La jueza federal María Servini dictó hoy falta de mérito para Cristina Caamaño, interventora de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), quien había sido imputada en una investigación judicial iniciada en 2020, a raíz de la filtración de decenas de datos sensibles del sistema de espionaje estatal, entre ellos las identidades de espías y ex espías. La falta de mérito implica que no se puede ni procesar ni sobreseer a Caamaño y que la investigación continúa.
De hecho en la misma resolución en la que dictó la falta de mérito para Caamaño Servini citó como testigos a cinco hombres que integraron la conducción de la AFI-ex Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) de las últimas décadas. Tendrán que declarar Juan Bautista Yofre que condujo la SIDE en los primeros tiempos del gobierno de Carlos Menem. También fueron citados Icazuriaga y Francisco Larcher quienes estuvieron al frente de la SIDE durante buena parte del gobierno de Néstor Kirchner y hasta el último año de la presidencia de Cristina Kirchner. Deberán declarar también quienes condujeron la AFI en el último tiempo del gobierno de la actual vicepresidente: Oscar Parrilli y Juan Martín Mena. La jueza quiere profundizar la investigación y para ello quiere preguntarles a los que manejaron la ex SIDE y la AFI si los argumentos de Caamaño son sólidos.
En septiembre de 2020 cuatro ex integrantes de la AFI habían denunciado a Caamaño, debido a la filtración de decenas de identidades de personas que trabajan o trabajaron como agentes a partir de que se hiciera público un documento judicial que se sumó a la causa por espionaje ilegal que tramitaba en el juzgado federal de Lomas de Zamora. En ese caso por espionaje fueron procesados Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, quienes encabezaron la AFI durante el gobierno de Mauricio Macri. La causa ahora tramita en el juzgado federal a cargo de Marcelo Martínez De Giorgi, ubicado en el edificio de Comodoro Py 2002.
Los nombres de decenas de agentes y ex agentes de la AFI habían quedado expuestos luego de la difusión de un documento que se había agregado a la causa que por entonces se investigaba en Lomas de Zamora. Ese documento estuvo al alcance de las 80 partes que tienen acceso al expediente judicial sobre espionaje ilegal. El documento en cuestión era un escaneo de las páginas del libro de protocolos de resoluciones de la AFI donde se volcaron todas las decisiones administrativas tomadas entre diciembre de 2015 y enero de 2019.
En aquel libro no había datos de cómo se realizaron operaciones de inteligencia. Tampoco sobre seguimientos ni sobre las tareas que los agentes secretos realizan cuando están en la calle. No había detalles sobre investigaciones ni sobre operativos. Las actas no revelaban nada sobre las actividades específicas de espionaje de la ex SIDE.
Sin embargo quedaron al descubierto identidades de personas que habían trabajado como espías en otros países y de algunos que lo habían hecho aquí pero se lo habían ocultado a sus familiares. En varios medios se publicaron las actas sin testar e inclusive en un sitio web se publicó el documento completo. Eso provocó que la nómina de agentes y ex agentes fuera accesible para cualquiera.
La circulación de aquel documento dejó al descubierto las identidades de agentes y ex agentes que pertenecen a diferentes administraciones. A partir de la información volcada en el documento fueron revelados los nombres de los agentes que ingresaron a la AFI durante el gobierno macrista y también los de aquellos que abandonaron la central de espías y habían ingresado durante el kirchnerismo. También se revelaron los nombres de aquellos que formalizaron trámites de jubilación y habían ingresado a la ex SIDE en gestiones previas. Y además las identidades de quienes estuvieron destacados como delegados de la AFI en el exterior.
Aquella denuncia que derivó en la causa en la que le dictaron falta de mérito a Caamaño se había realizado luego de que Infobae revelara que habían quedado expuestas las identidades de agentes y ex agentes de la AFI a partir de la difusión del documento. Los ex agentes que denunciaron el caso originalmente habían señalado a Caamaño como la responsable de la filtración. Son 21 las personas que se presentaron en el expediente como damnificadas.
Como respuesta a la primera denuncia, la interventora de la AFI había hecho otra denuncia por el mismo hecho en el que no cargo culpas sobre nadie. Caamaño había pedido que se investigara la situación que se produjo una vez que el documento llegó a la fiscalía de Lomas de Zamora y fue puesto a disposición de las partes el expediente en el sistema informático judicial. Caamaño había dicho en su denuncia que cuando envió el material sensible a la fiscalía de Lomas de Zamora lo hizo acompañado de un oficio por el cual pedía que se tuviera en cuenta la calidad de secreto de su contenido. Los fiscales del caso de Lomas de Zamora donde se investigaba –antes del pase de la causa a Comodoro Py– a la dirección de la AFI durante el macrismo por espionaje ilegal son Cecilia Incardona y Santiago Eyherabide.
Al momento de declarar en indagatoria Caamaño había presentado un escrito en el que señaló que: “La AFI al remitir la información tomó todos los recaudos necesarios para proteger su contenido de conformidad con las exigencias que la normativa impone en materia de diligenciamiento de documentos clasificados y adicionalmente se le brindó a la autoridad judicial requirente pautas claras de actuación que -de haberse cumplido- hubiesen impedido cualquier tipo de filtración”.
Y había señalado a los fiscales de Lomas de Zamora como los responsables de la filtración: “Resulta claro para esta parte que el tratamiento otorgado por los funcionarios de Lomas de Zamora se apartó abiertamente de los estrictos y claros recaudos que fueron detalladamente señalados en la propia resolución de desclasificación”.
En ocasión de su indagatoria había destacado que la difusión de los nombres no generado consecuencias. Se había referido especialmente a lo sucedido con agentes y ex agentes que estuvieron destacados en el exterior y que figuraban como personal de Cancillería en las embajadas de los países en los que estuvieron destinados como espías. “Debo dejar en claro -escribió Caamaño- que la divulgación de la información que aquí se investiga no ha puesto de ningún modo en peligro la seguridad de la Nación que es lo que el bien jurídico que tutela el art. 223 del Código Penal reclama para su configuración. En efecto, el contenido de aquella copia del libro de actas era de carácter meramente administrativo o burocrático pues no contenía el cuerpo de cada una de las resoluciones que mencionaba, sino una indicación muy escueta del tema al que referían, y no incluía cuestiones de índole operativa vinculadas con la seguridad nacional o la relación con las agencias extranjeras; sino -como dije anteriormente- cuestiones meramente administrativas que no tienen absolutamente nada que ver con el tipo de secretos cuya vulneración reclama la norma penal indicada. Y prueba de ello es que a casi un año de haberse divulgado aquella información (por razones que me son totalmente ajenas) y haber llegado por esa razón a conocimiento de muchas personas que no deberían haberla conocido de haberse respetado los recaudos de seguridad consignados tanto en el oficio remitido a la Fiscalía como en la Resolución de desclasificación, en rigor no hubo ningún perjuicio de esa naturaleza. En efecto, Cancillería ya remitió a esta judicatura un oficio en el que hizo saber que en el plano de las relaciones internacionales no existió ningún tipo de queja por la divulgación de esta información, y a nivel doméstico a mí me consta como Interventora de la Agencia que la filtración de esta información -más allá del alegado daño que le pudo haber ocasionado en su círculo íntimo a los denunciantes- de ningún modo puso en riesgo de la seguridad nacional”.
Según se desprende de la resolución a la que accedió Infobae, en la indagatoria se le preguntó a Caamaño por la falta de testado del material enviado a Lomas de Zamora. Caamaño respondió: “Que no hay ninguna resolución, decreto o ley que hable de testado pero lo decía porque sobre todo los denunciantes hablaban de que no se había testado. Nada obliga a testar, lo único que se dice, es una resolución de la época del Dr. Miguel Ángel Toma, es poner el sello, que en este caso estaba, el sello de seguridad, lo que se llama el sello de agua. ¿Pero qué pasa?, lo que sí se utiliza es, y por eso yo también lo puse en la resolución, que si hay un material que no es necesario mostrarle o a la parte, pero es para la parte, para la justicia, digamos, que si le va a mostrar eso a alguien, y hay algo que no debería ser mostrado, se tiene que testar. ¿Se entendió? Porque por eso en la resolución, yo pongo que se teste la información que no resulte vinculada a la investigación y surja de la documentación referenciada”.
En su declaración Caamaño se refirió a Toma quien estuvo al frente de la SIDE durante el gobierno de Eduardo Duhalde, declaró como testigo en la causa. Toma había declarado que la filtración había sido grave. “El hecho –había dicho Toma ante Servini-no solo involucra y pone en riesgo la seguridad personal de los agentes cuya identidad fue hecha pública sino que además determina decisiones administrativas y decisiones significativas que toma la estructura de inteligencia ya sea a través de hacer públicos nombramientos, designaciones, y todo otro tipo de decisión, que de hecho para cualquiera que quiera intencionalmente utilizar eso en función o en contra de intereses estratégicos del país dan a conocer claramente cuales son no sólo las personas que actúan dentro de la estructura de inteligencia, sino también las fuentes, las designaciones en el exterior, como así también otra serie de elementos que lo que puede poner en evidencia, de hecho ocurre, cuál es el plan nacional de inteligencia, es decir, cuales son los objetivos cuales son los prioridades que la inteligencia determina en función de la afectación de intereses estratégicos del país, de manera que el daño que este tipo de situaciones, que además está claramente previsto en el artículo 16 de la Ley 25520 (Ley de Inteligencia) genera como he señalado daños fundamentales, estructurales diría yo para estos elementos que son sustantivos en la seguridad del país (…) indica cuál es la prioridad que el plan nacional de inteligencia le otorga a los países a los cuales han sido destinados esos agentes. De manera que eso está indicando un nivel de prioridades en el relacionamiento con esos países, pero también con las estructuras de inteligencia de esos países en los cuales se acredita normalmente la identidad de esos agentes de manera que insisto esto apunta claramente a poner en evidencia cual es el plan nacional de inteligencia y esto afecta a esos intereses del país”.
Ante la contradicción entre los dichos de Toma y lo declarado por Caamaño, Servini decidió citar al resto de los que manejaron el área de inteligencia estatal en diferentes épocas. Quiere escuchar los testimonios para profundizar la investigación y determinar si la filtración afectó o no a la seguridad nacional.
Servini también profundizará la investigación para determinar las responsabilidades de los fiscales de Lomas de Zamora y de Juan Pablo Augé quien estaba a cargo del juzgado en el que estaba radicado el expediente al que fue sumado el documento que se filtró. Mientras tanto dictó la falta de mérito para Caamaño.
SEGUIR LEYENDO