La causa por el Memorándum con Irán espera definiciones. La atención principal está puesta en el fallo que darán los jueces del Tribunal Oral Federal 8 ante los planteos de la vicepresidenta Cristina Kirchner y el resto de los acusados para que el expediente que nació con la denuncia del fiscal Alberto Nisman quede en la nada. No sólo porque los acusados dudan de la imparcialidad de los jueces de Casación que reabrieron esa denuncia luego de corroborarse que mantuvieron visitas con el entonces presidente Mauricio Macri, sino porque aseguran que además el Memorándum no constituyó delito. El fiscal Marcelo Colombo sostuvo que eso hay que discutirlo, con todas las pruebas y oyendo a todos los testigos, en un juicio oral.
Pero mientras los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado estudian una respuesta a esa batería de planteos, más arriba de la pirámide judicial hay otra discusión: quiénes serán los magistrados de la Cámara Federal de Casación Penal que deberán revisar lo que el TOF 8 resuelva, sea cual sea la resolución que tomen. Es ahí donde en las últimas horas hubo novedades, según dijeron a Infobae fuentes judiciales. Y hasta un recurso del fiscal ante Casación Raúl Pleé llegó ante la Corte Suprema por “retardo de justicia”. El viernes, el expediente pasó a la Procuración General de la Nación, a cargo de Eduardo Casal, para que dé una opinión al respecto. Luego llegará el momento de la Corte Suprema para resolver sobre el planteo de la defensa.
Parece un movimiento menor pero puso en alerta a las defensas, según pudo saber Infobae. No se trata de una cuestión de fondo sobre la causa Memorándum, pero Cristina Kirchner sigue con atención el curso de todos sus causas en el máximo tribunal, donde a partir del viernes próximo habrá nuevas autoridades con el ministro Horacio Rosatti a la cabeza.
Todo se remonta a lo sucedió los primeros días de junio en Casación, cuando se gestaban los preparativos para la audiencia preparativa en el TOF 8 para buscar anular el juicio oral y las querellas recusaban a los jueces y el fiscal Colombo, que había avalado la realización y publicidad de esa audiencia. El foco en ese momento estaba puesto en las visitas que se habían detectado, según registros oficiales, entre los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos con el entonces presidente Macri, tanto en la Casa Rosada como en la residencia de Olivos.
En ese contexto, el juez Javier Carbajo, quien integra la sala IV junto a Mariano Borinsky, resolvió derivar la causa a la sala I integrada por la jueza Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña. Se trata de los mismos jueces que tienen a cargo la revisión de decisiones en el llamado caso “Cuadernos” y resolvieron cerrar por inexistencia de delito la causa “dólar futuro” con sobreseimientos a todos los acusados, entre ellos la vicepresidenta Cristina Kirchner.
La intervención de los jueces Hornos y Borinsky en la causa del Memorándum cuando la denuncia se encontraba cerrada fue precisamente uno de los planteos que hicieron las defensas a la hora de hablar de “lawfare”. Para el 2016, Hornos y Borinsky integraban simultáneamente la Sala IV (su lugar original) y la Sala I (en su calidad de subrogantes). Con la reapertura de la investigación, el caso pasó a Sala IV. Esa decisión permitió que el fiscal interviniente ya no fuera Javier De Luca, quien había frenado en 2015 las apelaciones para investigar la denuncia de Alberto Nisman; sino que pasara a actuar en el caso el fiscal Raúl Pleé. Si el caso pasa a la Sala I, no solo cambiarán los jueces sino también el fiscal que intervenga.
Ante la decisión de Carbajo de derivar la causa a la Sala I de Casación, Pleé buscó impugnar esa decisión a través de un recurso de reposición. En su planteo, el fiscal afirmó que “la declinatoria de competencia no podía ser decidida unilateralmente con la firma de sólo uno de sus integrantes” y aseguró que la cuestión ya había sido “debatida y resuelta” en febrero de 2018. Lo había reclamado entonces la defensa del fallecido canciller Héctor Timerman diciendo que la Sala I había tenido una intervención primera pero “los doctores Borinsky y Hornos consideraron improcedente dicha petición y, en consecuencia, ratificaron la intervención de la Sala 4ta”, recordó Pleé.
“Lo expuesto evidencia que lo decidido por el Presidente de la Sala 4ta., lejos de resultar novedoso, ya había sido materia de análisis por parte de la Sala en pleno, en el marco de pronunciamientos oportunamente dictados en esta misma causa -afirmó Pleé-. Entonces, más allá del acierto o error en la providencia rubricada por el ahora Presidente de la Sala 4ta., lo allí decidido resultaba competencia del Tribunal en pleno, no solo porque excedía de una cuestión meramente administrativa, sino porque contradecía directamente una resolución jurisdiccional dictada por la propia Sala -rubricada incluso por otro de los Magistrados que actualmente integran dicho Cuerpo-, y pasada en autoridad de cosa juzgada”.
Pero hasta ahora no tuvo respuesta a ese planteos. “Desde la fecha de aquella decisión, han trascurrido hasta la actualidad más de 2 meses sin que se haya adoptado una solución definitiva a la cuestión planteada, a pesar de las reiteradas solicitudes cursadas por esta representación del Ministerio Público Fiscal”, planteó Pleé. “Ambas Salas se limitaron a practicar las notificaciones omitidas en cada una de las incidencias respectivas, mas no adoptaron ninguna decisión en torno a las presentaciones efectuadas por esta parte en el marco del expediente”.
En la Sala IV de Casación, con la firma de los jueces Carbajo y Angela Ledesma, entendieron que podían atender al planteo de “pronto despacho” que motorizaba Pleé porque “no tenía caso” para pronunciarse. Sin embargo, la semana pasada, el fiscal Pleé presentó un recurso ante la Corte Suprema de Justicia: una “queja por retardo de Justicia”. “No es correcto que no exista caso para resolver la revocatoria oportunamente articulada, tal como postulan los integrantes de esa Sala 4ta., pues como quedó evidenciado, se encuentra en trámite ante la Cámara Federal de Casación Penal el Expte. CFP 14305/2015/TO1/26, cuya sustanciación y resolución debe ser adoptada por los jueces naturales de la causa, tal como peticionó esta Fiscalía”, afirmó.
Según sostuvo, “las partes dentro del proceso tienen el derecho a conocer cuáles son los Jueces que deben resolver sus controversias, evitando que se vean sometidos a posibles restricciones indebidas, por las inacciones inherentes al Poder Judicial”. “De conformidad con lo expuesto, se solicita a Vuestra Excelencia , que tenga por presentado el presente recurso de queja por retardo de justicia y, requerido que sea el informe pertinente, se haga lugar a él, ordenando a la Cámara Federal de Casación Penal que provea las presentaciones de esta parte, y determine la radicación definitiva del caso”, dijo la fiscalía. Apenas ingresó a la órbita de la Corte Suprema, el viernes se corrió traslado a la Procuración General.
Seguir leyendo