Un proyecto para cambiar la forma de realizar las sucesiones fue duramente criticado por los abogados

El Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires cuestionó la iniciativa legislativa y lo calificó de inconstitucional

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Un proyecto de ley busca
Un proyecto de ley busca cambiar la forma de hacer las sucesiones (Getty Images)

Un proyecto de ley que busca modificar el proceso sucesorio instaurando la declaración notarial de herederos, sin abogados y sin jueces, ya provoca polémico. El Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires (COLPROBA) cuestionó la iniciativa por “manifiestamente inconstitucional” y porque “denota una actitud ambiciosa, corporativa e intrusiva”.

Recientemente, un grupo de diputados de Juntos por el Cambio -Francisco Sánchez, Gustavo Hein, Aníbal Tortoriello, Hector Stefani, Karina Bachey, José Núñez Jurado, Fernando Iglesias y Alfredo Schiavoni- presentaron un proyecto de ley para “regular la sucesión notarial mediante la determinación de los herederos o legatarios formalizada por acta de notoriedad extendida en protocolo de Registro Notarial”.

Hoy en día, un proceso sucesorio debe iniciarse en un juzgado, donde el director del proceso es un juez, quien va a determinar la calidad de herederos de quienes se presenten a la sucesión. Con este proyecto es que todo el proceso quede en manos de las escribanías de manera privada.

“Todo estado que se precie de ser un Estado de Derecho basa su existencia misma en una norma fundamental y fundante, como expresión de la organización jurídica de la Nación. Y naturalmente, en la observancia de sus prescripciones. El proceso sucesorio que pretenden implementar los escribanos, violenta letalmente las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 75 inc.12, 108,116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional Argentina”, sostuvo COLPROBA en un comunicado.

Según se resaltó, “el proyecto pretende cambiar el hecho de que sea a través de una sentencia judicial como se llega a una declaratoria de herederos o a la aprobación de un testamento, con la necesaria y previa intervención del Ministerio Público. (Agente Fiscal, y en los casos correspondientes, Asesor de Incapaces)”. En ese sentido, la entidad resaltó que la aventura de la “jurisdicción notarial”, amén de requerir una previa reforma del Código Civil y de Nuestra Carta Magna, “hiere directamente el principio y objetivo constitucional de afianzar la Justicia”.

Los abogados bonaerenses aseguraron que el pretendido carácter de “oficial público” de los escribanos no implica ni puede implicar la potestad de administrar justicia, que es finalmente en lo que consiste la jurisdicción judicial y que pretenden arrogarse”. También señalaron que el artículo 121 de la Constitución Nacional prevé la reserva del poder no delegado de las provincias respecto del Estado Federal y en este marco es que se reservan para sí la institución de la “habilitación profesional” o poder de policía profesional, en función de la cual ningún diplomado de ninguna universidad puede ejercer su profesión universitaria (con las competencias que su diploma certifica o acredita) sin la previa autorización provincial.

“En consecuencia la ‘invitación’ a las provincias para adherirse (eventualmente, en el caso de que el proyecto fuese aprobado como ley) tampoco es posible sin modificación de las leyes provinciales que respectivamente rigen el ejercicio profesional (amén de los Códigos procesales)”, se sostuvo. “Como corolario cabe concluir que el avance del proyecto de “sucesión notarial” implica la necesidad de modificar leyes nacionales, provinciales y hasta la propia Constitución Nacional en sus principios viscerales, en la dislatada y peligrosa decisión de sustituir la función de los jueces de administrar justicia por la del ‘oficial Público’ del notariado”, se añadió

El prosecretario del COLPROBA Juan Pablo Cremonte señaló que en caso de aprobarse la iniciativa “el escribano en su carácter de oficial público se estaría arrogando la potestad de poder administrar justicia cuando en realidad corresponde a un juez por cuestiones normativas y judiciales”. “En cuanto a los costos, lo que argumentan es que no se pagarían tasas de justicia. Pero sí se incrementan por el honorario propio del escribano. El acta notarial implica un costo, y después en la partición de bienes el escribano también cobraría un honorario, así que lo que se saca por un lado se suma por el otro”, insistió

La iniciativa había sido objeto de fuertes críticas por parte de la abogacía. En el año 2019, cuando empezó a circular la idea, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal alertó por la “privatización del derecho sucesorio”: “Otorgar a los escribanos el poder de jurisdicción reservado a los jueces, quienes lo obtienen a través de los mecanismos previstos en la Carta Magna, es un acto de violencia constitucional inadmisible en un Estado de Derecho”, denunció la entidad porteña.

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