La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) consideró formalmente cumplidos los requisitos exigibles para dar inicio al proceso de admisibilidad de la denuncia presentada contra el Estado Argentino por María Cristina Picón —viuda del capitán Humberto Viola, asesinado junto a su hija de tres años en 1974— y requirió al mismo efectuar su descargo en el plazo de tres meses. “Pedimos que se declarara al crimen de lesa humanidad”, señaló el abogado Javier Vigo Leguizamón en diálogo con Infobae.
“Es muy interesante que un organismo internacional lo evalúe”, señaló el letrado al mismo tiempo que manifestó que “se trata de uno de los crímenes más horrorosos de la guerrilla que ocurrió en plena democracia el 1° de diciembre de 1974″.
Vigo Leguizamón recordó que María Cristina Picón de Viola, quien murió en 2021, inició su búsqueda de justicia desde el momento del crimen. “En un primer momento se juzgó a los partícipes, pero después fueron indultados en el gobierno de (Carlos) Menem”, comentó el abogado.
Luego, en ese sentido, repasó al respecto de la causa: “En el año 2007 nosotros pedimos que se declarara al crimen de lesa humanidad porque la Convención de Ginebra del ‘49 impide atentar contra civiles en cualquier clase de conflicto interno, sea internacional o nacional. Sobre esa base, pedimos que se aplicara esa convención y que se declarara de lesa humanidad. En ese momento el juez se negó a reabrir la causa”.
“Luego se apeló a la Cámara Federal y ellos revocaron esa resolución —detalló Vigo Leguizamón—. Pero la Cámara dijo que de cualquier manera no tenía sentido debatir si era o no de lesa humanidad porque los partícipes de ese momento habían sido juzgados. Nosotros lo cuestionamos diciendo que muchos de los partícipes no habían sido juzgados, fundamentalmente los autores mediatos del crimen”.
A continuación, el abogado detalló sobre cómo continuó el caso: “Se estableció que había autores mediatos que no habían sido juzgados e incluso una serie de partícipes directos que tampoco habían sido juzgados y que habían sido identificados por la misma persona que había quedado detenida y condenada. Quiere decir que había un cúmulo de personas que se podría llegar a investigar, citar y dictar indagatoria. Eso se apeló ante la Cámara de Casación y la Cámara mantuvo el criterio, al igual que la Corte Suprema que también lo rechazó con una fórmula mecánica. Ante esa circunstancia, nosotros en 2016 planteamos una Denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.
Entonces, la viuda del Capitán Viola, con el patrocinio del Dr. Javier Vigo Leguizamón, imputó a la República Argentina haber violado las Convenciones de Ginebra de 1949 y la Convención Americana de Derechos Humanos, al negarse a reabrir la investigación con el fin de determinar si constituían crímenes de lesa humanidad el asesinato del Capitán Humberto Antonio Viola, de su hija María Cristina, de tres años, y las heridas que sufriera su otra hija, María Fernanda Viola, que entonces solo tenía cinco años a raíz del atentado cometido por el autodenominado Ejército Rvolucionario del Pueblo (ERP), en la ciudad de San Miguel de Tucumán, Argentina.
En relación a aquella denuncia y a la novedad en el marco del caso, el abogado señaló. “La CIDH lo tuvo en estudio durante todos estos años y acaba de dictar una resolución en virtud de la cual considera cumplidos los requisitos formales para iniciar lo que se llama proceso de admisibilidad. En ese proceso se le corre traslado al Estado argentino de esta petición y después la CIDH fijará su criterio y en el caso de que haga lugar a la petición, le ordenará al Estado argentino reabrir la investigación”.
Para Vigo Leguizamón, el crimen del Capitán Viola estuvo encuadrado en un caso de terrorismo de estado. “En Argentina un manto de impunidad ha considerado que los crímenes de la guerrilla no eran de lesa humanidad. Eso se contrapone a toda la jurisprudencia internacional y sostiene que una organización armada con poder de fuego puede cometer un crimen de lesa humanidad. Pero más allá de eso, el terrorismo guerrillero tuvo el apoyo del Estado argentino y del Estado cubano. Sobre esa base, se ha sostenido la denuncia: a su vez, estamos ante un caso de terrorismo de Estado”
¿Cuáles son los pasos a seguir? En este nuevo escenario, entonces, la CIDH también requirió al Estado nacional efectuar su descargo en el plazo de tres meses. “Ahora el Estado qué puede decir: ‘Reconozco que voy a abrir la investigación’ o ‘Niego que sea un crimen de lesa humanidad’ o no. De acuerdo a lo que responda, la CIDH puede llamar a una audiencia de conciliación. Si no hay conciliación, la CIDH emitirá su informe y le ordenará al Estado con lo que informe. Si el Estado no cumple con eso, la Comisión entonces presenta el caso ante la Corte Interamericana, que es la que en definitiva va a resolver”, explicó Vigo Leguizamón.
Lo concreto es que en el escenario político actual, es complejo que Argentina se expida en favor del petitorio de la familia Viola. “Es difícil que lo haga pero de cualquier manera si no lo hace, la Comisión emitirá su informe y después irá a la Corte Interamericana”, aclaró el abogado.
“Este pasado tan doloroso en el que hubo horrores de todos los lados se salva con un juicio histórico crítico riguroso que hay que hablar de todas las responsabilidades. La teoría de los dos demonios es criticable no por amplia sino por exigua. En realidad hubo cuatro demonios acá: los militares, los guerrilleros, los políticos y estuvo el sector cultural que estimuló la guerrilla como se la estimula hoy”, reflexionó. “Los organismos internacionales nos pueden llevar a un juicio objetivo de este pasado”, insistió.
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