El candidato de Unión por la Patria, Sergio Massa ganó las elecciones presidenciales del pasado 22 de octubre, con el 36,78% mientras que Javier Milei, de la Libertad Avanza, quedó en segundo lugar con el 29,99 por ciento, según los resultados del escrutinio definitivo. Ya que ninguno de los dos postulantes superó el umbral del 40% de los votos y logró una diferencia de 10 puntos sobre el segundo, ambos deberán competir en el balotaje de este 19 de noviembre.
En la primera vuelta, resultaron derrotadas el resto de las listas que se presentaron para disputar la Presidencia de la Nación. La presidenta del PRO y referente de Juntos por el Cambio, Patricia Bullrich, consiguió el 23,81% de los votos y quedó en el tercer lugar. Juan Schiaretti, de Hacemos por Nuestro País, finalmente tuvo a un 6,73% del electorado a su favor y la dirigente del Frente de Izquierda y diputada nacional, Myriam Bregman, sacó un 2,70 por ciento. Además, se registraron 597.051 votos en blanco y una participación del 77,04% de los electores habilitados.
¿Los extranjeros pueden votar?
El Código Nacional Electoral (CNE) establece, en su artículo 1º, que son electores para cargos electivos nacionales todos aquellos argentinos nativos o por opción desde los 16 años y desde los 18 años para los argentinos naturalizados.
En cambio, los extranjeros residentes no pueden ejercer el derecho al voto en elecciones para cargos nacionales, como el próximo balotaje 2023 que elegirá el Presidente y el Vicepresidente, pero sí están habilitados para hacerlo para elegir a los representantes de elecciones provinciales o municipales, según lo establezca la normativa vigente de cada distrito. Actualmente, este derecho está garantizado por los distintos regímenes electorales, donde cada provincia tiene una ley diferente, a excepción de la provincia de Formosa que no permite el voto extranjero para ningún cargo electivo.
Aquellas personas que nacieron en otro país pueden solicitar voluntariamente la ciudadanía que le otorga el derecho al voto. La modalidad por opción tiene como requisito ser hija/o de padre o madre argentino/a nativo/a y haber nacido en el exterior. Por naturalización, se trata de un proceso judicial que se lleva a cabo exclusivamente ante los tribunales federales argentinos, que otorga la Carta de Ciudadanía Argentina, y requiere ser mayor de 18 años y dos años de residencia ininterrumpida y documentada en el país, certificada por la Dirección Nacional de Migraciones (excepto si contrajo matrimonio con un ciudadano argentino nativo y/o tiene un hijo nativo).
¿Quiénes no pueden votar en el balotaje 2023?
El voto es obligatorio para el conjunto de la población adulta, pero algunos ciudadanos no podrán emitir su sufragio este domingo. Por disposición de la Cámara Nacional Electoral (CNE), hay cuatro casos puntuales por los que determinados ciudadanos no podrán ejercer su derecho cívico.
- Aquellos que no figuren en el padrón de la mesa;
- Los electores que no presenten documento habilitante;
- Quienes figuren en el padrón anulados/as por la Justicia Nacional Electoral, aunque aleguen error;
- Aquellos que presenten un documento anterior al que figura en el padrón.
Por otro lado, el Código Nacional Electoral (CNE) en su artículo 3 establece aquellas personas que están excluidas del padrón y, por lo tanto, no pueden participar del balotaje:
- Los dementes declarados tales en juicio
- Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena
- Los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres años; en el caso de reincidencia, por seis
- Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble término de la duración de la sanción
- Los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción
- Los inhabilitados según disposiciones de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos
- Los que en virtud de otras prescripciones legales y reglamentarias quedaren inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.
Los documentos válidos para votar en el balotaje 2023
La Cámara Nacional Electoral difundió cuáles son los documentos válidos para votar en la segunda vuelta electoral:
- Libreta de enrolamiento/libreta cívica
- DNI libreta verde
- DNI libreta celeste
- Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.
- DNI tarjeta
Cabe señalar que no se aceptará un documento cuyo ejemplar sea anterior al que figura en el padrón electoral, aunque sí los electores podrán sufragar si presentan una versión posterior al documento registrado en la nómina oficial.