Neuquén y Río Negro inauguran el calendario electoral con sus elecciones provinciales generales este domingo 16 de abril. Las provincias patagónicas son parte de as 17 jurisdicciones que definieron desdoblar sus comicios de los nacionales para elegir gobernador, vicegobernador, legisladores y autoridades municipales.
Ambas provincias se encaminan a definir quiénes serán sus jefes del Poder Ejecutivo durante los próximos cuatro años. En ninguno de los dos casos, los actuales mandatarios continuarán al frente de sus provincias.
Omar Gutiérrez, el gobernador de Neuquén, no puede ser reelecto porque en diciembre finalizará su segundo mandato consecutivo, aunque el Movimiento Popular Neuquino apuesta a continuar al frente de la provincia con la candidatura del actual vice, Marcos Koppmann. En tanto, su par de Río Negro, Arabela Carreras, no se postuló para la reelección por el oficialismo de Juntos Somos Río Negro, que lleva al senador Alberto Weretilneck al frente de su boleta.
¿Cuándo arranca la veda electoral en Neuquén y qué está prohibido hacer por ley?
De acuerdo al Código Nacional Electoral, la veda comienza 40 horas antes de la votación, y se extiende hasta 3 horas después de la finalización de las elecciones.
En Neuquén, el Código Electoral provincial establecido por la Ley 3053, establece que “desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios, quedan prohibidos los actos públicos de proselitismo”, y señala que desde las 0h del domingo 16 de abril hasta las 21h, están prohibidos:
-La exhibición, el depósito y la portación de armas, aun en este último caso a personas autorizadas para ello por autoridad competente, en los lugares donde se realicen los comicios y hasta una distancia de 100 metros del perímetro de aquellos, a excepción del personal policial o de las Fuerzas Armadas, o de seguridad asignado a la custodia del local donde se celebren los comicios.
-Los espectáculos al aire libre o en recintos cerrados, acontecimientos sociales, culturales, deportivos y toda otra clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral y que no esté expresamente autorizada por autoridad competente.
-El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
-A los electores, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
-La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 100 metros de la puerta principal del lugar donde se instalan mesas receptoras de votos.
¿Cuándo arranca la veda electoral en Río Negro y qué está prohibido hacer por ley?
Por otro lado, en Río Negro, Ley 2431 del Código Electoral provincial, señala que la veda comienza 32 horas antes del inicio de los comicios, es decir, a las 0h del sábado 15 de abril. La venta de bebidas alcohólicas está prohibida durante todo el día de los comicios hasta 3 horas finalizada la elección, es decir: desde las 0h hasta las 21h del 16 de abril.
La legislación establece que no se pueden realizar:
-Los actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresas o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos, o cualquier otra propaganda proselitista, desde 32 horas antes de la iniciación de los comicios.
-Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro del radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
-Admitir reunión de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a todo propietario o inquilino que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora de votos.
-Los espectáculos populares al aire libre, o en recinto cerrado, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante las horas de los comicios.
-Tener abiertas las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase, durante el día de los comicios, hasta pasadas 3 horas de la clausura de los mismos.
-A los electores, el ingreso al lugar de los comicios portando armas, o usando banderas, divisas u otros distintivos.
-La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. El Tribunal o Junta Electoral podrá disponer el cierre temporario de los locales que estuvieran en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras de votos a menos de 80 metros del lugar en que se encuentra la sede provincial de los partidos.
¿Cuáles son los documentos válidos para votar en las elecciones 2023 de Neuquén y Río Negro?
En ambas provincias, están habilitados para votar solamente quienes figuren en el padrón electoral y presentes documentos válidos para certificar su identidad, que serán requeridos por las autoridades de mesa. Los documentos necesarios para poder emitir el voto son:
-Libreta de enrolamiento/libreta cívica
-DNI libreta verde
-DNI libreta celeste
-Tarjeta del DNI libreta celeste
-Nuevo DNI tarjeta
Los votantes extranjeros deben mostrar el documento nacional de identidad y el carnet de votación o la credencial de extranjero.
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