La UFI-AMIA impulsó sobreseimientos para un grupo de acusados por la explosión de la mutual judía

La decisión está a estudio de la jueza María Capuchetti, que en los próximos días será reemplazada por su colega Daniel Rafecas

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La explosión de la AMIA
La explosión de la AMIA (archivo Telam)

La fiscalía a cargo de investigar el atentado contra la AMIA, que el 18 de julio de 1994 provocó la muerte de 85 personas, solicitó el sobreseimiento de trece personas investigadas en el expediente. Allí figura el hijo del empresario Alberto Kanoore Edul -vinculado a la llamada pista siria-, los dueños de una empresa de volquetes y un grupo de personas relacionadas a una concesionaria ligada a Carlos Alberto Telleldín, el ex reducidor de autos que fue absuelto dos veces al ser llevado a juicio acusado de ser uno de los partícipes de la masacre.

El pedido del fiscal Sebastián Basso, a cargo de la UFI AMIA que lideró Alberto Nisman, se formalizó en tres dictámenes a los que accedió Infobae que fueron firmados a fines de abril, aunque recién se conocieron ahora. Querellantes se opusieron al pedido de la fiscalía que deberá ser resuelto ahora por el titular del juzgado federal 5. Por estas horas el juzgado está en manos de la jueza María Eugenia Capuchetti, pero a partir del 5 de octubre tomará ese lugar su colega Daniel Rafecas.

Basso está al frente de la UFI AMIA desde 2019 designado por el procurador interino Eduardo Casal. La agrupación Memoria Activa fue muy crítica con su designación y pidió su remoción. A su criterio, Basso buscaba “vaciar y cerrar la causa lo más rápido posible”. Precisamente, Memoria Activa se opuso a los planteos de la fiscalía. Según indicaron a Infobae fuentes judiciales, al recibir el planteo del Ministerio Público, la magistrada le corrió vista a las partes para que opinen. Pero entendió que para que poder opinar, tienen que tener acceso a todo el material que obra en la causa. La jueza entendió que había que analizar la documentación que desclasificó el Ejecutivo. Hubo reuniones con las partes y visitas al edificio del Palacio Barolo, donde se encuentra gran parte del material,

A 27 años de la masacre, la causa por el atentado sigue impune. El foco está puesto en un grupo de iraníes que ocuparon altos mandos en su país y que están prófugos, sospechados de haber planificado el atentado a la AMIA. Los acusados se niegan a declarar ante la justicia argentina y tiene alerta roja en Interpol.

Carlos Telleldin (archivo EFE)
Carlos Telleldin (archivo EFE)

En el primero de los escritos, Basso solicitó el sobreseimiento de Alberto Jacinto Kanoore Edul y Víctor José Chabán. Kanoore Edul padre falleció y por lo tanto ya estaba sobreseído. Los Kanoore Edul fueron el iceberg de lo que se llamó la pista siria y que vinculaba al ex presidente Carlos Menem por encubrimiento. Menem fue absuelto por el TOF 2 cuando llevado a juicio.

A Kanoore Edul hijo se le atribuía la participación en el atentado perpetrado contra la AMIA, “mediante la colaboración con Carlos Alberto Telleldín en la obtención de diferentes partes de la camioneta Trafic que se utilizó para perpetrar el atentado”. Las pruebas apuntaban a un llamado que se hizo el 10 de julio desde los teléfonos de Edul a Telleldin, quien había publicado en los clasificados la venta de Trafic.

El segundo indicio apuntaba a que el día de la explosión un camión de la empresa de volquetes denominada “Santa Rita” -propiedad de Nassib Haddad-, después de colocar uno de sus volquetes enfrente de Pasteur nº 633 de esta Ciudad depositó otro en un terreno baldío ubicado en Constitución nº 2657, próximo a los inmuebles de la familia Kanoore Edul. El tercer acontecimiento “es consecuencia de los anteriores, ya que a partir de esos episodios se ordenó el registro domiciliario de la calle Constitución en donde vivían Alberto Kanoore Edul y su hijo. En la agenda se encontró el nombre de “Mezquita Rabbani”.

Mohsen Rabbani fue Sheik de la mezquita At Tauhid y en la época en que se produjo el ataque a la mutual, detentaba el cargo de Consejero Cultural de la Conserjería Cultural de la Embajada de Irán en Buenos Aires. En el dictamen de octubre de 2006 fue sindicado como principal responsable de la logística local para concretar el atentado. Tiene un pedido de captura internacional y alertas rojas en Interpol.

Mohsen Rabbani
Mohsen Rabbani

El fiscal Basso en su dictamen afirmó que “con absoluta independencia del tipo de relación que pudiera haber ligado a ambas familias (amistad, actividades comerciales, vecindad, etc.), lo cierto es que no se acreditó -de ningún modo- que alguno de sus miembros hubiese tenido trato con Mohsen Rabbani ni, mucho menos, que hubieran colaborado o participado en el ataque a la mutual judía”.

El fiscal también dijo que no hay dudas del vínculo entre Kanoore Edul padre e hijo con el expresidente Carlos Saúl Menem, pero en el juicio oral se indagó sobre ese vínculo y la incidencia que pudo haber tenido en la situación procesal de los nombrados, no se produjo ningún elemento de prueba novedoso que señalara en dirección de una posible participación de los imputados en el atentado a la sede de la AMIA”. Además, se añadió, “en cuanto a las actividades de los Kanoore Edul en la zona de la Triple Frontera, se confirmaron los dichos de Alberto Jacinto respecto de su labor comercial en esa zona, verificándose los concernientes a la venta de frazadas, sábanas y telas”.

También se pidió el sobreseimiento para el policía Víctor José Chabán porque “las medidas producidas no proporcionaron el menor indicio de que hubiera participado en el ataque a la mutual” y “ningún elemento de su vinculación con el atentado surgió a partir delos informes migratorios, patrimoniales y telefónicos, del análisis que se hizo sobre su agenda ni de los allanamientos, así como tampoco del peritaje caligráfico; además de que no existen elementos indicativos de que tuviera relación con Mohsen Rabbani o con los hermanos Telleldín”.

La fiscalía también solicitó de Nassib, Pablo, Javier y Guillermo Haddad. Se los investigó a raíz de la colocación de un volquete de la empresa “Santa Rita”, propiedad de Nassib Haddad, frente a la puerta de la sede de la AMIA el día 18 de julio de 1994, momentos antes de la explosión. Esa pista señalaba que se colocó ahi el volquete para despejar el lugar para permitir el acceso del coche bomba.

El fiscal Basso sostuvo que “luego de analizar minuciosamente todas las pruebas reunidas en el legajo, tras la extensa investigación que abarcó cada uno de los puntos mencionados, no fue posible corroborar, siquiera mínimamente, la conexión de la familia Haddad con el hecho terrorista investigado”. Y agregó que “cada una de esas hipótesis fueron profundamente investigadas, arrojando todas ellas resultado negativo”.

“No se determinó vínculo alguno entre Nassib, Guillermo, Pablo y Javier Haddad con el resto de las personas investigadas en la causa, ni pudo acreditarse que la existencia del volquete formara parte del plan criminal. Tampoco se detectó alguna irregularidad en el uso y destino del material explosivo, ni puede afirmarse que el material detonante por ellos adquirido haya sido utilizado para la voladura de la AMIA”, dijo Basso.

En el último dictamen, Basso solicitó los sobreseimientos de Víctor Alejandro Monjo, Gabriel Meli, Edgardo Manuel Yema, Rodolfo Américo Setau, Marcelo Fabián Delacour y Antonio José Quiroga. “Más allá de haberse comprobado que la agencia “Alejandro Automotores SRL” entregó el 4 de julio de 1994 la camioneta Renault Trafic, dominio C 1.498.506 a Carlos Alberto Telleldín, ningún elemento probatorio incorporado al proceso permite sostener que, en el caso particular de este vehículo, lo hayan hecho con una motivación distinta de lo que era la actividad normal de esa agencia, consistente en la compra y venta de automotores”, se dijo.

El fiscal añadió que “en base a la prueba producida en ese juicio el Tribunal entendió que la entrega del vehículo de la agencia a Telleldín tuvo lugar con motivo de una operación de venta” y “al no haberse incorporado ningún elemento novedoso con posterioridad al dictado de la falta de mérito del 26 de noviembre de 1997, y al considerar agotada la producción de medidas probatorias que pudieran aportar datos de interés, deviene conducente solicitar que se desvincule a los imputados del proceso”.

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