El gobierno nacional defendió en la Justicia el cupo para que ingresen 600 personas por día a la Argentina, una restricción que está vigente desde el viernes para prevenir el ingreso al país de la variante delta del coronavirus. El juez de instrucción Martín Carlos del Viso encabezó esta noche una audiencia con abogados de la Dirección Nacional de Migraciones y los defensores de argentinos varados en el exterior que piden mediante hábeas corpus que el límite sea declarado inconstitucional.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que los abogados de Migraciones señalaron que el hábeas corpus no es la vía jurídica adecuada para este tipo de planteos. También que la medida es acorde a la crisis sanitaria que vive el país y que los argentinos que están varados en el exterior firmaron cuando salieron del país una declaración jurada en la que se aceptan cualquier cambio que pueda implementar el gobierno nacional sobre las fronteras. El fiscal Eduardo Rocchi también pidió rechazar los habeas por considerar que no son el instrumento adecuados.
Por su parte, las abogados de los varados pidieron que la decisión administrativa 643/2021 de la Jefatura de Gabinete que estableció el límite de ingreso de 600 personas por día al país sea declarada inconstitucional. Plantearon que limita la libertad de movilidad que fija la Constitución Nacional e hicieron referencia a los problemas de salud que padecen algunas de las personas que no pueden volver al país.
Ahora el juez del Viso tiene que tomar una decisión.
A esta audiencia se llegó luego de que el magistrado de instrucción validara la medida del Poder Ejecutivo pero la Cámara del Crimen la revocó por considerar que “resulta pertinente celebrar la audiencia prescripta” en la ley de hábeas corpus. Así le ordenó al juez realizarla con los abogados de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a cargo de Santiago Cafiero, que se presentaron hoy en el expediente. Fueron los de Migraciones.
Los casos que se presentaron en la Justicia fueron los de nueve argentinos en el exterior (ocho en Estados Unidos y uno en Paraguay) que no pudieron regresar al país cuando tenían sus vuelos programados -todos la semana pasada- por la entrada en vigencia de la decisión administrativa 643/2021 de la Jefatura de Gabinete que estableció el límite de ingreso de 600 personas por día al país.
Presentaron cuatro hábeas corpus en los que señalaron que la medida era inconstitucional porque limita posibilidad de ingreso al país y tres de ellos señalaron que tenían problemas de salud. Uno de los casos fue presentado por los diputados de la oposición Waldo Wolff, Luis Petri, Fernando Iglesias, Jorge Enríquez, Álvaro de Lamadrid, Cristian Ritondo y Pablo Torello por un señor varado en Paraguay y lo extendieron a todos los argentinos en la misma situación.
El juez Del Viso había convocado a una audiencia para el viernes pasado pero las partes desistieron de concurrir. El magistrado rechazó los planteos. “Sin desconocer los problemas que la situación ha generado a quienes vieron postergado su retorno al país, entiendo que la medida cuestionada no aparece como aislada, sino que por el contrario debe ser considerada como razonable y proporcionada, dada la situación de crisis sanitaria que atraviesa el país y el mundo”, sostuvo en su fallo.
Algunas de las partes apelaron a la Cámara del Crimen y el tribunal intervino hoy. “Frente a la existencia de diversos planteos, formulados a favor de diferentes personas, el Tribunal entiende que en el caso resulta pertinente celebrar la audiencia prescripta en el art. 14 de la ley 23.098″, dijeron los camaristas Mauro Divito y Juan Cicciaro. Se trata de una audiencia que prevé la ley de hábeas corpus para escuchar a las partes involucradas.
La Cámara marcó un aspecto a analizar: la salud de algunos de los varados. El tribunal dijo que en la audiencia “habrán de ventilarse, además, las distintas situaciones particulares de los beneficiarios, lo que no ha sido objeto de puntual análisis en el auto examinado, pese a que algunos de éstos han invocado razones de urgencia vinculadas con su estado de salud”.
El juez de primera instancia había rechazado los hábeas corpus porque entendió que no estaban bien fundamentados y avaló la medida del gobierno nacional. Dijo que el Poder Ejecutivo “sí ha brindado suficientes y razonables fundamentos que permiten justificar la necesidad, idoneidad y proporcionalidad de la medida excepcional dispuesta”.
“Debemos recordar que dicha Decisión ha sido dictada dentro del contexto de emergencia sanitaria actual, vinculada a la propagación del virus COVID19, la cual con fecha del 11 de marzo del 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al brote como una pandemia”, agregó el magistrado, y resaltó el estado de situación por la presencia del variante Delta del virus.
En su fallo, el juez Del Viso reconoció que en los casos que se presentaron pueden estar afectados otros derechos, y no solo el de la movilidad, como la salud o el trabajo, pero que para esos supuestos no pueden ser tratados en un hábeas corpus, sino que deben tramitarse en un amparo. Ahora deberá dictar una nueva resolución.
Es es el primer caso judicial que tiene una resolución sobre la situación de los argentinos en el exterior. Pero hay más causas que están en trámite. Tres de ellas en la Justicia federal de la provincia de Buenos Aires. En uno de los casos, iniciado por el abogado José Luis España por su esposa e hija que se encuentran en Miami, Estados Unidos, la Cámara Federal de La Plata rechazó el hábeas corpus presentado pero ordenó que el caso se tramite como un amparo y quedó a cargo de la Justicia de Lomas de Zamora.
SEGUIR LEYENDO: