El 14 de octubre pasado un hombre había sido revisado por la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en el Aeroparque debido a una situación sospechosa. Mientras terminaban los trámites se escapó del lugar. Lo habían visto tirar al piso un papel con una sustancia rara. Era cocaína. Inspeccionaron el auto que había dejado en el estacionamiento y hallaron dos armas, más cocaína, marihuana y metanfetamina.
A partir del hallazgo intervino el juzgado federal a cargo de Sebastián Casanello, quien dictó el procesamiento de Pablo Daniel Szulman, el dueño del auto, por el delito de tenencia de armas de guerra.
Aquel día, cuando revisaron el Audi S5 Coupe, hallaron un revolver Taurus calibre .38 con empuñadura de madera y 25 balas del mismo calibre. Y además una pistola semi automática Astra Unceta 9 mm, tres cargadores para esa arma y 32 balas de ese calibre. Se comprobó durante la investigación que las armas de Szuldman, empresario argentino con negocios en Chile, eran aptas para disparar. También quedó demostrado que el imputado no tenía permiso de portación de armas. Y que una de las armas tenía la numeración limada.
El caso de Szuldman se había iniciado porque aquella mañana de octubre pasado un empleado de Aerolíneas Argentinas notó algo extraño cuando el hombre de 56 años compró pasajes para ir a Santiago de Chile en el Aeroparque. Lo acompañaban dos mujeres muy jóvenes en una actitud que hizo pensar que era un caso de trata.
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La PSA los paró en la zona de embarque Internacional y las mujeres, 19 años cada una, tía y sobrina que compartían apellido, dijeron que viajaban con Szuldman sin ningún tipo de coerción. El hombre tenía un bulto en la zona inguinal y cuando los agentes le preguntaron qué era, respondió: “Una hernia”. Lo llevaron a una oficina para revisarlo en privado. Allí se comprobó que efectivamente tenía una hernia inguinal. Cuando estaban terminando el papeleo del procedimiento Szuldman se fue. Hasta entonces no había nada en su contra.
En ese momento uno de los testigos del procedimiento contó que había visto a Szuldman tirar un lo que parecía un pañuelo de papel. Lo revisaron y contenía cocaína. Como el hombre se había ido, informaron al juzgado que ordenó rastrearlo.
Mediante las imágenes de las cámaras de seguridad dieron con el Audi S5 Coupe color gris que había quedado en el estacionamiento del Aeroparque. Lo abrieron y allí, además de las armas, encontraron: dos bolsas con dos gramos de metafentamina, una lata de galletitas danesas de manteca con 19 gramos de marihuana, un picador de marihuana, un pipa, papel para armar cigarrillos, un frasco con 1,4 de marihuana, un colador, un tubito con 13 gramos de marihuana líquida y tres celulares.
En la causa se explicó con claridad la situación de las dos mujeres que acompañaban a Szuldman aquella mañana. Habían sido entrevistadas –por orden del juzgado- por profesionales del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Ambas admitieron que desde hacía un año mantenían encuentros por dinero con Szuldman. Que no siempre eran encuentros sexuales, sino que a veces eran salidas, cenas y que el hombre jamás había sido violento con ellas. Ambas admitieron que lo vieron consumir cocaína pero que lo hacía sin involucrarlas. Contaron que a cambio del último encuentro que habían mantenido le pidieron Szuldman que les pagara pasajes y estadía en Santiago de Chille. Hacia allí iban cuando comenzó el caso que terminó con el procesamiento del hombre. Las mujeres aseguraron también que tenían encuentros sexuales con otros clientes.
Descartada una situación de trata de personas, fue lo hallado en el auto lo que complicó la situación de Szuldman y por eso fue citado a indagatoria. Cuando se presentó ante el juez Casanello y la fiscal Alejandra Mángano se negó a declarar y se remitió a escritos presentados por su defensa.
En su descargo aseguró que las drogas eran para consumo personal. Que por cuestiones de salud fumaba marihuana y tomaba cocaína de manera habitual en tanto el consumo de metanfetamina era esporádico. Sobre las armas confesó haberlas comprado de manera irregular y explicó que estaban en el auto porque se olvidó de dejarlas en su casa. Aseguró que las tenía porque había sufrido varios episodios de inseguridad en los últimos años. Y dijo que jamás tuvo la intención de usarlas. Negó haber tirado un papel con cocaína y señaló que no se escapó sino que sufrió un episodio de ahogo y por eso salió del Aeroparque, en taxi.
El juez Casanello lo procesó por la posesión de armas de guerra y el delito de encubrimiento porque la pistola semi automática tenía la numeración limada. Pero lo sobreseyó por la tenencia de droga para consumo personal. En la resolución -a la que accedió Infobae a través de fuentes judiciales- Casanello se refirió al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación conocido como “Arriola” que había declarado la inconstitucionalidad del artículo de la ley que pena la tenencia de escasa cantidad de droga para uso personal.
En aquel fallo de 2009 la Corte estableció que la penalización del consumo personal, siempre que no afecte a terceros, es inconstitucional. Pero como la Ley 23.737 –que pena el tráfico de drogas- sigue vigente, es en los Tribunales donde se desincriminan a las personas a las que se les halló escasa cantidad de sustancias prohibidas.
Eso es lo que hizo Casanello con Szuldman. El juez señaló que: “...Cuando hablamos de tenencia de drogas para consumo personal estamos hablando de una acción privada que por ser autorreferente y no dañar los derechos o bienes de terceros no puede ser objeto de persecución penal, a no ser de un modo inconstitucional. ¿Cuándo, entonces, una tenencia de drogas podría traer aparejado “un peligro concreto o un daño a terceros o bienes de terceros”? Simplemente cuando pueda hallarse en la conducta un condimento auténticamente lesivo, que puede manifestarse incluso en forma de peligro, como en los casos en los que la tenencia tenga por finalidad la comercialización, su distribución, su utilización como moneda de pago, etcétera”. Y por ello lo sobreseyó por la tenencia de escasa cantidad de drogas para consumo personal.
El juez al dictar el procesamiento de Szuldman por la tenencia de armas de guerra fijó un embargo de $300.000 para el empresario que se iba a ir de viaje a Chile y nunca pudo tomar su vuelo.
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