Para la Justicia, Ricardo Jaime se enriqueció de manera “apreciable e injustificada”

Los jueces Julio Panelo, Fernando Canero y Ricardo Basílico difundieron hoy los fundamentos de la condena por enriquecimiento ilícito que dictaron el 1 de abril pasado contra el ex funcionario kirchnerista. También explicaron por qué condenaron a Julio De Vido por la compra de trenes chatarra a España y Portugal

Ricardo Jaime el día de su detención en abril de 2016

El 1 de abril pasado el Tribunal Oral Federal 6 dio a conocer el veredicto de varios juicios que se realizaron por delitos en los que estaba acusado Ricardo Jaime, primer secretario del Transporte del kirchnerismo. Aquel día, los jueces Julio Panelo, Fernando Canero y Ricardo Basílico habían condenado a Jaime a la pena de ocho años de prisión, el pago de una multa de $14.991.385 e inhabilitación absoluta y especial perpetua para ejercer cargos públicos por ser considerado autor del delito de enriquecimiento ilícito de funcionario. Pero además por los delitos de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y cohecho (cobro de coima) en la millonaria compra de trenes chatarra a España y Portugal.

En el mismo veredicto había sido condenado el ex ministro de Planificación durante los doce años del kirchnerismo, Julio De Vido. La pena en el caso de De Vido fue de cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por su participación en la operación de compra de trenes europeos. A diferencia de Jaime no se lo condenó por haber recibido coimas.

Hoy, a dos meses del día en que finalizó el juicio, se difundieron las 932 páginas con los fundamentos de los jueces para haber firmado aquel veredicto. La firma de la sentencia fue el último acto de la carrera judicial de Panelo, quien se jubiló y debió continuar hasta el final del juicio en el que se condenó a Jaime.

Al fundamentar la condena contra Jaime, De Vido y Manuel Vázquez por la compra de trenes europeos, Panelo, Canero y Basílico dijeron: “Consideramos que, con el rigor que esta etapa procesal obliga, ha quedado fehacientemente acreditado con fuerza de verdad material tanto por los testimonios oídos durante la audiencia de debate como por las evidencias documentales incorporadas por lectura, que durante el período comprendido entre el 25 de mayo de 2003 y el 1° de julio de 2009, el entonces Ministro de Planificación, Inversión Pública y Servicios de la Nación (en adelante MPFIPyS), Julio Miguel De Vido, junto con quien se desempeñara como Secretario de Transporte de la Nación, Ricardo Raúl Jaime, y quien fuera Asesor de Gabinete “ad honorem” de la Secretaria de Transporte, Manuel Vázquez Garea, valiéndose de tales condiciones, en clara violación de los deberes a su cargo, suscribieron una serie de actos jurídicos que obligaron y comprometieron abusivamente al Estado Nacional, generando con su accionar un perjuicio patrimonial grave e irreversible al erario público cuya administración, según sus roles, les fue confiada, en beneficio propio y de terceros”.

Julio De Vido y Ricardo Jaime cuando eran funcioanrio públicos

El principal testaferro de Jaime y hacedor de negocios oscuros en la secretaría de Transporte entre 2003 y 2009, Manuel Vázquez, fue condenado a la pena de cinco años y ocho meses de prisión, al pago de una multa de $10.986.664,23 e inhabilitación absoluta y especial perpetua para ejercer cargos públicos. Lo condenaron como testaferro que permitió el enriquecimiento de Jaime y además como receptor de coimas en el negociado que se llevó adelante por la compra de trenes a España y Portugal. Una consultora de Vázquez, que fue asesor de Jaime en la secretaría de Transporte, facturó servicios inexistentes a empresas europeas que participaron de la operación de venta de los trenes. El importe de esas facturas fue considerado como un pago de coimas por la fiscal Gabriela Baigún que impulsó la acusación en el juicio.

Respecto del aumento patrimonial injustificado de Jaime, sostuvieron: “Consideramos con el rigor que esta etapa procesal nos obliga, que ha quedado fehacientemente acreditado con fuerza de verdad material, en virtud de los testimonios oídos durante la audiencia de debate y las evidencias documentales incorporadas por lectura, que Ricardo Raúl Jaime se enriqueció patrimonialmente de manera apreciable e injustificada, en relación con sus ahorros e ingresos legítimos demostrados, durante la época en que ejerció el cargo de Secretario de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación (en adelante Secretaría de Transporte), entre el 28 de mayo de 2003 y el 1 de julio de 2009, como así también en los dos años posteriores bajo el denominado “período de sospecha” que prevé el art. 268 (2) del Código Penal (conforme redacción según ley 25.188), a través de la adquisición de diversos bienes, con la participación y colaboración de Julieta Cecilia Jaime, Graciela Elsa Vigna, Alfredo Alejandro Pielach, Lisandro Damián López, Manuel Vázquez, Julián Vázquez, Carlos Alberto Lluch, Silvia Elena Reyss, Lorena Silvia Jayo y Agostina Soledad Jayo, para ocultar o al menos disimular dicho enriquecimiento ilícito”.

Y agregaron: “Es evidente que Ricardo Raúl Jaime por haber revestido el cargo de Secretario de Transporte durante más de seis años, conocía perfectamente que era funcionario público y que pesaban sobre él obligaciones inherentes al correcto funcionamiento de la administración pública, en particular el deber de poseer una situación patrimonial que resulte clara y transparente. Sin embargo, los elementos probatorios descriptos a lo largo de la presente sentencia nos indican que el encausado tuvo la intención de enriquecerse a sabiendas que lo hacía por encima de sus ahorros e ingresos legítimos. Y en tal sentido, la aparición de personas físicas y jurídicas interpuestas para ocultar dicho incremento patrimonial injustificado no hace más que confirmar el dolo exigido por la figura”.

Los jueces Julio Panelo, Fernando Canero y Ricardo Basílico

Se comprobó durante el juicio que Jaime compró de manera ilícita una casa en un country de San Isidro, una casa en Carlos Paz, un hotel en la misma ciudad cordobesa y un diario y una radio en Córdoba. Además de un avión de cuatro millones de dóalres y un yate valuado en un millón de dólares, entre otros bienes.

Fueron absueltos Ledantes, Raúl Viola, Hugo Álvarez Picasso y Silvano del Carmen Mazzucchelli, quienes habían llegado al juicio acusados de testaferros. En tanto por el caso de la compra de trenes chatarra a España y Portugal habían sido sobreseídos Ricardo Testuri y Carlos Retuerto Castaño.

En el juicio se trataron otros casos de corrupción en los que estaba imputado Jaime. El Tribunal había determinado el sobreseimiento por prescripción de Jaime, Ángel Luis Stafforini, Graciela Isabel Coria, Pedro Ochoa Romero y Carlo Luigi Cappelli que habían llegado al juicio imputados por una defraudación en el ferrocarril Belgrano Cargas.

En el otro de los casos fueron sobreseídos también por prescripción Jaime y Claudio Uberti quienes habían llegado a juicio porque el ex secretario de Transporte había utilizado de manera personal dos autos que estaban asignados a diferentes reparticiones estatales. Una de ellas era el OCCOVI que dirigió Uberti.

Jaime sigue detenido. Su condena por este caso es de ocho años de prisión a contar desde que fue detenido en abril de 2016. Pero como además fue condenado por otros casos de corrupción y por su responsabilidad en la Tragedia de Once, se debe componer una pena única para el único ex funcionario kirchnerista que sigue detenido.

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