Por el cumpleaños de Fabiola Yañez en Olivos, Alberto Fernández enfrenta un dilema político que puede tener consecuencias legales

El jefe de Estado aún medita cómo explicará ante la opinión pública porqué avaló una fiesta familiar en la quinta presidencial cuando estaba prohibida por un DNU que había firmado junto a todo su Gabinete

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Alberto Fernández, Fabiola Yañez y los amigos festejan su cumpleaños en Olivos cuando estaba prohibido por un Decreto de Necesidad y Urgencia  (Foto: crédito Guadalupe Vázquez)
Alberto Fernández, Fabiola Yañez y los amigos festejan su cumpleaños en Olivos cuando estaba prohibido por un Decreto de Necesidad y Urgencia (Foto: crédito Guadalupe Vázquez)

La fotografía privada que prueba la celebración del cumpleaños de Fabiola Yañez en la quinta de Olivos cuando un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) prohibía los encuentros sociales en el AMBA, era obligatorio la utilización del barbijo y no se podía circular de noche, colocó a Alberto Fernández frente a un dilema político que puede causar consecuencias penales en los tribunales de Comodoro Py.

El Presidente eligió hasta ahora el silencio ante la publicación de la fotografía que muestra que participó de una fiesta prohibida, pero sabe las reglas de juego y asume que no tendrá otra opción que fijar una posición pública frente a un evento privado que violaba el DNU 576/2020 que estaba vigente cuando se festejó el cumpleaños de Fabiola Yañez.

Ese Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por el propio Alberto Fernández y sus 21 ministros establecía lo siguiente:

1. “ARTÍCULO 6º.- REGLAS DE CONDUCTA GENERALES: Durante la vigencia del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de DOS (2) metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos”.

2. ARTÍCULO 11.- AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO: Prorrógase desde el día 1° de julio hasta el día 17 de julio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20, que establece el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, prorrogado por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20 y 520/20, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en el artículo 3° del presente decreto.

3. ARTÍCULO 12.- LUGARES ALCANZADOS POR EL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO: A la fecha de dictado del presente decreto se encuentran alcanzados por lo previsto en el artículo 11, los siguientes lugares:

· El aglomerado urbano denominado Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) que, a los fines del presente decreto comprende a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los siguientes TREINTA Y CINCO (35) partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.

El análisis jurídico de las distintas normas establecidas en el decreto vigente al momento de la fiesta de cumpleaños de Yañez -sucedido el 14 de julio de 2020-, desemboca en una conclusión a prueba de desmentidas: se violó la norma. No había autorización para hacer un encuentro social. Ni con uno, ni con diez invitados. No se podía. Así de simple.

La quinta presidencial está en el partido de Vicente López. Y Vicente López estaba incluida entre las localidades del AMBA que tenían la prohibición de organizar eventos sociales sin importar sus características y sus condiciones: cumpleaños, misas o entierros.

Según informó el ministerio de Salud ese martes 14 de julio de 2020 en las últimas 24 horas se habían confirmado 3.645 casos de coronavirus y habían fallecido 65 personas; y el total de contagios desde que comenzó la pandemia hasta ese día era de 106.910 y los fallecidos alcanzaban los 1.968.

Alberto Fernández es abogado, enseña derecho penal en la Universidad de Buenos Aires y participó en la redacción final de todos los DNU que se dictaron para enfrentar las sucesivas olas del COVID-19. El derecho se presume conocido, y en el caso del jefe de Estado no hay dudas qué conocía la letra chica de los Decretos de Necesidad y Urgencia que firmó junto a su Gabinete.

Cada uno de los DNU que se emitieron en 2020 y 2021, tuvieron una disposición común en todos los casos. Y esa disposición fijaba lo siguiente: “Cuando se constate la existencia de infracción al presente decreto o de otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, se procederá a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”.

El artículo 205 del Código Penal sostiene que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

Y el artículo 239 del Código Penal señala que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.

En este contexto, Alberto Fernández enfrenta un dilema político de difícil resolución. Si calla y no da sus argumentos a la opinión pública, la imagen presidencial podría sufrir un deterioro constante frente a un hecho que aparece con nitidez: consintió que su pareja Fabiola Yañez celebre su cumpleaños en Olivos, junto a más de 10 personas que violaron todas las normas que estaban vigentes para enfrentar la pandemia.

En cambio, si el Presidente enfrenta la conmoción pública que significó la difusión masiva de la fotografía y reconoce que el cumpleaños fue celebrado con su autorización personal, su conducta quedaría bajo investigación de la justicia federal.

En términos penales, ese reconocimiento de Alberto Fernández podría ser considerado como una confesión.

El caso Olivos -así es mencionado en la jerga de Comodoro Py- está en manos del fiscal Ramiro González, que regresará de vacaciones en las próximas horas. La foto del cumpleaños de Yañez facilita la pesquisa de González, y la causa avanzará a pesar de los comicios legislativos y su obvio impacto político.

Alberto Fernández mantiene silenzo stampa sobre la foto del cumpleaños de Fabiola Yañez, y sus aliados políticos decidieron callar en público lo que destilan en reserva. Sólo abren la boca para rezar que no aparezca un video “con el cumpleaños feliz” cantado a capella por todos los invitados de la Primera Dama.

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