¿Se puede votar con DNI digital en el balotaje de las elecciones 2023?

Este domingo 19 de noviembre se llevará adelante el balotaje entre Sergio Massa y Javier Milei. La Cámara Electoral Nacional determinó cuáles son los documentos aceptados para emitir el voto en las urnas

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Este domingo se realizará el balotaje entre Sergio Massa y Javier Milei. (Maximiliano Luna)
Este domingo se realizará el balotaje entre Sergio Massa y Javier Milei. (Maximiliano Luna)

Este domingo 19 de noviembre se definirá el futuro presidente de Argentina en una segunda vuelta electoral entre Javier Milei, diputado de La Libertad Avanza, y Sergio Massa, actual ministro de Economía y candidato de Unión por la Patria.

Tras los resultados del escrutinio definitivo de las elecciones generales, ningún candidato superó el umbral necesario para evitar el balotaje. Según la Constitución Nacional Argentina, es necesario al menos el 45% de los votos o un mínimo del 40% y una diferencia superior a los 10 puntos porcentuales en la primera vuelta para ser proclamado ganador sin necesidad de un segundo escrutinio.

Al no cumplirse estas condiciones, ya que Massa logró el 36,7% de los votos y Milei el 29,9%, la elección presidencial se dirimirá en un balotaje por segunda vez en la historia del país tras la implementación de esta modalidad con la reforma constitucional de 1994.

Para poder votar en el balotaje 2023 son necesarias dos cosas: por un lado, figurar en el padrón electoral, y por el otro, presentar ante las autoridades de mesa al momento del sufragio un documento cívico personal que acredite la identidad del elector.

¿Se puede votar con DNI digital en el balotaje de las elecciones 2023?

No. Para estas elecciones, la Cámara Electoral Nacional definió que la versión virtual del DNI disponible en la aplicación Mi Argentina no será aceptada como una constancia legal para certificar la identidad del sufragante.

A pesar de contener la misma información que el DNI físico, el DNI digital no lo sustituye y tampoco es válido para fines de viaje internacional.

Los documentos válidos para votar en el balotaje

Documentos válidos para votar en las elecciones 2023
  • Libreta de enrolamiento/libreta cívica
  • DNI libreta verde
  • DNI libreta celeste
  • Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.
  • DNI tarjeta

De acuerdo a la normativa oficial e información del Ministerio del Interior de la Nación, se vota con el documento cívico que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo.

Si concurrís a votar con un documento anterior al que consta en el padrón no podrás votar. El DNI en el celular no es válido para votar”, precisaron desde el Gobierno nacional.

Para las personas que viven fuera del país el voto es opcional y están automáticamente habilitadas para votar, mientras tengan DNI argentino y domicilio registrado en el exterior.

Los documentos válidos para votar en el balotaje 2023
Los documentos válidos para votar en el balotaje 2023

¿Puedo votar si perdí o me robaron el DNI?

Si perdiste o te robaron el DNI no podrás emitir su voto, ya que no tendrás el documento con el cual corresponde acreditar tu identidad ante la autoridad de mesa y los fiscales.

En cualquier situación por robo o extravío, los ciudadanos deben acudir a la comisaría más cercana para hacer la denuncia. Es importante llevar un documento que permita acreditar la identidad, como el pasaporte o el carnet de conducir.

¿Qué hacer si no puedo votar en el balotaje 2023?

En caso de no asistir a sufragar en el balotaje 2023, para justificar la ausencia, las personas deberán concurrir con su documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre en ese momento. Una vez allí, se debe solicitar una certificación escrita que justifique su imposibilidad de sufragar.

Si el elector tiene entre 18 y 70 años y no asistió a votar el día de la elección, para no formar parte del Registro de Infractores, tiene que justificar su ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal del distrito que corresponda, dentro de los 60 días posteriores a las elecciones.

Si no lo justifica, le corresponderá una multa y no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

El trámite también puede realizarse por internet de forma online. Para esto, deberá realizar la consulta en el Registro de Infractores al Deber Votar. Allí deberá ingresar el documento, el género, el distrito donde vota y el código de verificación. A continuación, se desplegará una lista con las clases de justificaciones para no asistir el día de los comicios. Se debe adjuntar la documentación que acredite el motivo seleccionado en la etapa anterior, colocar el número de teléfono y una dirección de correo electrónico.

Si el elector ya cuenta con multas a pagar, puede abonarse directamente en la web de la Cámara Nacional Electoral (CNE) con cualquier medio de pago digital, o bien de forma presencial en cualquiera de las sedes del Banco de la Nación Argentina (BNA) en efectivo, con Mercado Pago o con transferencia bancaria.

El DNI digital no puede ser utilizado para ir a votar. (Roberto Almedia)
El DNI digital no puede ser utilizado para ir a votar. (Roberto Almedia)

¿Quiénes deben justificar el no voto en el balotaje?

Todos los argentinos y argentinas, independientemente de su sexo, raza, religión, tienen derecho al sufragio a partir de los 16 años de edad. Además, el voto de todas las personas tiene el mismo valor. Es “secreto” porque nadie está obligado a revelar su elección, “libre” porque nadie puede ser coaccionado para votar por una alianza política específica y “obligatorio” porque todo elector que se encuentre habilitado tiene el deber, por ley, de votar.

El sufragio es de carácter obligatorio para todos los electores que figuren en el padrón electoral, a menos que estén contemplados en las excepciones detalladas en la legislación. El artículo 12 del Código Nacional Electoral detalla cuáles son estos grupos exceptuados de ir a votar pero que deben justificar su ausencia ante la Justicia Electoral para no ser sancionados:

  • Si el día de los comicios se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tiene que votar y justifica ante la autoridad policial, más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
  • Si está enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional. Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente. Por otro lado, según el artículo 127 del Código Nacional Electoral, los jefes de los organismos nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales expedirán una constancia de acuerdo al modelo que establezca la reglamentación, que acredite el motivo de la omisión del voto y en la que se aclare “cuando la misma haya sido originada por actos de servicio por disposición legal, siendo suficiente constancia para tenerlo como no infractor”.
  • Por otro lado, estará justificada la ausencia del personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
  • Además, si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.

¿Cuándo termina la veda electoral del balotaje 2023?

La veda, que comenzó este viernes, termina a las 21 horas de mañana, domingo 19 de noviembre, para evitar cualquier tipo de incidentes con las personas que aún se encuentren en los centros de votación, incluso después de las 18, cuando se cierran las urnas.

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