Este domingo 22 de octubre se llevan adelante en todo el país las elecciones presidenciales de 2023, en las cuales los ciudadanos argentinos deben elegir quiénes serán los próximos presidente y vicepresidente de la nación.
La jornada electoral, en la que también se elegirán 43 representantes del Parlasur (el órgano legislativo del Mercosur), 24 senadores y 130 diputados, se desarrollará entre las 8 y las 18 horas. En ese rango, quienes tengan 16 años o más y figuren en el padrón electoral podrán ejercer su derecho de votar, que es obligatorio para los mayores de 18.
Además de votar esos cargos, tanto en Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Catamarca y Entre Ríos elegirá cargos provinciales y/o municipales.
Son cinco los candidatos se postulan al cargo: Javier Milei (La Libertad Avanza), Sergio Massa (Unión por la Patria), Patricia Bullrich (Juntos por el Cambio), Juan Schiaretti (Hacemos por Nuestro País) y Myriam Bregman (Frente de Izquierda).
Participar de las elecciones es una obligación y un derecho para todos los ciudadanos. Pero, para poder hacerlo son necesarias dos condiciones. Por un lado, figurar en el padrón electoral, la lista de personas habilitadas para emitir el voto.
Por otra parte, la otra condición para poder votar es acreditar la identidad ante las autoridades de mesa al momento de sufragar. Para ello, se debe presentar un documento cívico habilitado para votar. De esta forma, tanto presidentes como fiscales de mesa podrán buscar sus datos personales en el padrón y corroborar su identidad.
¿Puedo votar si no figuro en el padrón electoral?
Aquellos ciudadanos que no figuran en el padrón electoral no podrán votar en las elecciones generales del 22 de octubre, de acuerdo a los datos oficiales publicados en el sitio web del Centro de Información Judicial. El plazo para corregir datos en el mismo venció el 27 de julio, según consignó la Cámara Nacional Electoral (CNE).
Por lo tanto, si una persona no figura en el padrón, lo que deberá hacer es ir a la Secretaría Electoral de su distrito para justificar que no figuraba y así quedar exenta de cualquier sanción. Puede encontrar la información del organismo correspondiente en el sitio web de Secretarías Electorales habilitado por la Cámara Nacional Electoral.
Cómo consultar el padrón electoral para las elecciones 2023 el domingo 22 de octubre
Para consultar el padrón electoral, solo hay que ingresar el número de DNI del elector, su género, el distrito donde vota y los números y letras que aparecen en el verificador. A continuación, se obtendrán los datos necesarios para el momento del sufragio: la dirección del establecimiento de votación, el número de mesa y de orden.
¿Cuáles son los documentos válidos para votar?
Para poder votar el domingo 22 de octubre, además de figurar en el padrón electoral, es indispensable presentar, al momento del sufragio, un documento válido para votar ante las autoridades de mesa. La Cámara Nacional Electoral difundió cuáles son estos documentos cívicos:
- Libreta de enrolamiento/libreta cívica
- DNI libreta verde
- DNI libreta celeste
- Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar” y sin especificación de ejemplar.
- DNI tarjeta
Cabe señalar que no se permite el uso del DNI en el celular ni de un documento cuyo ejemplar sea anterior al que figura en el padrón electoral, aunque sí los electores podrán sufragar si presentan una versión posterior al documento registrado en la nómina oficial.
Cabe señalar que el elector puede votar presentándose con libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica siempre que no haya gestionado el DNI, ya que no se admitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponda a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral.
¿Quiénes están exentos de votar en las elecciones 2023?
De acuerdo al artículo 125 de la Ley de Ciudadanía argentina, incorporada en parte en el Código Nacional Electoral, los jóvenes mayores de 16 años y menores de 18, así como las personas mayores de 70 años, no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar si no se presentan a sufragar.
Por lo tanto, en estos casos, la emisión del voto es opcional, y no es necesario justificar su ausencia en caso de no participar en las elecciones.
Asimismo, la medida establece algunas otras excepciones para determinados grupos de personas:
- Quienes estén a más de 500 kilómetros del lugar de votación y tener una justificación válida que impida el traslado.
- Quienes estén enfermos o imposibilitados de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se debe presentar una justificación.
- Quienes formen parte de organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.
- Ser juez o auxiliar y estar en funciones durante la elección.
¿Puedo votar este 22 de octubre si no participé en las PASO?
Sí, el voto es tanto una obligación como un derecho. Según el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, todos los ciudadanos que figuren en el Registro Nacional de Electores pueden ejercer su derecho al voto en las elecciones generales de este año, incluso si no votaron en Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 13 de agosto.
También, podrán hacerlo ante un eventual balotaje a realizarse el domingo 19 de noviembre.