La Corte Suprema asumió la conducción del Consejo de la Magistratura y les tomará juramento a los nuevos miembros

Así lo dispuso al dejar sin efecto resoluciones que impedían el funcionamiento del cuerpo que designa y remueve jueces. Con esta decisión, queda desactivada la reforma kirchnerista del organismo. Con autorización de los otros ministros del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti viajó a cumplir actividades oficiales en México

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La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la reforma kirchnerista del Consejo de la Magistratura, que nombra y remueve jueces.
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la reforma kirchnerista del Consejo de la Magistratura, que nombra y remueve jueces.

La Corte Suprema de Justicia puso esta tarde en vigencia el nuevo Consejo de la Magistratura de 20 miembros, con el presidente del máximo tribunal Horacio Rosatti a la cabeza. También ordenó tomarle juramento a los nuevos consejeros electos y notificar a la Cámara de Senadores y de Diputados, que hasta ahora no mandaron a sus representantes por las segundas minorías. Así lo dejó en claro la Corte Suprema, en un fallo firmado por Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda. Ricardo Lorenzetti no suscribió la resolución porque participa en la ciudad de México de una conferencia internacional y cumple actividades oficiales autorizadas por el propio alto tribunal.

Anoche, Cristina Kirchner rompió el silencio sobre el tema y criticó directamente al máximo tribunal hablando de “casta judicial”, mientras voces oficialistas hablaban de golpe institucional y amenazaban con pedidos de juicio político. La Corte respondió con un fallo: reafirmó la decisión sobre el Consejo tomada en diciembre que, según resaltó, “es cosa juzgada” y decidió no demorar el funcionamiento del organismo que selecciona y controla la labor de los jueces pese a que el Congreso no haya nombrado a sus representantes. “Resultaría inadmisible que la demora o el incumplimiento de ese deber legal por parte de alguno de los estamentos –cualquiera fuera el motivo– pudiera retrasar, frustrar o paralizar el funcionamiento de un órgano de rango constitucional”, sostuvo el máximo tribunal en una clara alusión al camino que decidió tomar el oficialismo en el Congreso.

La decisión no contó con la firma de Ricardo Lorenzetti porque el 30 de marzo solicitó y recibió la autorización de sus otros colegas del tribunal para participar -del 18 al 22 de abril- de la conferencia “Culture and Law”, que organiza la International Academy of Comparative Law y la Mexican Center of Uniform Law y para intervenir en el conversatorio “Retos y tendencias del nuevo constitucionalismo Medio Ambiental y Climático”. Esa solicitud fue enviada y aprobada el mes pasado, mucho antes de que los acontecimientos en torno al Consejo de la Magistratura tomaran el rumbo que tomaron, con la resistencia del kirchnerismo de aceptar el fallo de la Corte y el fallo polémico de un juez en Paraná.

La licencia al juez de la Corte, Ricardo Lorenzetti, autorizada por la Corte Suprema el 30 de marzo.
La licencia al juez de la Corte, Ricardo Lorenzetti, autorizada por la Corte Suprema el 30 de marzo.

Para entender el origen de la polémica, hay que retrotraerse a 1994, cuando la Constitución Nacional ordenó la creación del Consejo para seleccionar y controlar a los jueces. En un principio, el órgano tenía 20 miembros encabezados por el presidente de la Corte. Pero en 2006 la entonces legisladora Cristina Kirchner promovió una reforma para que el Consejo de la Magistratura tuviera trece integrantes. En ese momento, el Colegio de Abogados promovió la inconstitucionalidad de la ley, algo que finalmente fue dictado en 2015 por la Cámara en lo Contencioso Administrativo y confirmado por la Corte en en diciembre del año pasado.

El máximo tribunal afirmó que la conformación de 13 miembro era inconstitucional porque no respetaba los equilibrios internos y le daba más preponderancia a los consejeros políticos en detrimento de los otros sectores. Entonces, instó al Congreso a dictar una nueva ley antes del 16 de abril (120 días). En caso de no hacerlo, el Consejo debía volver a su conformación original de 20 miembros.

Consejo de la Magistratura
Consejo de la Magistratura

Como el oficialismo no consiguió aún las mayorías para convertir un nuevo proyecto del Consejo de la Magistratura en ley, en las últimas semanas los distintos sectores que pueden designar representantes comenzaron a prepararse para la nueva etapa que comienza hoy. La semana pasada se eligieron, por ejemplo, a dos abogadas y a una jueza que asumirán en las próximas horas. Este lunes harán lo propio las universidades.

Para llegar a completar los 20 miembros, aún falta que el Congreso avance en la designación de un diputado y un senador por las segundas minorías. El radicalismo reclama para sí esos cargos. Sin embargo, la Corte dispuso en el fallo conocido este mediodía que sesionará inmediatamente con los miembros que estén en condiciones de jurar.

La semana pasada, el juez federal de Paraná Daniel Alonso -aspirante a camarista de Rosario- hizo lugar a una precautelar solicitada por el diputado del Frente de Todos Casaretto, en donde solicitó que se frene en el Congreso el nombramiento de representantes legislativos porque lo que se quiere es tiempo para que el Congreso dicte una ley (el proyecto oficial ya tiene media sanción en el Senado).

En ese contexto, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires le pidió a la Corte Suprema de Justicia que se “avoque” y anule la decisión dictada por la justicia federal de Paraná. Esta mañana la Corte pidió dos expedientes, incluidos el de Paraná y cerca de las 13 dictó el fallo que oficializó la puesta en funciones del nuevo organismo.

“Cabe recordar que en el remedio ordenado en la sentencia esta Corte Suprema, como cabeza del Poder Judicial de la Nación, tuvo en miras su deber constitucional de adoptar las medidas apropiadas para evitar el caos institucional o la eventual paralización del Consejo de la Magistratura y, en ese sentido, debe propender a la integración y funcionamiento del cuerpo de conformidad con la Constitución Nacional en el menor tiempo posible y garantizando la seguridad jurídica”, advirtió

En tales condiciones, vencido el plazo fijado sin que el Congreso de la Nación haya sancionado una nueva ley, corresponde que el órgano continúe funcionando de manera inmediata y de pleno derecho según las pautas fijadas por esta Corte en la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada”, añadieron los jueces.

En el fallo se repasó como se llegó a este escenario y las resoluciones que dictaron desde el Consejo de la Magistratura para podar dar cumplimiento a la sentencia, con la elección de consejeras abogadas y jueces y la de académicos.

Y sobre la frase de la sentencia de diciembre que señalaba que los nuevos miembros del Consejo iniciarían su mandato “de manera conjunta y simultánea”, la Corte señaló que “tal condición tuvo como presupuesto que los estamentos que debían designar a sus respectivos representantes simultánea de todos los nuevos miembros estaba prevista para la hipótesis de que la designación de tales consejeros ocurriese de manera escalonada antes del vencimiento del plazo señalado o de la sanción de una nueva ley, y operaba como un reaseguro para evitar que alguno o algunos de ellos se incorporaran al cuerpo antes que otros y, de ese modo, se pudiese generar —eventualmente y en ese ínterin— un nuevo desequilibrio en su composición”. Pero, añadió, “una vez vencido aquel plazo, resultaría inadmisible que la demora o el incumplimiento de ese deber legal”.

En ese contexto, el fallo reafirmó: “a partir del dictado de la presente decisión, el Consejo de la Magistratura de la Nación deberá continuar funcionando de manera inmediata y de pleno derecho según las pautas fijadas por el Tribunal en su sentencia firme del 16 de diciembre de 2021, de modo que será presidido por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los nuevos representantes que hayan sido elegidos o designados por sus respectivos estamentos asumirán sus cargos previo juramento de ley, el quorum será de 12 miembros y las comisiones deberán ser conformadas según lo establecido en el art. 12 de la ley 24.937 (texto según ley 24.939)”, sostuvo la resolución a la que accedió Infobae.

La Corte además dispuso “requerir al Consejo de la Magistratura la inmediata remisión de los títulos de los nuevos consejeros que hayan sido electos o designados a la fecha por sus respectivos estamentos.” y “disponer lo necesario a fin de que el señor Presidente del Tribunal reciba de los nuevos consejeros el juramento de ley”.

“Notifíquese al Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, al Consejo de la Magistratura de la Nación, a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación y a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, y comuníquese a la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, a la Federación Argentina de Colegios de Abogados, al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y al Consejo Interuniversitario”, añade la resolución.

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