Constitucionalistas alertaron sobre la ilegalidad de las últimas medidas que impactan en los argentinos que viajaron al exterior

El Poder Ejecutivo Nacional Nacional limitó el ingreso de personas al país y el gobierno bonaerense anticipó que obligará a los pasajeros a hospedarse en hoteles

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El gobierno quiere desalentar los
El gobierno quiere desalentar los viajes al exterior (Foto de archivo: Gustavo Luis Gavotti)

Constitucionalistas consultados por Infobae pusieron el foco sobre las últimas medidas adoptadas por los gobiernos nacional y bonaerense que restringen el ingreso de argentinos al país y a los pocos que dejan entrar los obligan a aislarse en hoteles durante cuatro días. La mayoría coincide en que las decisiones son inconstitucionales.

El especialista Félix Lonigro afirmó que la decisión administrativa que limitó el cupo de ingreso de personas al país limita “el derecho de entrar y salir del territorio, que está expresado en la Constitución Nacional”. “Una restricción en sí misma no es inconstitucional. Pero lo es cuando esa restricción no está prevista por ley o cuando, aún siendo votada por el Congreso, restringe desproporcionadamente un derecho”, planteó.

En este caso, la razonabilidad podríamos aceptarla si lo que se busca evitar es que esta la cepa delta de coronavirus ingrese fácilmente a la Argentina. El problema acá es la legalidad. Esto es una decisión administrativa. Sucede lo mismo que ya vimos con los DNU: tendría que ser respaldado por el Congreso. La inconstitucionalidad pasa aquí por el medio utilizado más que por la razonabilidad de la medida”, precisó.

Diego Armesto, otro experto en la materia, recordó que el artículo 14 de la Constitución Nacional prevé que todo argentino puede transitar, permanecer, salir y entrar del territorio cuando lo desee.

“No existe razón alguna para la prohibición del regreso de los argentinos. No se puede, como dijo la directora de Migraciones Florencia Carignano, prohibir la entrada al país bajo el argumento del “yo te avisé”, porque no funciona así. Acá tienen que existir normas, reglas, leyes que declaren las limitaciones a las libertades y que deben ser establecidas por el Congreso Nacional y no por una resolución provincial. Claramente son medidas inconstitucionales que producen una grave ofensa a las normas de la CN”, detalló.

Esta mirada contradice la de quienes exponen que las nuevas restricciones estarían amparadas en la teoría de los actos propios en virtud de la declaración que firman los viajantes al salir del país donde se alerta que podrían existir cambios en las frecuencias de los vuelos en virtud de la situación sanitaria.

En el caso de los hoteles obligatorios para los bonaerenses, Armesto consideró: “Si el ciudadano puede comprobar que está vacunado y que presentó un PCR negativo 72 horas antes de viajar, el aislamiento en un hotel es redundante teniendo en cuenta que puede hacerlo en su casa”. “Claramente es un elemento que se suma a una persecución a los que tienen la posibilidad ir al exterior, vacunarse y tener la vacuna que no le da el gobierno a los argentinos”, opinó.

Desde el Foro de Estudios sobre la administración de Justicia (Fores), el abogado Alfredo Vitolo aseguró: “Más allá de que la renuncia anticipada al ejercicio de derechos fundamentales resulta de por sí un tema discutible, aún cuando esta pueda ser considerada válida, la medida adoptada por el gobierno de la provincia de Buenos Aires exigiendo que toda persona que llegue del exterior del país sin ningún tipo de distinción deba permanecer aislada en hoteles resulta manifiestamente irrazonable”.

Vitolo recordó el voto del presidente de la Corte Suprema Carlos Rozenkrantz en la causa “Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires” contra el Estado Nacional por las clases presenciales: “La emergencia no es una franquicia para ignorar el derecho vigente. La emergencia está sujeta al derecho en este país, en tanto también es una situación jurídicamente regulada y ella no implica en modo alguno que cualquier medida que pudiera representarse como eficaz para atender la situación sea, por esa sola razón, constitucionalmente admisible”.

En ese contexto, el abogado subrayó que “la medida adoptada por el gobierno de la provincia no pasa el test de proporcionalidad y solo aparece como una medida desesperada y sin justificación racional”.

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