Los diputados nacionales por Río Negro Agustín Domingo y Luis Di Giácomo (Juntos Somos Río Negro) presentaron un proyecto para modificar el Código Penal de la Nación con el objetivo de darle más herramientas a los jueces para sancionar y enjuiciar a usurpadores.
Si bien el texto generaliza sobre usurpaciones y ocupaciones, la iniciativa focaliza en la problemática mapuche y los numerosos episodios protagonizados por autodenominadas comunidades de pueblos originarios que se escudan detrás de supuestas reivindicaciones ancestrales para apropiarse ilegalmente de espacios públicos y privados.
En ese contexto, uno de los planteos de los parlamentarios es modificar el artículo 181 del CP y endurecer las penas cuando las usurpaciones sean producidas por grupos que invoquen injustificadamente derechos tradicionales sobre las tierras.
“Cuando la reforma habla de derechos tradicionales injustificados, hablamos de aquellos grupos que se esconden bajo una supuesta legitimidad de derecho tradicional, contemplado en la Constitución Nacional, para justificar estos actos de vandalismo” explicaron los autores.
En caso de que los actuantes pertenezcan legítimamente a comunidades mapuches, serán juzgados según la figura básica de la usurpación, sin agravantes.
El proyecto está en consonancia con otro similar que elevó el ex gobernador de Río Negro y actual senador Alberto Weretilneck.
“Somos testigos de cómo el derecho a la propiedad está siendo vulnerado. Por eso proponemos que se otorguen más facultades a nuestros jueces para que hagan respetar nuestra Constitución” aseguró Domingo.
Di Giácomo, por su parte, sostuvo que “la iniciativa busca fijar penas más duras y celeridad en los procesos de restitución a los damnificados”. “Hay que encontrar una solución de fondo al delito de las usurpaciones y un acompañamiento efectivo a los propietarios de inmuebles afectados por las tomas y usurpaciones”, agregó.
En la modificación del artículo 181, los autores del proyecto endurecen las penas a quienes protagonicen las usurpaciones a través de violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad. La pena que prevén será de seis meses a tres años de prisión.
Hacen hincapié, además, en las usurpaciones grupales, estableciendo sanciones aún más estrictas a los impulsores y organizadores, con penas de 3 a 6 años de prisión, y de 1 a 4 para todos los demás participantes del delito.
Los parlamentarios dijeron que entienden “las dificultades que existen en la actualidad para acceder a un inmueble, pero de ninguna manera” se puede “avalar un delito, sobre todo en casos donde grupos violentos se benefician de manera sistemática y dejan a los propietarios sometidos a desgastantes litigios”.
“Claro que existe una necesidad de dar una solución al acceso a tierras, siendo el Estado el que debe garantizarlo, pero no puede confundirse con la posibilidad de hacerlo de manera ilegal, en violación a la normativa vigente” dijeron.
La usurpación de Villa Mascardi, que comenzó en 2017 y aún continúa, es una de las de mayor notoriedad en la Patagonia Norte.
Es protagonizada por un grupo violento, autodenominado mapuche aunque carente de inscripción y documentación que así lo certifique, que avanzó tanto sobre predios pertenecientes al Estado Nacional como también a varios privados.
No sólo el avance a esos espacios se produjo de manera agresiva, sino que además protagonizaron numerosos episodios ejerciendo intimidaciones, actos terroristas y ataques, de los que fueron víctimas automovilistas, turistas y vecinos de Bariloche, funcionarios judiciales e integrantes de fuerzas de seguridad e incluso la propia gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras.
Los integrantes de esa agrupación –unas 30 personas– provocaron serios destrozos en las instalaciones de Parques Nacionales, en dependencias de Gas del Estado, el Obispado de San Isidro y de varios particulares.
Sin embargo ninguno de los agresores, que aún permanecen en el lugar y no fueron desalojados, fue condenado.
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