En medio de la disputa con las provincias, y luego que Javier Milei convocara a los gobernadores al “Pacto del 25 de Mayo”, el presidente le dio el control de los fondos fiduciarios al ministro de Economía, Luis Caputo.
Tiempo atrás, durante una entrevista televisiva, el jefe de Estado había manifestado su intención de “terminar” con estas “cajas negras de la política”. “Eso pone muy nervioso a muchos. Hay muchos agentes de la política que viven de eso”, manifestó en aquella oportunidad. La semana pasada Infobae confirmó la decisión que fue oficializada este lunes.
A través del Decreto 215/2024, Milei designó al Ministerio de Economía “como fiduciante en representación del ESTADO NACIONAL, en todos los fondos fiduciarios integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en ese carácter la dirección y conducción de dichos fondos fiduciarios”.
“En los casos en los que el H. CONGRESO DE LA NACIÓN haya designado como fiduciante a un organismo o repartición específica diferente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, o a un comité de integración plural, con carácter previo al dictado de cualquier instrucción al fiduciario deberá emitir opinión el citado Ministerio”, se agregó en el artículo 2° de la decisión publicada hoy en el Boletín Oficial.
El Ministerio de Economía, con la asistencia de la Sindicatura General de la Nación, “o mediante la contratación de consultores independientes externos de reconocida trayectoria y experiencia, en los términos de la legislación vigente, deberá realizar -dentro del plazo de 60 días a contar desde la fecha de entrada en vigencia de la presente medida- una auditoría integral de gestión de los fondos fiduciarios integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del Estado Nacional”.
Caputo podrá prorrogar este plazo “por otro similar y por única vez”.
En el decreto, que lleva la firma de Milei, del ex funcionario de Mauricio Macri y del jefe de Gabinete, Nicolás Posse, se comunicó que Economía efectuará, cuando corresponda, las adecuaciones contractuales que resulten necesarias con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto.
“Los organismos y reparticiones con responsabilidad primaria en las materias involucradas en cada uno de los fondos fiduciarios objeto de la presente medida deben prestar colaboración y asistencia al Ministerio de Economía, a los fines del mejor cumplimiento de las disposiciones y fines del presente decreto”, indicó el Gobierno.
En los considerando, el Poder Ejecutivo hizo hincapié en “la eficiencia y la eficacia en la utilización de los recursos públicos” e hizo mención a un informe solicitado a la SIGEN sobre los fondos fiduciarios en el cual se denunció que “se ha observado la inexistencia o desactualización de los procedimientos administrativos que definen la operatoria de funcionamiento de cada fondo fiduciario; las políticas generales a ser abordadas; los mecanismos para la formalización de expedientes y documentación de respaldo de las decisiones; las responsabilidades sobre el seguimiento y control de beneficiarios; los sistemas de información sobre el estado de ejecución y avance de obras, entre otros”.
“Del mismo Informe surge la ausencia o falta de integridad y sistematización de la documentación de respaldo de los procesos de otorgamiento de fondos, lo que dificulta garantizar la transparencia y trazabilidad de las actuaciones y, por lo tanto, las tareas de control y fiscalización sobre la asignación de recursos”, argumentó el Gobierno y agregó: “Se ha verificado la inacción y/o demora en las actividades de recupero y gestión de morosidad o incobrabilidad ante incumplimientos de los beneficiarios, así como debilidades en el proceso de compras y contrataciones, falta de seguimiento y demoras no justificadas”.
Técnicamente, un fideicomiso es un instrumento legal que involucra a tres partes clave: el fideicomitente, el fiduciario y el beneficiario. El primero de ellos transfiere ciertos activos o propiedades al segundo, quien los gestiona, de acuerdo con los términos establecidos en el contrato, para favorecer al último.
En la práctica, los gobernadores y la Nación utilizaron en varias oportunidades este mecanismo legal, que tiene menos controles, para poder avanzar con diferentes proyectos -como obra pública- que no estén contemplados en el presupuesto anual aprobado por el Congreso.
Algunos de los que ya existen son, por ejemplo, los programas de fomento de algunos sectores productivos o incluso el plan “Procrear”, destinado a la construcción de viviendas para los sectores humildes, entre muchos otros.
A diferencia de las partidas que se encuentran en la ley de Presupuesto, sancionada todos los años por la Cámara de Diputados y el Senado, estos fondos no pueden ser modificados ni destinados a ningún otro objetivo que no sea el que estableció el contrato.
En ese sentido, el dinero en cuestión es gestionado por los funcionarios que son designados para esa tarea, pero que no se tienen que someter a los mismos mecanismos de control que demandan otras formas de financiamiento para garantizar su transparencia.
De esta forma, Caputo se queda con el control de estos fondos. En un principio, el Gobierno estudió la posibilidad de eliminarlos directamente, pero aquí surgió la primera complicación, ya que solamente nueve de estos fideicomisos podían desaparecer a través de la firma de Milei, pero para el resto de ellos se necesita una ley.
En lugar de eliminarlos, Milei optó por cederle su control a Caputo y que Economía tenga el manejo del circuito del dinero en cuestión.