El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi procesó sin prisión preventiva a Jonatan Morel, Gaston Guerra, Leonardo Sosa y Sabrina Basile, integrantes de la agrupación Revolución Federal. El juez los encontró responsables de formar una agrupación que buscaba “imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor”. La pena tiene hasta 8 años de prisión. Los embargó por 9 millones de pesos.
Los imputados habían sido detenidos el 20 de octubre pasado. El martes fueron excarcelados por orden de la Cámara Federal por el mínimo de la pena, porque no tenían antecedentes penales y porque la prueba de la causa ya estaba secuestrada. Le dijo al juez que tomara medidas para garantizar la sujeción al proceso. También resaltó que esa agrupación no está por el momento investigada en la causa por el atentado contra la vicepresidenta Cristina Kirchner, según surge de la causa. Ese fue el fallo que criticó el presidente de la Nación, Alberto Fernández y distintos miembros del Gobierno.
Pero el juez todavía debía resolver sobre las situaciones procesales de los implicados. Fue lo que hizo en la resolución de hoy. “Los sujetos aquí imputados conformaron una organización denominada Revolución Federal y tomaron parte de ella, difundiendo masivamente propaganda de odio y realizando actos violentos, con abierta intención de incitar a la persecución, hostilidad y violencia colectiva contra determinados sujetos -autoridades y simpatizantes- pertenecientes a un determinado espacio político -Frente de Todos. En definitiva, pudo comprobarse que, con tal accionar, atentaron contra el orden público y ocasionaron un claro perjuicio a los bienes jurídicos de la paz social y la tranquilidad pública necesarios para el funcionamiento de un Estado de Derecho”, dice la resolución a la que accedió Infobae.
El juez no dice que la agrupación tuviera que ver con el atentado con Cristina Kirchner. Solo cita la cronología que había hecho inicialmente en la causa el fiscal Gerardo Pollicita, en donde se señala que el accionar de la agrupación “desembocó en la instauración de un estado de alarma social en virtud del atentado contra la vida de la Vicepresidenta de la Nación”.
“La finalidad del accionar llevado adelante por los/as nombrados/as a través de la organización Revolución Federal, fue incitar permanentemente a la renuncia de los personajes públicos escrachados –pertenecientes a autoridades públicas de la actual gestión de gobierno-, mediante propaganda de contenido violento y el activismo social convocado, la distribución de folletería y la utilización de determinadas insignias o lemas tales como ‘van a correr’ ‘Todos presos, muertos o exiliados’ -entre otros-, replicados en forma masiva en distintos medios y redes sociales, que utilizaron como herramienta de difusión, y donde sus mensajes, como se dijo, alcanzaban a un sinnúmero de personas”, señaló.
“Así es que, tanto por redes sociales como en las calles, realizaron actos y emitieron expresiones tendientes a alentar o incitar a la persecución, a la violencia colectiva y a la propagación del odio, principalmente contra autoridades públicas de la actual gestión del Poder Ejecutivo Nacional y/o de sus adeptos, constituyéndose así en uno de los actores que agitaron en la sociedad un clima de violencia social, cuyo acto de mayor gravedad institucional resultó ser el intento de magnicidio de la Vicepresidenta de la Nación Dra. Cristina Fernández de Kirchner, el pasado 1° de septiembre”, repasa el juez.
Para el juez, “se han obtenido a esta altura de la instrucción elementos probatorios suficientes, que permiten afirmar, con el grado de provisoriedad exigido para esta etapa inicial del proceso, que Jonathan Ezequiel Morel, Leonardo Franco Sosa, Gastón Ezequiel Ángel Guerra y Sabrina Basile han tenido responsabilidad en la comisión del ilícito investigado; siendo que las pruebas de cargo antes reseñadas, consolidan el estado de sospecha existente respecto de los/as nombrados/as”.
Sobre la prisión preventiva, el juez tomó nota del fallo de la Sala I de la Cámara Federal que había ordenado el martes excarcelarlos. “En base a los argumentos expuestos por el Superior, es que corresponde que Jonathan Ezequiel Morel, Leonardo Franco Sosa, Gastón Ezequiel Guerra y Nilda Sabrina Basile, continúen transitando el proceso en el estado de libertad que se encuentran gozando actualmente”, dijo. El juez fijó embargos por 9 millones de pesos para cada uno, “teniendo en cuenta la envergadura del hecho analizado y la intervención que le cupo”.
En el caso se investigan las actividades de Revolución Federal. El fiscal Gerardo Pollicita imputó a cuatro integrantes del grupo por incitación a la violencia colectiva. Según planteó, las pruebas permiten tener “por corroborada la actividad desplegada por Jonathan Morel y Leonardo Sosa, quienes organizaron una agrupación de la que luego tomaron parte Gastón Guerra y Sabrina Basile —entre otras personas aún no identificadas—, y desde la cual llevaron a cabo un esquema delictivo que diseñaron para imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza y el temor”. A Morel y Sosa les sindicó un rol de organizadores y a Guerra y Basile como partícipes.
El Ministerio Público sostuvo que “se pudo corroborar que, a través de la agrupación Revolución Federal, en el período reseñado los nombrados alentaron e incitaron a la persecución y al odio contra determinadas personas a causa de sus ideas políticas, principalmente funcionarios públicos de la actual gestión del Poder Ejecutivo Nacional —Alberto Fernández, Cristina Fernández de Kirchner, Sergio Massa, Silvina Batakis, Victoria Donda, entre otros—, y en ese contexto atentaron entonces contra el orden público”.
Para el juez, “se encuentra materialmente acreditado -con el grado de provisoriedad exigido para esta etapa inicial del proceso- que, al menos desde el 11 de mayo del corriente año 2022 hasta la actualidad, Jonathan Morel y Leonardo Sosa organizaron una agrupación a la que denominaron “Revolución Federal”, y que Gastón Guerra y Sabrina Basile –entre otros sujetos de momento no identificadoshan tomado parte de aquélla. Asimismo, se considera materialmente acreditado que, a través de esta organización, los/as imputados/as llevaron a cabo un plan criminal, que tuvo por objeto imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor”.
Y añadió que “para ello utilizaron sostenidamente en el tiempo manifestaciones intimidantes en distintas redes sociales -Facebook, Twitter e Instagram- y medios masivos de comunicación, repartiendo folletería y mediante protestas autoconvocadas, planificando, coordinando y difundiendo mensajes de odio, actos intimidatorios y manifestaciones violentas -principalmente en contra de autoridades del actual PEN y sus simpatizantes-.”
“En otras palabras, la cronología de sucesos violentos relatada pormenorizadamente por el Sr. Fiscal Federal Dr. Gerardo Pollicita en su dictamen y que fueron desplegados por los organizadores e integrantes de la agrupación Revolución Federal -quienes aprovecharon el malestar de la población por la actual crisis económica, financiera y social que atraviesa nuestro país, azuzando a la ciudadanía-, revistió una gravedad tal, que desembocó en la instauración de un estado de alarma social en virtud del atentado contra la vida de la Vicepresidenta de la Nación; siendo que, a partir de ese punto culminante, suspicazmente la agrupación dejó de publicar su actividad, tanto en las calles como en las redes sociales. Sobre el particular, resultan contundentes los elementos probatorios reunidos a lo largo de la investigación, que sustentan la imputación referida”, señaló.
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