Etiquetado frontal: aprobaron la ley que obliga a empresas a informar sobre el contenido de los alimentos

La iniciativa contó con 200 votos a favor, 22 negativos y 16 abstenciones. Tiene por objetivo que se advierta en los envoltorios de los alimentos los excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud

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En la imagen, una sesión
En la imagen, una sesión de la Cámara de Diputados de Argentina (EFE/Juan Ignacio Roncoroni/Archivo)

Luego de varias horas de debate, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó la ley de Etiquetado Frontal. La norma tiene por objetivo que se advierta en los envoltorios de los alimentos los excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud como azúcares, sodio y grasas saturadas, entre otros.

El proyecto de Ley de Promoción de la Alimentación Saludable contó con 200 votos a favor, 22 negativos y 16 abstenciones. La iniciativa se sancionó minutos antes de la medianoche de este martes. Al momento de la votación hubo 18 legisladores ausentes.

La Cámara Baja volvió a sesionar como en los viejos tiempos: con presencialidad total, sin virtualidad. Comenzado a las 12 del mediodía, el maratónico encuentro incluyó una veintena de temas -consensuados entre el Frente de Todos y Juntos por el Cambio- y largas horas de cruces, chicanas, gritos, y pedidos de tratamiento de leyes diferentes.

Pasadas las cuatro de la tarde, se dio inicio al debate por la ley de Etiquetado Frontal que se terminó extendiendo hasta las 23.30, tras la intervención de más de 70 diputados.

En octubre del año pasado el proyecto de ley de etiquetado recibió la media sanción de parte del Senado. Sin embargo, estuvo nueve meses esperando que Diputados lo ponga sobre la mesa, hasta que fue tratado en julio último en un plenario de cuatro comisiones de la Cámara baja donde obtuvo dictamen favorable. Luego de que se barajara la posibilidad de que en los primeros días de agosto sus 24 artículos se convirtieran finalmente en una norma, esto no fue posible. Un nuevo intento frustrado para debatirlo y aprobarlo ocurrió a principios de este mes, cuando el Frente de Todos no logró conseguir el quórum necesario para habilitar la sesión especial.

El interbloque de Juntos por el Cambio había ido a la reunión de Labor Parlamentaria con la propuesta de negociar el quórum con el oficialismo “consensuando” el temario para el día pero incorporando el tratamiento de la ley de promoción ovina junto al emplazamiento de las comisiones para que, en el transcurso de las próximas dos semanas, se inicie el debate de las leyes de boleta única, reforma de la ley de alquileres, emergencia educativa y el Presupuesto 2022 con la presencia del ministro de Economía Martín Guzmán. El oficialismo no aceptó, por lo que el principal espacio opositor decidió no bajar al recinto a debatir. al oficialismo lo apremiaba que la norma de Etiquetado Frontal iba a perder estado parlamentario en diciembre.

La iniciativa dividió las aguas entre oficialismo y oposición por una serie de puntos que fueron cuestionados. Los alimentos y bebidas sin alcohol (analcohólicas) envasados (la ley dice que “es todo alimento contenido en un envase, cualquiera sea su origen, envasado en ausencia del cliente, listo para ofrecerlo al consumidor”) tendrán la obligación de llevar en la cara principal un sello negro de advertencia indeleble por cada nutriente crítico en exceso: azúcar, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías. Es decir, pueden llevar uno o más sellos negros.

Según corresponda dirá: “Exceso en azúcares”, “exceso en sodio”, “exceso en grasas saturadas”, “exceso en grasas totales” y “exceso en calorías”. Estas leyendas deberán estar en octógonos negros, con bordes y letras de color blanco en mayúsculas, y su tamaño no podrá ser inferior al 5% de la superficie de la cara frontal del envase.

La misma prevención se aplicará para los casos de valores superiores en cafeína y para alertar sobre el contenido de edulcorantes no recomendables para niños y adolescentes. En estos casos deben llevar las leyendas “contiene cafeína, evitar en niños/as” y “contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”, respectivamente.

Según corresponda dirá: “Exceso en
Según corresponda dirá: “Exceso en azúcares”, “exceso en sodio”, “exceso en grasas saturadas”, “exceso en grasas totales” y “exceso en calorías” (Archivo DEF)

La medida alcanza a toda la cadena, desde la fabricación hasta la comercialización e importación de alimentos y bebidas. La ley aclara que la obligación se extiende a cajas, cajones y cualquier otro tipo de empaquetado. Quedan exceptuados el azúcar común, los aceites vegetales, los frutos secos y la sal común de mesa.

Por otra parte, determina que, ante iguales condiciones, el Estado deberá priorizar la compra de alimentos sin estos sellos de advertencia.

“El Estado argentino no va a mirar para otro lado” en un contexto de “enfermedades crónicas no transmisibles” como la obesidad, la hipertensión y los problemas cardíacos, que afectan a su población y que se pueden prevenir a partir de la alimentación, manifestó la legisladora del Frente de Todos Cecilia Moreau, al dar inicio este martes por la tarde al tratamiento del proyecto.

“Esta ley es poner en lo más alto a los consumidores, que hace años reclaman información clara, precisa y veraz”, indicó por su parte su compañera de bloque, Liliana Schwindt.

En contraposición, la diputada del PRO Carmen Polledo, criticó la iniciativa al considerar que “se debe pensar en un sistema de etiquetado integral y completo”. Y remarcó que por ese motivo se propuso en un dictamen “una alternativa que cumpla con el propósito de modificar los hábitos alimenticios”.

Quienes respaldan la ley de
Quienes respaldan la ley de etiquetado frontal sostienen que “es el que mejor se corresponde con las recomendaciones de las Guías Alimentarias para la Población Argentina (GAPA)

La sesión en Diputados continuó en la madrugada de este miércoles con otros proyectos que estaban estipulados. Con 226 votos a favor se aprobó, y se giró al Senado, un proyecto que establece la creación de un Programa Nacional de Cuidado Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer con el objetivo de reducir la morbimortalidad por esta enfermedad en los menores de edad.

El debate contó con la presencia, desde uno de los palcos del recinto, de la ministra de Salud Carla Vizzotti. El dictamen aprobado establece la obligatoriedad de elaborar lineamientos programáticos y guías de práctica para la detección, diagnóstico y tratamiento y asistir a los centros oncológicos para que brinden una atención de calidad que respete todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes con cáncer.

También, especifica que el Sistema Público de Salud, las obras sociales y las prepagas deberán brindar a niños con cáncer una cobertura del ciento por ciento en las prestaciones para las prácticas de prevención, promoción, diagnóstico, terapéutica y todas aquellas tecnologías que pudieran estar directa o indirectamente relacionadas con el diagnóstico oncológico.

El Estado Nacional deberá otorgar una asistencia económica equivalente al monto de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad. El proyecto propone, además, difundir y capacitar en estrategias para optimizar el diagnóstico precoz en cáncer infantil, así como gestionar el funcionamiento de la red de los centros oncológicos que atienden a dichos pacientes a nivel nacional.

Pasadas las cuatro de la mañana, con 191 votos afirmativos, 0 negativos y 7 abstenciones, se aprobó el proyecto de ley para garantizar los Derechos Humanos de las personas en situación de calle y en riesgo de estarlo.

La iniciativa, que fue girada al Senado, propone crear una coordinación interministerial que aplique políticas transversales de salud, vivienda y trabajo para la gente en situación de calle. También propone la creación de un sistema de atención móvil en todo el país y una “red nacional de centros de integración social” con formación y capacitación en oficios. Además se contempla la realización de un censo de personas en situación de calle, a cargo del Ministerio de Desarrollo en conjunto con el INDEC.

Con información de Agencia Télam.

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