Pidieron revocar el sobreseimiento de Macri en la causa por espionaje a los familiares del ARA San Juan

El fiscal Raúl Pleé sostuvo que desvincular de la causa al ex presidente fue prematuro

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Mauricio Macri cuando era presidente
Mauricio Macri cuando era presidente en una ceremonia realizada en la base naval de Mar del Plata en noviembre de 2018 al cumplirse un año del hundimiento del ARA San Juan (Foto NA)

El fiscal de la Cámara Federal de Casación Penal Raúl Pleé pidió que el máximo tribunal penal revoque el sobreseimiento de Mauricio Macri y de quienes dirigieron la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante su gobierno, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa donde se los investiga por espionaje ilegal sobre los familiares de los tripulantes fallecidos en el hundimiento del submarino ARA San Juan.

En julio pasado, los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, integrantes de las Sala I de la Cámara Federal, sostuvieron que las diligencias realizadas por agentes de la AFI en Mar del Plata guardaban relación con la seguridad del presidente. De ese modo, descartaron la hipótesis que había sostenido Martín Bava, juez subrogante en Dolores, diciendo que existió un espionaje a familiares de las víctimas en buscaba de controlar las protestas e influir en la opinión pública.

El fallo de la Cámara Federal implicó el sobreseimiento de Macri, Arribas, Majdalani y un grupo de ocho funcionarios y agentes de la base AFI de la delegación Mar del Plata. La denuncia fue presentada por Cristina Caamaño cuando estaba al frente de la agencia de inteligencia.

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Pleé consideró que la decisión de Llorens, Bertuzzi y Bruglia fue prematura y respaldó con sus argumentos la apelación que había presentado el fiscal ante la Cámara Federal José Agüero Iturbe. En agosto pasado, Agüero Iturbe había apelado la decisión de la Cámara Federal. El fiscal había dicho: “Una denuncia como esta debe ser investigada, respetándose todas las garantías constitucionales que amparan tanto a las víctimas como a los presuntos imputados y por eso, dictaminé como lo hice en anterior oportunidad, no obstante, las denuncias de esta gravedad institucional deben ser investigadas no importa que el denunciado se llame Juan, Pedro, Cristina o Mauricio”. En aquella apelación, respaldada por la presentación que Pleé realizó hoy, Agüero Iturbe había calificado a la decisión de la Cámara Federal como “parafernalia argumental, asimilable a una pirotecnia verbalista”.

Raúl Omar Pleé, fiscal ante
Raúl Omar Pleé, fiscal ante la Casación Federal (Guille Llamos)

En su dictamen del 15 de noviembre y conocido hoy, el fiscal de Casación señaló: “En efecto, se ha demostrado que se desarrollaron tareas de investigación sobre el grupo de allegados y familiares de las víctimas de los tripulantes de los buques pesqueros naufragados “Rigel” y “El Repunte” y, en particular, del submarino ARA San Juan, que implicaron el registro de manifestaciones, acciones de visibilización, reclamos, misas y otros eventos, así como la compilación de datos personales de las víctimas, que no pueden ser reputadas -tal como fue afirmado por el a quo- como “actividades tendientes a preservar las instituciones constitucionales -entre las que se encuentra la figura presidencial y/o la seguridad interior.”

“No ha logrado acreditarse que estuviéramos frente a tareas tendientes a neutralizar cualquier riesgo de seguridad, como podrían ser las movilizaciones frente a las visitas presidenciales, ni menos aun que fueran observaciones de campo superficiales frente a manifestaciones en las inmediaciones de la Base Naval y de la Prefectura Naval, pues no se han señalado motivos que permitan tener por cierto que existía un serio riesgo a la seguridad del edificio de jurisdicción de una fuerza de seguridad”, planteó.

Y, dice el dictamen, “así, se ha provocado la vulneración a los derechos de intimidad y privacidad de un grupo de personas que tan solo se encontraban reunidas para pedir el descubrimiento de la verdad en los hechos que tuvieron como víctimas a familiares directos o allegados, sin que la Cámara haya logrado demostrar la existencia de evidencias de que la intromisión por parte del organismo de inteligencia obedecía pura y únicamente a cuestiones de seguridad, sea del Presidente de la República o de alguna sede de una fuerza de seguridad”.

“De este modo, la desvinculación de la causa resulta improcedente, por cuanto los elementos de prueba hasta el momento producidas sustentan -en grado de probabilidad- la eventual responsabilidad penal de los encartados en los hechos que se les atribuyen, de manera tal que el sobreseimiento dictado resulta claramente prematuro y confronta con la necesidad de evaluar más ampliamente la actuación de los imputados”, señaló Pleé.

Por esos argumentos, el fiscal pidió que se revoque los sobreseimientos y se continúe investigando. Los jueces de la Casación que deben definir sobre la situación de Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los procesados son Carlos Mahiques, Ángela Ledesma y Guillermo Yacobucci.

En otra resolución, Casación rechazó aceptar como amicus curae en esta causa al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). En un voto conjunto, Mahiques y Yacobucci dijeron que “el solicitante no ha logrado demostrar una relación clara, directa e inmediata entre la cuestión a resolver en la presente causa”. En minoría, Ledesma se había inclinado por hacer lugar diciendo que había que hacer lugar a la petición del CELS.

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