Los directivos de la empresa Techint que estaban imputados en el Caso Cuadernos fueron sobreseídos este martes por el juez Julián Ercolini, quien subroga el juzgado que era del fallecido Claudio Bonadio. Desde la conducción de Techint, una de las principales empresas del país, se admitió haber entregado dinero durante la gestión de Néstor Kirchner para resolver una situación compleja de una filial de esa compañía en Venezuela.
Tres días después de que estallara el Caso Cuadernos, Infobae reveló que la empresa Techint aparecía en las anotaciones del chofer Oscar Centeno. Primero fue detenido Héctor Zabaleta, encargado de entregar dinero negro a Roberto Baratta, quien era subsecretario del ministerio de Planificación que encabezaba Julio De Vido. Zabaleta declaró como arrepentido, admitiendo los pagos. Luego declaró Luis Betnaza, director de la compañía, quien reconoció haber hecho pagos a ex funcionarios de Planificación porque se buscaba que la administración kirchnerista intercediera en 2008 ante el gobierno de Hugo Chávez por la expropiación que se iba a hacer en Venezuela de la empresa SIDOR, pertenecía al Grupo Techint.
Bonadio había dictado los procesamientos luego de establecer que directivos de Techint tuvieron reuniones con Claudio Uberti, Julio De Vido, José María Olazagasti y Baratta con el fin de que “intercedieran para lograr el cobro de la empresa, pues valía mucho”. En ese contexto, había dicho Bonadio, los funcionarios argentinos “comenzaron a pedirle a los directivos de la empresa dinero para poder gestionar con el Gobierno de Venezuela”. Y así procesó a la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner y a esos ex funcionarios, junto a Betnaza. Uberti había confirmado el pago de coimas. Paolo Rocca, CEO de Techint, también había sido procesado.
El primer juez que subrogó a Bonadio tras su muerte, Marcelo Martínez De Giorgi , dictó una falta de mérito a la actual vicepresidente y para De Vido, su ex secretario Olazagasti, Baratta, Uberti y Betnaza. La Cámara Federal le dictó la falta de mérito a Rocca. Fue la Cámara de Casación en su intervención la que delineó el dictado de las faltas de mérito.
En su resolución de hoy, Ercolini sobreseyó a los directivos de Techint porque los pagos estaban justificados en cuestiones “humanitarias” debido a lo que sucedía en su planta en Venezuela.
Para Ercolini la situación de Baratta, señalado como el recaudador del Ministerio de Planificación y por eso fue procesado por recibir dádivas. “La ausencia de responsabilidad en los sucesos de los empresarios a los cuales se les atribuyó la entrega del dinero -la cual tuvo como origen la exigencia del funcionario ante una situación de emergencia-, no obsta a que la recepción de dinero por parte del funcionario público implicado, resulte ser una conducta que se subsume directamente bajo el tipo penal analizado”, dijo el juez en la resolución a la que accedió Infobae.
Ercolini explicó que: “En el presente caso se encontraría acreditado que las entregas de dinero fueron realizadas a Roberto Baratta al momento en que estaba ejerciendo su cargo en el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, y que no hay constancia alguna de que ese dinero haya sido entregado por un fin legal. Por el contrario, no se habría demostrado que Baratta haya recibido ese dinero con el fin de hacer, dejar de hacer o retardar, algo relativo a sus funciones, siendo que no tenía injerencia alguna en los sucesos acontecidos con la firma SIDOR en la República Bolivariana de Venezuela”. Los pagos fueron ocho y la cifra estimada es de entre 15 y 20 millones de pesos de entonces.
El juez señaló que “Betnaza y Zabaleta -cada uno con el rol que tuvo en el hecho endilgado- fueron expropiados de la planta siderúrgica SIDOR que se encontraba en Venezuela, y que de acuerdo con lo que se tuvo por demostrado no fueron ellos quienes amenazaban y atemorizaban a sus dependientes –situación de peligro creada-. De hecho, tampoco habría estado en sus manos la resolución del conflicto. En efecto, puede observarse que al tratarse de una situación evidentemente inmanejable para la empresa que se encontraba situada en otro Estado, resulte hasta lógico que se haya recurrido a las autoridades de nuestro país a requerir su intervención para que sus connacionales pudieran retornar pacíficamente. De allí la existencia del mal sumamente serio y angustioso que importó la inminencia de un peligro concreto que los habría obligado a vulnerar el derecho –al efectuar un pago indebido a un funcionario público ante un pedido de ayuda”.
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