La pelea judicial entre el gobierno nacional y la Ciudad de Buenos Aires por la quita de recursos decidida por el presidente Alberto Fernández hace dos años y tres meses, tuvo una primera definición de la Corte Suprema de Justicia a favor del planteo realizado por el gobierno porteño. En sus fundamentos, el tribunal repasa cómo históricamente ambos distritos consensuaron el traspaso de servicios y el consecuente envío de recursos para ello a través de acuerdos.
El jefe de gobierno de CABA, Horacio Rodríguez Larreta, acudió al máximo tribunal luego de que la masa de recursos de coparticipación que le gira el Estado Nacional se redujera de 3,5% del total a 2,32%, en primera instancia y luego a 1,4%. La decisión había sido adoptada por el presidente el 9 de septiembre de 2020, en medio de una tensa protesta salarial de la policía bonaerense, y tuvo una particularidad: fue comunicada públicamente y a las autoridades del gobierno porteño casi en simultáneo. No hubo negociación ni intento de consenso para redistribuir los recursos, en caso de que el gobierno nacional lo considerara necesario para equiparar los fondos de la fuerza bonaerense con los de la policía porteña. Por el contrario, la medida se plasmó directamente con un decreto firmado por el mandatario nacional y sus ministros.
Ese avance fue cuestionado por Larreta a través de una medida cautelar que le exigía a la Corte Suprema que suspenda los efectos del decreto de Alberto Fernández. 27 meses después de aquella presentación, los jueces supremos, por unanimidad, determinaron que la exigencia del jefe de gobierno porteño era verosímil y le ordenó al gobierno nacional volver a enviar los recursos que dejó de entregar desde comienzo del entuerto.
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La base para fundamentar la decisión de los jueces puede observarse en los antecedentes históricos de la relación entre el gobierno nacional y CABA, a los que alude el tribunal. Tanto desde la época en que era un municipio hasta su transformación en ciudad autónoma con la reforma constitucional de 1994, la Capital Federal y el gobierno nacional convinieron el traspaso de servicios y su correspondiente financiamiento a través de medidas conjuntas. Ese repaso fue observado por la Corte y se convirtió en un elemento clave. A medida que el gobierno porteño iba asumiendo la prestación de servicios esenciales requería los recursos que giraba el gobierno nacional, y esa relación fue fruto de convenios sellados en distintas instancias a través del tiempo.
En el fallo, los jueces subrayan que tales competencias “sólo pueden hacerse con vocación de permanencia ya que su reversión o bien es impracticable o bien resulta altamente costosa”. Es el caso de lo que ocurrió con los fondos destinados a la seguridad.
La Ciudad de Buenos Aires se hizo cargo en su momento de la seguridad pública en materias no federales y la Nación le transfirió la totalidad del personal, organismos, funciones, competencias, servicios y bienes. Fue durante la presidencia de Mauricio Macri, en el año 2016. En ese momento, el Ejecutivo aumentó el coeficiente de coparticipación de la Ciudad de 1,4% a 3,75% sobre el monto recaudado. Al año siguiente se ajustó a 3,5 por ciento. Todos esos montos fueron fruto de un acuerdo entre CABA y el Estado Nacional. Eso cambió en el gobierno de Alberto Fernández.
El decreto 735/2020, del 9 de septiembre de 2020, redujo de manera unilateral el coeficiente a 2,32 por ciento. Y luego la ley 27.606 lo volvió a 1,4 por ciento. El presidente Alberto Fernández invocó un decreto para redistribuir recursos con el argumento de equiparar los sueldos de la policía bonaerense, eje de la protesta en aquel momento, pero la medida se dio de manera unilateral.
El tribunal observó que eso produjo “un efecto brusco y sustancial de reducción de los recursos” y señaló que afectó a “una prestación esencial para la vida colectiva de la comunidad y uno de los principales cometidos que deben cumplir las autoridades locales”.
Además, los jueces de la Corte advirtieron que la medida del presidente Fernández irrumpía en medio de un ejercicio con los presupuestos ya definidos. La administración de Rodríguez Larreta no tenía, con los hechos consumados, alternativa ante el recorte, puesto que dejar de prestar el servicio de seguridad no es opción.
Por qué no afecta a las provincias
Por otro lado, el fallo del tribunal supremo explica que la reposición de los fondos para la ciudad de Buenos Aires no afectará los recursos de las provincias puesto que las partidas deben salir del porcentaje de coparticipación que queda en manos del Estado Nacional en la distribución primaria. Esto es, según la ley de coparticipación, la masa total de impuestos recaudados se reparte en una primera instancia entre el Estado Nacional, que se queda con el 50%, y las provincias, que se quedan con la otra mitad. De la primera porción es que debería ceder Alberto Fernández para atender el fallo.
El presidente, en las últimas horas, contestó que esos recursos normalmente suelen volcarse igualmente en las provincias, en obras a cargo de Nación, pero que se ejecutan en el interior del país.
La discusión ha derivado por estas horas en en una fuerte disputa política entre la fuerza que gobierna el Estado Nacional, el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, el espacio al que pertenece el jefe de gobierno porteño, y el Poder Judicial.
La manifestación del presidente Alberto Fernández, secundado por gobernadores de su espacio, resistiendo el cumplimiento del fallo de la Corte, le agrega a la situación ribetes de crisis institucional y ha generado preocupación por la inseguridad jurídica que generaría que nada más ni nada menos que el gobierno nacional desobedezca una sentencia del máximo órgano de justicia de la República Argentina.
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