La justicia chilena aceptó un amparo y Facundo Jones Huala saldría hoy mismo en libertad condicional. El líder de la Resistencia Ancestral Mapuche cumplía en el país trasandino una pena de nueve años de prisión por haber participado del incendio de una propiedad en 2013 y había sumado otra condena a tres años de cárcel por posesión de un arma de fuego artesanal.
“Todavía no salió en libertad, hoy a la tarde va a quedar en libertad condicional”, confirmó Isabel, madre del líder mapuche. “Después se tramitará para que pueda cruzar para este lado de la cordillera”, adelantó en declaraciones a Radio Rivadavia.
Tras el fallo de la Cámara de Apelaciones de Temuco, los jueces Carlos Gutiérrez Zavala y Luz Mónica Arancivia Mena allanaron el camino para que el Jones Hula abandone el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco donde se encuentra recluido.
En el amparo 12/2022, las abogadas defensoras Karina Riquelme y Patricia Cuevas Suárez se basaron en los antecedentes del líder mapuche, los informes de conducta y psicosocial, y la opinión de los profesionales.
Las letradas indicaron que en libertad condicional de Jones Huala tendría apoyo de una autoridad mapuche como una machi y una serie de personas y grupos intermedios. Además, informaron que se había iniciado “un proceso de traslado a su país natal, Argentina”. También recordaron la intervención de la Embajada Argentina, un hecho que generó polémica el año pasado.
Las abogadas destacaron que Jones Huala asiste al colegio en la prisión y que actualmente está matriculado para arrancar el tercer año de Nivel Medio. Hicieron hincapié en que cuenta con redes de apoyo emocional y en el penal se desempeña como orfebre.
De esta manera, la Cámara de Apelaciones hizo lugar al amparo presentado el 11 de enero contra la resolución fechada el 14 de octubre pasado por la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Temuco que había negado su libertad condiciona por considerar que no era pertinente.
En esa oportunidad, ni siquiera la intervención del embajador argentino en Chile, Rafael Bielsa pudo ayudar a revertir la situación. La iniciativa oficial, fue defendida desde Cancillería como parte de una estrategia habitual para los detenidos en el extranjero, fracasó debido a la conducta que aún demostraba el convicto: no había avanzado en su reinserción social.
La Comisión de Libertad Condicional, dependiente de la Corte de Apelaciones de Chile, basó su fallo en un texto que elaboró Gendarmería de Chile y en particular en un informe psicosocial de Jones Huala, en el que consta que “no es parte de un programa de intervención psicosocial y que se niega hacerlo por estimar que ningún programa se ajusta a sus necesidades culturales”.
El informe aseguraba que Jones Huala era manipulador. Sostenía que presentaba habilidades para dirigir y manejar a los demás, siendo la manipulación “una de las principales herramientas para manejar a las personas en su favor”.
Insistía en que no sentía culpa por los daños que ocasionó y que lo llevaron al banquillo. “Justifica y minimiza los hechos, en cuanto a las consecuencias de sus hechos respecto de las víctimas, es racional y carente de culpa genuina” sostenía el fallo.
Jones Huala fue extraditado a Chile desde la Argentina en septiembre del 2018. En diciembre de ese mismo año, el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia lo condenó a nueve años de prisión por el incendio de una propiedad en la estancia Pisu Pisué, el 9 de enero de 2013, y por posesión ilegal de armas de fabricación casera. Por unanimidad, los jueces del tribunal determinaron que los indicios y pruebas reunidas por la fiscalía y respaldadas por dos querellas -una en representación de las víctimas y la otra, por el estado de Osorno- acreditaban la participación del fundador de la RAM (Resistencia Ancestral Mapuche) en el atentado.
Al grupo radicalizado RAM se le atribuyen numerosos ataques incendiarios en la Patagonia; pero fue en Chile donde avanzó una de esas causas hasta la condena. En tanto, el grupo de indígenas que acompañó a Huala en aquella incursión incendiaria también fue sometido a juicio oral por esos mismos delitos, pero los imputados fueron sobreseídos por falta de pruebas, a excepción de una machi (líder espiritual) condenada a seis meses de prisión en suspenso.
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