El juez federal Lino Mirabelli homologó este miércoles un acuerdo entre la fiscalía y la defensa de Carolina Marafioti, amiga de Fabiola Yáñez, una de las participantes del cumpleaños de la primera dama en la quinta presidencial en julio de 2020, durante el más estricto aislamiento por la pandemia. Marafioti donará unos 200 mil pesos a un hospital a modo de reparación, con vistas a conseguir su sobreseimiento.
Pero el acuerdo representa un antecedente para la situación del resto de los invitados y también para Fabiola Yañez, cuyo abogado anunció que su clienta iba a ofrecer comprar un respirador como reparación. El presidente Alberto Fernández también había ofrecido donar la mitad de su sueldo durante cuatro meses al Instituto Malbrán.
Precisamente, la oferta del presidente Fernández está a estudio de la justicia de San Isidro. En su caso, habrá que ver qué suerte corre el pedido de la extinción de la acción penal en los términos del artículo 59 inciso 6 del Código Penal, que establece que la acción penal se extinguirá “por conciliación o reparación integral del perjuicio, de conformidad con lo previsto por las leyes procesales correspondientes”. Es que, a diferencia del resto de los participantes, el jefe de Estado podría ver impedidas sus aspiraciones si se considera su condición de funcionario público. Será un tema a evaluar por los investigados judiciales cuando llegue el momento.
El 14 de julio 2020, Fabiola Yañez festejó en la Quinta de Olivos su cumpleaños. Estuvo el jefe de Estado junto a nueve amigos de la primera dama. Fue durante la cuarenta más estricta por la pandemia del coronavirus y cuando un decreto de Fernández prohibía las reuniones sociales en todo el país. Allí estuvieron, además del presidente, Fabiola Yáñez, Sofía Pacchi, Santiago Basavilbaso, Emanuel López, Fernando Consagra, Stefanía Domínguez, Federico Abraham, Carolina Marafiotti, Rocío y Florencia Fernández Peruilh. Todos los invitados al cumpleaños eran amigos o colaboradores de Yáñez.
La foto primero, y luego unos videos, se conocieron un año después. Esas imágenes generaron una causa penal que primero tramitó en los tribunales de Comodoro Py. El juez Sebastián Casanello derivó el expediente a la justicia federal de San Isidro por ocurrido en la localidad de Olivos.
Pero antes de que el caso se mudara de juzgado, Alberto Fernández, en abogado en causa propia, solicitó dos cosas: el cierre de la causa por entender que no se había violado el decreto que él mismo había firmado en medio del aislamiento social preventivo y obligatorio para evitar que se propagara la pandemia del coronavirus. Y, en subsidio, ofreció donar la mitad de su sueldo durante cuatro meses al Instituto Malbrán. Según se explicó en un breve comunicado, la oferta es para “la reparación del daño potencial que se hubiere causado” con la fiesta. En ese momento, el sueldo de Alberto Fernández era de $315.259 por lo que la donación alcanzaría los 630.518 pesos.
La primera de las solicitudes del presidente fue rechazada. “A la luz del hecho denunciado que interesa para esta incidencia y la normativa aplicable, concluyo que corresponde rechazar la excepción por falta de acción deducida por el Dr. Alberto Ángel Fernández, a la cual adhirieron las defensas de Stefanía Domínguez, Carolina Marafiotti, Rocío Fernández Peruilh, Florencia Fernández Peruilh y Severina Sofía Elizabeth Pacchi”, dijo el juez Mirabelli. El fallo fue confirmado en febrero pasado por la Cámara Federal de San Martín.
Por lo pronto, el juez homologó este miércoles el acuerdo sellado entre una de las invitadas y el fiscal Federico Domínguez. Su abogado, Alejandro Rúa, había planteado que su clienta es monotributista y no tenía vivienda propia. Pero ofrecía el pago de 200 mil pesos.
“Difícil es mensurar el daño causado en este tipo de casos a los fines de la reparación, sin embargo, si puede intentar fijarse algún criterio que permita tornar operativo el instituto, concitando los intereses en juego”, sostuvo el fiscal en su dictamen, al que tuvo acceso Infobae. Y agregó que la suma ofrecida alcanza para cubrir cinco días de internación de un paciente con COVID-19. El fiscal propuso que el dinero sea donado al Hospital Provincial Petrona V. de Cordero de San Fernando.
“Examinadas las características del suceso endilgado a Carolina Marafioti, su entidad a la luz del bien jurídico supraindividual involucrado, y las condiciones particulares y socioeconómicas de la nombrada, analizadas por el Sr. Fiscal, no puede concluirse fundadamente que el ofrecimiento realizado y acordado conforme las pautas señaladas por el acusador público, sea inadecuado para reparar el perjuicio que habría conllevado su comportamiento. Por consiguiente, dado que no existe controversia alguna entre las partes en orden a la calificación legal del hecho, la operatividad el instituto invocado, la extensión del perjuicio y la proporcionalidad del ofrecimiento, se admitirá el acuerdo alcanzado entre la defensa y el titular de la acción penal pública, pues la solicitud de homologación supera el control de legalidad y razonabilidad reservado legalmente a los jueces”, escribió el magistrado.
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