El electorado de la provincia de Buenos Aires tiene una nueva oportunidad de votar a sus candidatos en las Elecciones Legislativas de Argentina de 2021. A continuación, las boletas y listas de los diputados que superaron las PASO y que fueron aprobadas por la Cámara Nacional Electoral (CNE).
Este domingo, los vecinos de la provincia de Buenos Aires elegirán 35 diputados nacionales, además de otros cargos locales, quienes asumirán el próximo 10 de diciembre. Este año, en PBA no se votan senadores nacionales.
Diego Santilli encabeza la lista de candidatos a diputados de Juntos. Su nómina había ganado las PASO. Victoria Tolosa Paz, principal postulante del Frente de Todos, había salido segunda el 12 de septiembre. El Frente de Izquierda terminó tercero. Su cabeza de lista es Nicolás del Caño. José Luis Espert (Avanza Libertad), Florencio Randazzo (Vamos con Vos) y Cynthia Hotton (+Valores) también compiten por un escaño.
Buenos Aires es la provincia más grande del país y la que posee la mayor cantidad de votantes habilitados: 12.704.518.
Boleta del Frente de Todos, Victoria Tolosa Paz
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Boleta de Juntos, Diego Santilli y Facundo Manes
Boleta del Frente de Izquierda en la provincia de Buenos Aires, Nicolás Del Caño
Alianza Frente Vamos Con Vos, Florencio Randazzo
Boleta de Cynthia Hotton, Alianza + Valores
Boleta de José Luis Espert, Avanza Libertad
Voto en blanco, nulo e impugnado: ¿cuál es la diferencia?
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Voto afirmativo. Es la expresión de la voluntad política de un elector dirigida a favor de uno o más candidatos, y que se manifiesta mediante boleta oficializada. Si un mismo sobre tuviera dos o más boletas oficializadas correspondientes al mismo partido y categoría de candidatos, solo se computará una de ellas destruyéndose las restantes.
Voto nulo. Son aquellos que fueron emitidos mediante una boleta no oficializada (de elecciones anteriores o de otros distritos) o que contenga defectos formales suficientes como para anularlos.
Serán considerados nulos cuando en el sobre junto con la boleta haya elementos extraños como monedas, estampitas, etc. También si el sobre tiene dos o más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupación política.
Se anulará, de igual forma, si contiene una boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir.
Voto en blanco. Se trata de los casos donde los sobres están vacíos o con papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes. Es un voto válido que representa una manifestación de la voluntad del elector de abstenerse de elegir entre las distintas propuestas.
“Es una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos”, aclaró la Cámara Nacional Electoral.
Voto impugnado. Se da cuando el presidente de mesa y los fiscales consideran que el votante no es el titular del documento cívico que presenta. Se coloca en un sobre especial, que además debe contener un formulario donde conste el nombre, apellido, número y clase de documento cívico y año de nacimiento del ciudadano cuyo voto ha sido impugnado, junto con su impresión dígito pulgar.
El voto impugnado es de carácter transitorio. En el momento de realizarse el escrutinio definitivo en la Junta Electoral Nacional, se coteja la identidad, y si resulta probada el voto será computado y clasificado como válido, nulo o blanco.
Voto recurrido. Es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada en el momento del escrutinio en la mesa por uno o más fiscales, quienes deben fundamentarlo con una expresión concreta de las causas.
Asentarán los motivos en un formulario especial provisto por la Justicia nacional electoral, que deberá ser firmado por los fiscales. Se adjuntará a la boleta y al respectivo sobre.
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