Apenas cuatro días después de ser designada, la flamante titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), Beatriz De Anchorena, dispuso prorrogar por 20 días hábiles los plazos administrativos, entre el 10 de marzo y el 10 de abril, para que el organismo le dé curso y responda los pedidos y reclamos a la Agencia frente a los incumplimientos de organismos del Poder Ejecutivo a brindar la información solicitada.
Esta decisión –que no fue publicada en el Boletín Oficial, sino en el apartado de Normativa del sitio de la Agencia la semana pasada– puso en suspenso los plazos que fija una ley nacional como la de Acceso a la Información Pública, que garantiza un derecho humano fundamental, y le generó su primera denuncia penal, y fuertes cuestionamientos de la oposición.
La presentación en la Justicia Federal la hizo Fundación Apolo, que lidera Yamil Santoro, por “incumplimiento de deberes de funcionario público” y “abuso de autoridad”. A su vez, diputados de Juntos le reclamaron dar marcha atrás con la medida y presentaron un pedido de informes en la Cámara baja, impulsado por la diputada nacional Karina Banfi.
En la Resolución administrativa de la AAIP, la primera desde la asunción de De Anchorena, se usó como argumento para la suspensión por un mes de la vigencia de los plazos establecidos en la Ley de Acceso a la Información, la necesidad de realizar una auditoría por parte de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN, un organismo del Poder Ejecutivo) “a fin de contar con la debida información sobre la situación general del organismo en miras a la mejor organización de las tareas y funciones que le son propias”.
“A fin de asegurar la eficacia de las tramitaciones y avocarse al conocimiento y decisión de los asuntos que tutelan los derechos y garantías de las personas interesadas, deviene imperioso prorrogar en carácter excepcional los plazos de los procedimientos administrativos que se sustancian en el ámbito de esta jurisdicción”, dice la resolución Nro 1 del 2022 firmada por la flamante funcionaria.
Sin embargo, no queda claro en qué medida la auditoría de la SIGEN, con corte al 10 de marzo, requiere prorrogar la respuesta a los pedidos y reclamos que llegaron a la Agencia, que deberían ser respondidos desde esa fecha hasta el 10 de abril. La AAIP es la que debe intervenir cuando organismos del Poder Ejecutivo no brindan la información solicitada, algo cada vez más habitual en la gestión de Alberto Fernández. A modo de Ejemplo, la Secretaría General de la Presidencia nunca respondió un pedido de Acceso a la Información de la autora de esta nota solicitándole el listado del personal asignado a la primera dama, Fabiola Yáñez, y sus sueldos, realizado el 9 de agosto del año pasado.
De Anchorena justificó la medida citando un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), aprobado en noviembre del año pasado, referido al período comprendido entre enero 2018 y junio 2019, en la gestión de Eduardo Bertoni, el anterior director durante la gestión de Macri, quien renunció el 1 de enero de 2021. Desde entonces, la titularidad de la AAIP quedó vacante y fue subrogada interinamente por el director nacional de Protección de Datos Personales, Eduardo Cimato.
Según ese informe de la AGN al que tuvo acceso Infobae, se verificaron “una serie de problemas en la gestión de la Agencia que afectaron las actividades, el desempeño y el cumplimiento de sus objetivos”. De acuerdo al organismo de control, la Agencia “no ha desarrollado ni implementado herramientas que tiendan a garantizar de forma efectiva el acceso a la información pública, la transparencia activa y la protección de datos personales” previstos en las distintas normas.
El informe fue, elaborado por la Gerencia de Control de Gestión del Sector No Financiero de la AGN y presentado por el auditor del oficialismo Juan Ignacio Forlón, concluyó que el organismo presentó fallas en las campañas de difusión y que hubo pocos pedidos al Poder Ejecutivo. “Se evidencia que la Agencia no desarrolló herramientas para garantizar de manera eficiente el acceso a la información pública”, detalló. Y precisó que “las campañas de difusión no tuvieron una estrategia adecuada, ni medición de impacto y no alcanzaron a todos los estamentos de la sociedad”. El informe se hizo público dos días antes que se realizara la audiencia pública para tratar su postulación, que tuvo lugar el 25 de febrero último. De Anchorena no hizo mención a esa auditoría en su intervención al defender su candidatura.
La Ley de Acceso a la Información Pública - sancionada en 2016 a comienzos del gobierno de Mauricio Macri, tras 15 años sin avanzar en el Congreso por negativa del kirchnerismo a tratarla - establece la obligatoriedad de brindar la información solicitada por cualquier ciudadano en el plazo de 10 días hábiles, con la posibilidad de una prórroga debidamente justificada de otros 10. Si el organismo no cumple, el solicitante puede recurrir a la Agencia, que es la autoridad de aplicación de la ley.
Cuestionamientos penales y políticos
En la denuncia penal contra De Anchorena presentada el lunes pasado por los abogados José Magioncalda, Juan Martín Fazio y Juan Pablo Pane se advierte que la Resolución 1/2022 de la Agencia es “claramente ilegítima” debido a que “los plazos de procedimiento prorrogados por la denunciada surgen de normas jerárquicamente superiores, cuya modificación total, parcial, permanente o temporaria, se encuentra vedada a normas de jerarquía inferior”.
Para los denunciantes, “la resolución tomada choca contra los objetivos de la Agencia de Acceso a la Información Pública en cuanto compromete, con el alegado argumento de la realización de una auditoría, el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información. La Agencia de Acceso a la Información Pública ha continuado su gestión no obstante la alegada “acefalía”, puesto que se había delegado la firma en el Director Nacional de Protección de Datos Personales. De tal modo, la gestión continuó y no se expresan razones que funden la necesidad de una prórroga. Las auditorías son parte de la gestión normal administrativa, y la Administración Pública no se suspende por su realización”. La presentación recayó en el Juzgado Federal Nro 7 a cargo de Sebastián Casanello, quien la delegó en la fiscal Alejandra Mangano.
El equipo legal de la Fundación Apolo argumentó también en la presentación: “El art. 1° de la ley 27.275 establece para la materia que nos ocupa, entre otros, el principio de máxima premura: ‘la información debe ser publicada con la máxima celeridad y en tiempos compatibles con la preservación de su valor’. ¿Qué utilidad tendría para un ciudadano recibir la información pública solicitada si, a causa de una ilegítima prórroga, prescriben los plazos para accionar contra ilícitos administrativos o penales de funcionarios públicos? ¿Qué utilidad tendría la información obtenida luego de una prórroga ilegítima, si se vuelve inútil por desactualizada, la información obtenida por un ciudadano, ya sea para controlar al poder o para tomar decisiones sobre su propia vida?
Para la diputada Banfi, impulsora de la ley de Acceso a la Información Pública en 2016, y autora del pedido de Informes en la Cámara baja, “la medida de Anchorena implica la violación de un derecho humano fundamental que está consagrado en nuestra Constitución y por tratados internacionales. El acceso a la información es un componente clave para la libertad de pensamiento y expresión, fundamental para acceder a otros derechos sociales, económicos y culturales”. El proyecto de Resolución fue acompañado por medio centenar de diputados del interbloque de Juntos.
“Esta medida no fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina. Solo se ingresó a la sección de normativas de la página de la Agencia. Por lo tanto, la propia Agencia viola las obligaciones de publicidad y de transparencia activa de todas las disposiciones de gestión administrativa que de ella emanen”, sostuvo Banfi en los fundamentos. El sitio Periodismo y Punto fue, de hecho, el primero que reveló su existencia.
La legisladora de Juntos destacó, a su vez, que “Anchorena prorrogó de forma excepcional todos los procesos que tramitan en la agencia de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, plazos que estipula una Ley y no podrían ser modificados nunca por resolución administrativa”.
Banfi fue una de las diputadas que participó de la audiencia pública que tuvo lugar el 25 de febrero pasado en el Centro Cultural Kirchner para impugnar su candidatura. Fue una de la decena de observaciones que tuvo la nueva titular de la Agencia cuando se conoció su postulación.
“Lamentablemente nos encontramos de nuevo con una candidata que carece de las credenciales de idoneidad e imparcialidad necesarias que la ley impone para dirigir este organismo de control. La señora Anchorena cuenta con algunas consideraciones académicas y profesionales pero no tiene ningún antecedente sobre acceso a la información pública y mucho menos sobre protección de datos personales. Ni a nivel laboral, ni académico. Hoy es parte de la jefatura de gabinete, forma parte del Instituto Patria y su trayectoria refiere a temas de administración pública”.
Hasta ser designada al frente de la Agencia, De Anchorena estaba a cargo de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación. Licenciada en Ciencias Políticas por la Universidad Nacional de Buenos Aires, es magíster en Políticas Públicas y Gerenciamiento del Desarrollo por Georgetown University y la Universidad Nacional San Martín (UNSAM), y doctoranda en Ciencias Sociales de la UBA. Desde la Jefatura de Gabinete, impulsó la creación de la Dirección Nacional de Integridad y Transparencia.
En la audiencia, Banfi planteó que Anchorena “cuenta con algunas consideraciones académicas y profesionales pero no tiene ningún antecedente sobre acceso a la información pública y mucho menos sobre protección de datos personales. Ni a nivel laboral, ni académico. Hoy es parte de la Jefatura de Gabinete, forma parte del Instituto Patria y su trayectoria refiere a temas de administración pública”. Y agregó: “La idoneidad de los candidatos no se puede presuponer sino que debe demostrarse mediante el análisis de sus antecedentes de manera objetiva. Además, ¿qué capacidad política va a tener para impulsar la modificación a Ley de Datos Personales? Quien no quiso tratarla en el Senado fue la presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, que también forma parte del Instituto Patria”, cuestionó en alusión a Cristina Kirchner.
La nueva titular de la Agencia fue también impugnada por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) por su filiación al Instituto Patria, organización partidaria que conduce la actual vicepresidenta de la Nación. “Si bien se reconoce su recorrido profesional en el sector público, su falta de experiencia en datos personales y su pertenencia al Instituto Patria plantean interrogantes con respecto a su idoneidad y autonomía”, advirtió la ADC en su presentación.
También presentaron observaciones a su candidatura la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia; la Fundación Vía Libre; el abogado Magioncalda en representación de la Fundación Apolo; y la diputada radical Dolores Martínez, de Evolución; entre otros.
Como contraparte, De Anchorena recibió otras 74 adhesiones de distintos ámbitos, muchos académicos, con un número importante proveniente de sectores afines al oficialismo. Entre otros, apoyaron su candidatura Alberto Edgardo Barbieri, rector de la Universidad de Buenos Aires; las diputadas del Frente de Todos Victoria Tolosa Paz y Ana Carolina Gaillard, y el diputado del Bloque federal, Alejandro “Topo” Rodríguez; Marcos Pedro Makón, director general de la Oficina de Presupuesto del Congreso Nacional; Miriam Lewin, defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual; Marita Carballo, consejera del Consejo Económico y Social 10; Carlos March, director de Gestión de Conocimiento en Fundación Avina y ex director ejecutivo de la Fundación Poder Ciudadano.; Fernando Schapachnik, director o de la Fundación Dr. Manuel Sadosky; Carolina Mera, decana de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires; Carlos Greco, rector de la Universidad Nacional de General San Martín; Aníbal Jozami, rector de la Universidad Nacional de Tres de Febrero; Pablo Mario Narvaja, vicerrector de la Universidad Nacional de Lanús; y Sergio De Piero, director del Instituto de Ciencias Sociales y Administración de la Universidad Nacional Arturo Jauretche, entre otros.
La explicación oficial
Ante la consulta de Infobae, desde la AAIP enviaron un documento explicativo en el que se afirma “que no suspende el derecho humano de acceso a la información pública consagrado por la Ley 27.275, sino que apunta a garantizar el correcto funcionamiento del organismo”. Asegura que “la Agencia no definió una suspensión de plazos, sino una prórroga excepcional, que responde a pautas razonables de tiempo y que no resultan perjudicados derechos de terceros. En esta línea, el área Jurídicos de la Agencia presentó un dictamen que avaló la medida”.
En el texto, se señala que “la Resolución fue producto de la necesidad de garantizar el normal desenvolvimiento del organismo y de contar con la debida información sobre la situación general, teniendo en cuenta que transcurrieron 14 meses entre la renuncia del director anterior y la designación de la actual titular”. Y cita el informe de la AGN sobre el funcionamiento de la Agencia en la gestión anterior. Si bien, desde la AAIP señalaron que “se publicó el mismo día que se realizó la audiencia pública para la designación al cargo de Directora de la Agencia”, el informe tiene fecha del 16 de noviembre de 2021, y se aprobó en la sesión del Colegio de Auditores de la Nación que tuvo lugar el 23 de febrero.
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