En un fallo polémico, sobreseyeron a un sindicalista de Camioneros y a siete empleados por el bloqueo a una pyme

La Cámara de Apelación en lo Penal de Lomas de Zamora benefició a los autores de la protesta contra Química Oeste, que un juez de Esteban Echeverría consideró un delito y elevó a juicio. Denuncian que la sentencia “está armada”

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Una de las imágenes del bloqueo de Camioneros a Química Oeste
Una de las imágenes del bloqueo de Camioneros a Química Oeste

En un fallo polémico, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora dispuso el sobreseimiento de un alto directivo del Sindicato de Camioneros y de 7 empleados por el bloqueo a la pyme Química Oeste, por el cual fueron acusados del delito de turbación de la posesión, y cuya causa había sido elevada a juicio por el juez de garantías de Esteban Echeverría Javier Mafucci Moore.

Los jueces Miguel Navascués, Guillermo Rolón y Miguel Alberdi, integrante de la Sala I de aquella cámara, desestimaron las resoluciones de Mafucci Moore y del fiscal Fernando Semisa, de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 4 de Esteban Echeverría, que consideraron “debidamente acreditados tanto el cuerpo del delito como la autoría responsable” de los 8 imputados que en mayo de 2021 bloquearon la empresa, que provee de insumos químicos a la industria, por el reclamo del gremio de Hugo y Pablo Moyano para que tres de los 60 empleados dejaran de estar afiliados al Sindicato de Comercio y pasaran a estar encuadrados en el convenio de Camioneros.

Uno de los implicados en la causa es el secretario general de la Delegación Monte Grande de Camioneros, Fabián Arévalo, y el resto eran empleados de Química Oeste (Fernando Emmanuel Arzola, Guerrero Aldo Wertel, Ulises Reinaldo Rodas, Miguel Angel Acosta, Sergio Javier Pogonza, Roberto Casal y Humberto Ramón Castaño). Hasta el fallo de los camaristas, para el fiscal y el juez Mafucci Moore ese grupo impidió la entrada y salida de camiones con mercadería de la empresa mediante “conductas violentas y amenazantes y con un plan previamente trazado”.

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Los dirigentes del Sindicato de Camioneros Omar Pérez, Pablo Moyano, Fabián Arévalo y Hugo Moyano
Los dirigentes del Sindicato de Camioneros Omar Pérez, Pablo Moyano, Fabián Arévalo y Hugo Moyano

Florencia Arietto, abogada de Química Oeste, denunció que el fallo “es escandaloso, arbitrario y absolutamente parcial, sin sustento probatorio” y consideró que “está armado” para favorecer al sindicato de los Moyano porque “no se tomaron en cuenta” los testimonios de los choferes de camiones que acreditaron que no pudieron entrar o salir de la empresa por la protesta gremial.

“Lo que están haciendo (los camaristas) es tomar una posición desde el punto de vista ideológico, no discutir la prueba, porque consideran que el bloqueo es parte de la huelga. Tomaron los testimonios de los imputados como si fueran testigos y en ningún momento dicen que los transportistas a los que les impidieron descargar la mercadería no acreditaron el delito -agregó-. Navascués y Rolón son kirchneristas y el hijo de Rolón es gremialista. Acá están disputando el relato, que es gravísimo”.

La abogada, que maneja la estrategia jurídica del Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB), afirmó que recurrirá al Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires para “pedir que se anule este fallo escandaloso” y anticipó: “Como no tengo pruebas para decir que acá hubo corrupción, vamos a hacer una presentación en el Consejo de la Magistratura contra los tres jueces para que se abra un sumario a los efectos de que haya cruces de llamados y secuestro de cámaras de seguridad para determinar si hubo algún contacto del Sindicato de Camioneros y los camaristas”.

Ignacio Dos Reis: “El fallo me tomó por sorpresa porque los que vivimos esos dos días de bloqueos sabemos lo que sufrimos"
Ignacio Dos Reis: “El fallo me tomó por sorpresa porque los que vivimos esos dos días de bloqueos sabemos lo que sufrimos"

Por su parte, el dueño de la empresa, Ignacio Dos Reis, dijo a Infobae: “El fallo me tomó por sorpresa porque los que vivimos esos dos días de bloqueos sabemos lo que sufrimos, los aprietes del sindicato y la denuncia infundada por malas condiciones de trabajo después de que presentamos una denuncia penal. Los aprietes e insultos a nuestros empleados, muchos de los cuales fueron testigos en la causa, no se tomaron en cuenta y la sentencia refleja algo distinto a la realidad de esos días”.

En su resolución, conocida el 23 de este mes, los miembros de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora sostuvieron que “en el caso no se discutió que el hecho aconteció en el marco de un reclamo laboral, en el que participaron varias personas -no menos de 20-, al que se plegaron algunos empleados de la empresa y un dirigente sindical”. Y destacaron que “salvo Eduardo Ramón Paz (uno de los choferes que dijo que los activistas de Camioneros no le dejaron descargar la mercadería), los restantes testigos han manifestado en forma conteste que la protesta se llevó a cabo en forma pacífica y sin producir daño material alguno”.

Señalaron que “la única excepción emerge de la declaración del nombrado Paz, quien se sintió intimidado al referir que el imputado Casal le manifestó en forma brusca y mal hablada como tratando de intimidar al dicente “por qué no estás afuera apoyando a los compañeros”. A partir de esa situación, los camaristas consideraron que “no se encuentra acreditada la existencia de conductas “violentas” y “amenazantes” tendientes a turbar la posesión, como sostiene el acusador”.

El bloqueo del Sindicato de Camioneros a Química Oeste implicó "15 días de tensión" y una importante pérdida económica para la empresa
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Para los jueces, “no debe perderse de vista que en este tipo de manifestaciones o reclamos suelen existir insultos y calificativos agraviantes que, obviamente, no constituyen los medios comisivos que exige el artículo 181, inciso 3ero. del Código Penal”. “Sin perjuicio de ello, y aun en el caso de que no se compartiera esta hipótesis -añadieron-, lo cierto es que tampoco se ha verificado la tipicidad subjetiva, ya que el delito endilgado reclama dolo directo. No albergo duda alguna sobre que el accionar de los imputados no estuvo enderezado a estorbar el pleno ejercicio de la posesión del inmueble”.

En el fallo, antes de disponer el sobreseimiento, Navascués, Rolón y Alberdi resaltaron que “si bien la acción penal no se ha extinguido y el hecho ha existido, el mismo no encuadra en una figura legal”.

En cambio, al justificar la elevación a juicio de la causa, el juez Mafucci Moore consideró “reunidos los elementos requeridos por el tipo para mantener al hecho imputado, la calificación legal que se pretende y la autoría prima facie responsable de los imputados”. Y señaló que “acá no se discute si la empresa estaba en falta acerca de las condiciones de trabajo o seguridad pues además, de ser cierto, en nada justifica la conducta que aquí se acusa”. “Por otra parte -manifestó-, la defensa de los derechos que como trabajadores les asisten a los imputados no implica que esa defensa pueda ser llevada adelante de cualquier modo y mediante el recurso de incurrir en delito”.

La abogada Florencia Arietto dijo que el fallo por el bloqueo en Química Oeste es “escandaloso, arbitrario y absolutamente parcial"
La abogada Florencia Arietto dijo que el fallo por el bloqueo en Química Oeste es “escandaloso, arbitrario y absolutamente parcial"

El magistrado incluso advirtió en su sentencia que “el derecho a la protesta, la huelga o cualquier tipo de defensa de los derechos de los trabajadores mediante su ejercicio no puede entrar en colisión con el derecho de otras personas a transitar libremente, ejercer el comercio, o trabajar en libertad, o preservar su propiedad”. Para Mafucci Moore, “impedir el trabajo de otros no es el modo de protestar. Pretender que este tipo de conducta -como la que aquí prima facie se ha acreditado -sea el exclusivo medio o el más razonable, es pretender socavar aquellos otros derechos”.

“Los principios, derechos y garantías de la Constitución Nacional no son absolutos y están sujetos a las leyes que reglamentan su ejercicio -destacó el juez-. En esta vertiente, los derechos que emanan de ciertas cláusulas constitucionales deben armonizar con las obligaciones impuestas en otras, de manera de no conllevar a una pugna entre ellos. Ello así pues el ejercicio violento de un derecho no está amparado ni por las leyes argentinas ni por el derecho internacional”.

La causa comenzó con una denuncia por los delitos de extorsión, turbación de la propiedad e impedimento del trabajo contra los manifestantes, que, según la empresa, procuraban tener el número suficiente de representantes para poder elegir un delegado propio. Por eso, los manifestantes comenzaron el bloqueo del depósito y luego sumaron un paro por “faltas en las medidas de seguridad y de higiene”, como la ausencia de vestuarios y de baños, algo que, de acuerdo con Arietto, se trató de “un reclamo laboral inventado”.

Uno de los carteles que colgaron los activistas de Camioneros ante el depósito de Química Oeste
Uno de los carteles que colgaron los activistas de Camioneros ante el depósito de Química Oeste

Según relató el empresario Dos Reis a la Justicia, el 10 de mayo de 2021 apareció ante el depósito de Química Oeste un grupo de unas 10 personas que se bajaron de 3 autos particulares y colocaron allí una bandera que decía “Sindicato de Camioneros Delegación Monte Grande”, mientras decían “de acá no sale nadie, acá no se mueve nadie, hoy no van a trabajar” (SIC) y le impedían la salida a los camiones y el ingreso de empleados a la empresa. Luego llegaron más activistas, se instalaron allí, hicieron una “choriceada” y Arévalo se sumó al bloqueo.

Al día siguiente, llegaron ante el depósito de Química Oeste 3 o 4 camiones con contenedores y también se les impidió el ingreso, así como a “una cantidad importante de clientes que llegaban con sus transportes para retirar la mercadería”. La situación se repitió el lunes 17 de mayo: “Empezó a aparecer mucha gente identificándose con el Sindicato de Camioneros por sus vestimentas y banderas, que nuevamente impidieron trabajar, motivo por el cual los camiones tuvieron que dormir en otro sitio” y los clientes y proveedores no pudieron trabajar ese día”, según relató Dos Reis.

Fabián Arévalo (a la derecha), dirigente del Sindicato de Camioneros
Fabián Arévalo (a la derecha), dirigente del Sindicato de Camioneros

La protesta siguió hasta el 18 de mayo al mediodía, cuando la policía bonaerense formó un cordón para permitir la entrada y salida de camiones, y el bloqueo se levantó ese mismo día.

El empresario, asesorado por Arietto, hizo la denuncia penal correspondiente y despidió a los empleados involucrados en la medida de fuerza. La presión del sindicato, ahora por reincorporar a los trabajadores y con amenazas de actos de sabotaje, hizo que Dos Reis cerrara la empresa y amenazara con bajar las persianas de manera definitiva. Esa situación derivó en una carta que unos 30 empleados de Química Oeste presentaron ante los ministerios de Trabajo de la Nación y de la provincia de Buenos Aires en la que pidieron garantías para poder trabajar con normalidad.

Cómo quedó entrada de Química Oeste tras el levantamiento del bloqueo del Sindicato de Camioneros
Cómo quedó entrada de Química Oeste tras el levantamiento del bloqueo del Sindicato de Camioneros

“Queremos hacer valer nuestros derechos: preservar nuestra fuente de trabajo, ser oídos y decir basta a los atropellos de las patotas sindicales. Somos trabajadores y queremos ejercer nuestro derecho con total libertad y sin miedo”, señalaron. “Estamos a merced de sindicalistas inescrupulosos”, aseguraron en otro tramo de las cartas. Los empleados pidieron audiencia a las autoridades para plantear su posición. Nunca les contestaron las cartas ni fueron recibidos.

El bloqueo sindical le ocasionó a Química Oeste una pérdida de “varios millones de pesos por día” y al sector petrolero, un promedio de 2 millones de dólares por la falta de insumos.

A partir del episodio que vivió, Dos Reis se convirtió en uno de los integrantes del MEAB, creado en 2021 y presidido por Verónica Razzini (dueña de una pyme bloqueada durante 90 días), desde donde ayudan y asesoran a empresarios que son víctimas de las protestas sindicales extorsivas.

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