respaldo que luego se materializó en la normativa vigente.
En ese encuentro, el funcionario provincial planteó que de no ser por la ley que aprobó la Legislatura, la provincia de Buenos Aires hubiera entrado en un inevitable proceso de desfinanciamiento, maximizado por “la asfixia financiera que el gobierno nacional decidió aplicar contra la provincia”, producto del recorte de transferencias no automáticas.