Como cada vez que entran en vigencia nuevas restricciones por un DNU a raíz de la pandemia, hay reclamos por derechos vulnerados. Esta vez, el foco se puso sobre la decisión del Gobierno nacional de confirmar que aquellos que antes de la aplicación del decreto eligieron alejarse de sus casas, de cara a un fin de semana largo, no podrán movilizarse hasta que el 30 de mayo finalicen las restricciones. Una vez más, la pregunta volvió a hacerse: esa limitación ¿violenta la Constitución Nacional?
El constitucionalista Daniel Sabsay dijo a Infobae que se trata de “una sanción ex post, discrecional. Es un castigo arbitrario, que viola groseramente el principio de legalidad y el de tipicidad. Está creando una contravención a través de una resolución administrativa que por el momento ni siquiera ha sido publicada”.
Sabsay afirmó que esta decisión “nos acerca a la posición de un monarca que crea per se un delito o una contravención y luego desconociendo las más mínimas garantías sanciona”.
Por su parte, el constitucionalista Félix Lonigro dijo a este medio que “la decisión constituye una restricción al derecho de circular y al derecho de usar la propiedad. Las limitaciones a los derechos están constitucionalmente aceptadas en la medida que sean hechas por ley y que sean razonables (es decir, que no alteren irrazonablemente el derecho limitado)”.
“En este caso no hay ley (sabemos que es un decreto), y se debe juzgar la razonabilidad de la medida. Es aquí cuando entra a tallar la subjetividad de los jueces”, explicó. “En lo particular creo que hay una inconstitucionalidad en la medida, no solo por la falta de ley sino porque hay una irrazonable restricción a los derechos mencionados, ya que es arbitrario impedir que un sujeto pueda volver a su casa”, afirmó.
A su turno, el constitucionalista Diego Armesto opinó que “el gobierno se excede en las atribuciones constitucionales” ya que “uno de los derechos protegidos por el texto fundamental es el libre tránsito”. El abogado resaltó que “los instrumentos internacionales sostienen y protegen de estos atropellos a la persona humana” y citó el artículo 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que dice que “toda restricción debe ser por Ley, no por DNU o decisión administrativa alguna”.
“Se está haciendo una regla... Parafraseando al Presidente no solo el virus no lee la Constitución”, dijo Armesto al ironizar con las palabras del jefe de Estado al hacer público las restricciones impuestas con el nuevo DNU sobre un regreso al confinamiento estricto para frenar la segunda ola de coronavirus.
El Decreto de Necesidad y Urgencia publicado en la noche del viernes establece un aislamiento estricto desde la madrugada del sábado hasta el 30 de mayo en las zonas del país con mayor riesgo epidemiológico, una medida con la que apunta a “evitar consecuencias irreversibles para la salud publica” por el avance de la pandemia de coronavirus. A las restricciones que estaban vigentes se suman desde esta medianoche en los grandes conglomerados urbanos la suspensión de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Las medidas estarán vigentes durante el fin de semana del 5 y 6 junio.
Según el Ministerio de Seguridad, las personas que transiten deberán ser “esenciales, portar el certificado de circulación y su documento de identidad y los papeles del vehículo”, mientras que los que “no son esenciales podrán circular hasta las 18 y en cercanías a su domicilio”.
El secretario de Seguridad Eduardo Villaba confirmó: “La restricción establece eso, que las personas no se muevan de sus casas o lo hagan dentro del rango de su domicilio”. También afirmó que “aquellos que hayan viajado lejos de su domicilio o emprendido accesiones de turismo no van a poder regresar” hasta que finalice el decreto, el 30 de mayo. “Más allá de cuándo se publicó el decreto, la gente sabía del temperamento que iba a tener, ya estaba advertida”, apuntó Villalba.
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