Elecciones 2023: ¿puedo votar en las generales si no voté en las PASO?

Este 13 de agosto se elegirán los candidatos presidenciales de cada partido. El tramo final será el 22 de octubre pero podría haber segunda vuelta en noviembre

Guardar

Nuevo

5 Datos Claves De Las Elecciones 2023

El próximo 13 de agosto se realizarán las Primarias Abiertas Simultáneas Obligatorias (PASO) y el 22 de octubre las elecciones generales. Ambas instancias son obligatorias para todos los ciudadanos argentinos. En caso de no asistir a la primera convocatoria, en la segunda es posible asistir, ya que es un derecho y una obligación constitucional.

En las PASO del 13 de agosto se definirán cuáles son las coaliciones políticas y las listas de candidatos que podrán presentarse en las elecciones generales nacionales del 22 de octubre. En esa ocasión se votará presidente y vicepresidente de Argentina por los próximos cuatro años.

Además, en las elecciones 2023 se eligen 43 representantes del Parlasur, 130 diputados y 24 senadores para el Congreso de la Nación. Hay jurisdicciones que, además, votarán en las mismas fechas cargos locales. Es el caso de CABA, la provincia de Buenos Aires, Entre Ríos, Catamarca y Santa Cruz.

Para votar, es condición necesaria figurar en el padrón electoral, y todas las personas habilitadas, con excepción de los jóvenes de 16 y 17 años, y los adultos mayores de 70, tienen la obligación de votar.

Te puede interesar: Todos los resultados de las elecciones generales y PASO 2023, provincia por provincia

Las elecciones primarias en Argentina serán el 13 de agosto
Las elecciones primarias en Argentina serán el 13 de agosto

¿Qué pasa si no voto en las PASO 2023?

Si un elector habilitado no vota en las PASO 2023, deberá justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días desde la elección. En caso de no hacerlo, deberán pagar una multa que va desde los $50 a $500 para los mayores de 18 años y menores de 70 años.

Si no se paga la multa, se incorporará al Registro de Infractores al Deber Votar y no podrá hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Así lo establece el artículo 125 de “faltas electorales” del Código Nacional Electoral.

¿Cómo justificar la ausencia en las PASO 2023?

Aquellas personas que no se presenten a votar en las próximas elecciones, deberán concurrir con tu documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre, y allí pedir una certificación escrita que justifique su imposibilidad de sufragar.

Luego tendrán que presentar el justificativo para evitar posibles sanciones económicas y la imposibilidad de realizar trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todo un año.

Te puede interesar: Elecciones 2023: ¿cuáles son los documentos válidos para votar en las PASO nacionales?

Los mayores de 70 años no tienen la obligación de votar en las PASO 2023
Los mayores de 70 años no tienen la obligación de votar en las PASO 2023

Para esto se debe realizar una consulta a través de Internet y enviar los documentos que corroboren el motivo de fuerza mayor que les impidió emitir el sufragio. Cuentan con 60 días desde las elecciones para presentar el formulario ante la Justicia Electoral, ya que en caso contrario la multa se adherirá automáticamente en el Registro de Infractores de cada persona.

¿Quiénes están exceptuados de votar en las PASO 2023?

Estos son los casos en que una persona está exceptuada de asistir a votar:

  • Si el día de los comicios se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tiene que votar y justifica ante la autoridad policial, más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
  • Si está enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
  • Si es parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones está impedido de asistir a votar.
  • Si es juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tiene que asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios.

Seguir leyendo:

Guardar

Nuevo

Últimas Noticias