El tribunal refutó la hipótesis de “lawfare” de Cristina Kirchner: “Teorías conspirativas y clichés”

La respuesta es parte del fallo de 1616 páginas, en el que se ventilaron las pruebas y las conclusiones que llevaron a la condena de CFK a 6 años de prisión por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública

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Cristina Kirchner dialoga con su
Cristina Kirchner dialoga con su abogado, Carlos Beraldi, durante una audiencia judicial en Comodoro Py (Foto NA: JUAN VARGAS)

“Ahora parece más sofisticado hablar de lawfare (como si las cosas al ser descriptas en inglés tuvieran más valor) para definir algo que en la realidad aparece sólo como una nueva teoría conspirativa - tan antigua como el propio Estado de Derecho”. Con estas palabras, el Tribunal Oral Federal 2 respondió a las críticas abiertas que planteó la defensa de la vicepresidenta Cristina Kirchner y de otros ex funcionarios de su gobierno, que atacaron la causa en la que fueron juzgados por las irregularidades en las obras concedidas al empresario Lázaro Báez en Santa Cruz entre 2003 y 2015. Para e tribunal, es parte -se añadió en el texto- de los “clichés” de los funcionarios públicos cuando están sometidos a causas de corrupción.

La respuesta tiene que ver con que los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso fueron fuertemente cuestionados por haber iniciado el juicio oral en mayo de 2019, en medio de un año electoral. No es un detalle menor que justo días antes de que CFK se sentara por primera vez en el banquillo, la ex jefa de Estado anunciara que volvería competir para las elecciones presidenciales, pero con Alberto Fernández encabezando la fórmula.

En ese marco, el tribunal recordó que en la Argentina hay elecciones cada dos años, y que en los períodos en los que no hay comicios la política igual tiene una intensa actividad de cara a los futuros sufragios.

“La fecha que terminó siendo de apertura del debate no surgió como producto de la casualidad, sino del devenir natural del proceso y de los sucesos descriptos en el párrafo anterior. ¿Cómo se puede decir años después con total desparpajo que la fecha fue elegida especulando con el calendario electoral? Dicha postura solo se explica en una defensa mediática y extrajudicial disociada de los reproches de naturaleza delictiva que constituyeron el objeto del presente juicio”, respondió el TOF en su sentencia.

Fue en uno de los últimos puntos de la sentencia, bajo el capítulo “otras cuestiones”, donde el Tribunal Oral Federal 2 respondió las acusaciones de “lawfare” que hizo la vicepresidenta y su defensa, junto al resto de otros acusados. Lo describió como la expresión concreta de una “guerra judicial” -o “lawfare”, según el anglicismo utilizado- llevada adelante contra algunas de las personas aquí imputadas, supuestamente ejecutada por sus opositores políticos, el Poder Judicial y algunos medios masivos de comunicación.

Los jueces del TOF Andres
Los jueces del TOF Andres Basso, Jorge Luciano Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu

Los jueces repasaron los diferentes planteos. “Los abogados de la ex Presidenta, además, enumeraron la gran cantidad de causas en las que se encontraba imputada, pretendiendo demostrar el modo con que se materializaba dicha guerra judicial. A su vez, le otorgaron la misma finalidad persecutoria a la oportunidad escogida por este tribunal para que el juicio oral se iniciara pocos meses antes de las elecciones del año 2019, como un dato que generaba al menos suspicacias acerca de la intencionalidad de perjudicar su imagen de cara a los comicios”, se señaló.

Incluso repasa que, en pleno debate, “las mismas partes dirigieron ataques a los medios masivos de comunicación que fueron identificados por los acusados, bajo esta lógica, como operadores aliados e imprescindibles para la formación de opinión de la sociedad. Así, sería suya la responsabilidad de instalar la idea de que los hechos denunciados, para ellos legales, constituían una maniobra de corrupción”.

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“Tanto se ha dicho sobre este asunto, sobre todo en los medios de comunicación, que nos parece importante primero aclarar que nuestra respuesta, en principio, se va a limitar y a sujetar sólo respecto de las consideraciones formuladas que señalan a este tribunal como parte de una supuesta ‘guerra judicial’”, advirtieron.

El TOF resaltó que “la única recriminación en concreto dirigida contra esta judicatura en tal sentido se vincula con la fecha en la que se dio inicio del juicio oral y público en estas actuaciones (21 de mayo de 2019), por haber sido próxima al cierre y la definición de las personas que habrían de conformar las listas que participaron en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias presidenciales celebradas el 11 de agosto de 2019″. El tribunal recordó que ya había explicado el porqué de esa fecha, durante la declaración de un testigo ante el planteo de una de las partes. “Lo volveremos a hacer para que no quepan dudas”, dijeron los jueces,

Cristina Kirchner en su despacho,
Cristina Kirchner en su despacho, mientras prepara la exposición que hará luego de escuchar la lectura del veredicto por la Causa Vialidad

En 2018 se resolvió que el debate iba a iniciarse el 26 de febrero de 2019, trámite que “fue notificado con suficiente antelación (para que las personas interesadas contaran con holgada previsibilidad y para evitar especulaciones) y ninguna de las partes puso reparos con la fecha (independientemente de quienes exigían que la instrucción suplementaria estuviera totalmente cumplida con antelación)”. Pero, “como bien recuerdan las defensas”, uno de los miembros del Tribunal, el juez Jorge Tassara, falleció por gravs problemas de salud “surgidos súbitamente en el mismo mes de febrero de 2019, y su posterior y lamentable fallecimiento ocurrido en marzo”. En función de ello, “dos de los actuales jueces nos vimos en la obligación, por un lado, de solicitar a la superintendencia que se completase la conformación del tribunal, y por otro, de diferir inevitablemente el inicio del debate fijándose para el mes de mayo (tres meses después de lo originalmente previsto)”.

“Toda esa situación que hemos detallado era conocida por los abogados litigantes. No fue una novedad. La fecha que terminó siendo de apertura del debate no surgió como producto de la casualidad, sino del devenir natural del proceso y de los sucesos descriptos en el párrafo anterior. ¿Cómo se puede decir años después con total desparpajo que la fecha fue elegida especulando con el calendario electoral?. Dicha postura solo se explica en una defensa mediática y extrajudicial disociada de los reproches de naturaleza delictiva que constituyeron el objeto del presente juicio”, respondió el tribunal

El fallo incluyó además otra mordaz reflexión: “Ya resulta un cliché de todo ex o actual funcionario público imputado en una causa penal -de cualquier espacio político, por cierto- el vincular el devenir del proceso con la coyuntura política o el calendario electoral”

Diríamos que es casi, permanentemente, una defensa anunciada tendiente a influir más en el ámbito de los medios de comunicación que en cualquier otro universo. Pensemos solamente que en nuestro país hay elecciones, como mínimo, cada dos años, y que en los años sin comicios de todos modos hay una constante actividad preelectoral, lo que implica que siempre una investigación o un juicio penal podrá ser maliciosamente vinculado con aquellos actos de la política con la finalidad de deslegitimarlos mediáticamente”.

“Nada que no se haya visto ni oído antes: especulación electoral, persecución política, operación mediática, guerra jurídica, causa armada, intento de proscripción, falsa denuncia, conspiración, derecho penal del enemigo, complot, cacería judicial. Podríamos seguir con la larga lista de subterfugios habituales con los que se responde ante una investigación, proceso o sentencia judicial. Ahora parece más sofisticado hablar de lawfare (como si las cosas al ser descriptas en inglés tuvieran más valor) para definir algo que en la realidad aparece sólo como una nueva teoría conspirativa - tan antigua como el propio Estado de Derecho-. Y cuyo destino no parece ser otro que el de transformarse en una coartada para eludir, ante los poderes judiciales democráticos, la rendición de cuentas por la comisión de delitos de corrupción o por otros relacionados al mal desempeño en el ejercicio de la función pública”, añadió el fallo.

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