La Cámara Federal ratificó el sobreseimiento de Rodríguez Larreta en la causa Paseo del Bajo

Claudio Bonadio había sobreseído al Jefe de Gobierno porteño y al entonces ministro de Transporte de la Nación Guillermo Dietrich por entender que no hubo delito

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Horacio Rodríguez Larreta (Maximiliano Luna)
Horacio Rodríguez Larreta (Maximiliano Luna)

La causa conocida como “Paseo del Bajo” quedó en jaque. Según revelaron a Infobae fuentes judiciales, la Cámara Federal porteña ratificó este viernes los sobreseimientos del jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y del ex ministro de Transporte macrista, Guillermo Dietrich, que estaban investigados por distintos delitos de corrupción. El fallo fue firmado en un voto único por los jueces de la Sala I de la Cámara Federal Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, quienes descartaron la hipótesis de la fiscalía.

Los jueces no solo rechazaron que hubieran existido irregularidades en la contratación para favorecer al consorcio que integraba en ese momento el empresario Ángelo Calcaterra, primo del entonces presidente Mauricio Macri, sino que además determinaron que no se corroboró un perjuicio al Estado en la construcción y adjudicación de la obra.

Al momento en que se optó por esa forma de contratación, no era posible conocer qué empresas se presentarían a la licitación, cómo serían sus ofertas y cuál de ellas resultaría adjudicataria. Por lo cual era incierto e imprevisible saber o suponer que no se presentarían otras ofertas más convenientes que la de IECSA-Fontana Nicastro”, sostuvo la resolución a la que accedió Infobae.

Pero la Cámara Federal también apuntó contra los fiscales. “No es atendible construir una hipótesis delictiva en torno a un perjuicio patrimonial cuya apreciación depende de circunstancias posteriores al desarrollo de la licitación y, que no podían ser conocidas ni previstas con antelación por ninguna de las partes involucradas”. Pero ni aún así, afirmó el fallo, “ni siquiera el análisis posterior lleva a esa conclusión”. ¿Por qué? La Cámara Federal afirmó que “el análisis posterior de los hechos permite concluir que se terminó abonando una cifra menor al precio base fijado en los pliegos y que el importe que cita el Ministerio Público Fiscal -menor al 1% del total pagado- no refleja lo sucedido. Esa especulación (de la fiscalía) resulta finalmente errónea”.

El entonces presidente Mauricio Macri
El entonces presidente Mauricio Macri al inaugar Paseo del Bajo, junto a Rodriguez Larreta y María Eugenia Vidal

El Paseo del Bajo, un corredor exclusivo de 7,1 kilómetros que conecta las autopistas Illia, 25 de Mayo y Buenos Aires-La Plata, fue una de las obras más importantes de Cambiemos en la Capital Federal. “Este pavimento que estoy tocando no es relato, es real”, aseguró Mauricio Macri en un discurso de la campaña electoral hace casi dos años, acompañado por Rodríguez Larreta y la entonces gobernadora bonaerense María Eugenia Vidal. “El dinero de las obras ya no termina en bolsos que vuelan por el aire”, añadió arrodillándose y tocando el piso, en una clara alusión a las denuncias de corrupción que salpicaban al kirchnerismo con la causa cuadernos o la figura en el convento del ex secretario de Obras Públicas José López.

Para esa altura, ya existía una causa penal en Comodoro Py. La denuncia por estas obras fue radicada el 25 de octubre del 2018 por Fernando Míguez, de la Fundación del Cambio Climático, a la que luego se le sumó otra investigación realizada por la Procuración de Investigaciones Administrativas. Se habló de delitos como defraudación contra la administración pública, abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público.

La base de la acusación gira en torno a si se adjudicó de forma indebida, mediante direccionamiento y a un precio mayor que el que hubiese correspondido, el tramo más oneroso de la licitación pública internacional en cuestión, en favor de la empresa IECSA. (Esa firma era propiedad de Calcaterra, primo de Macri, pero en 2017 fue vendida al empresario Marcelo Mindlin)

Según la fiscalía, la maniobra sospechada estaba en que se había adjudicado el último tramo de la obra a la unión transitoria conformada por IECSA y Fontana Nicastro SA mediante la alteración de las normas previstas para el proceso de selección de la licitación, a través de circulares sin consulta libradas por funcionarios de AUSA. Esto habría permitido eliminar a otros posibles candidatos a quedarse con este tramo, beneficiando indebidamente a esa unión de empresas. Otros dos ejes de la denuncia apuntaban a la inclusión de las obras de infraestructura civil del llamado “RER” y la remoción de un gasoducto.

Tras allanamientos, diligencias y sin citaciones a indagatoria, en diciembre de 2019, en uno de los últimos fallos que firmó antes de su fallecimiento en febrero de 2020, el juez Claudio Bonadio determinó el sobreseimiento de los imputados en esta causa. Se trató del ex ministro de Transporte Guillermo Dietrich; del jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta; el funcionario Franco Moccia (ministro de Desarrollo Urbano de la Ciudad) y a dos altos funcionarios de Autopistas Urbanas SA (AUSA), la empresa de la Ciudad que estuvo a cargo de la licitación: el presidente de la firma Carlos María Frugoni y Natalia Bustos, jefa de Compras. “No cabe más que concluir en la inexistencia de actos irregulares o ilícitos en los hechos denunciados”, escribió Bonadio. Con esa decisión, se archivó la investigación que también salpicaba a empresarios vinculados a la obra.

fiscal Alejandra Mangano (Fiscales.gob.ar)
fiscal Alejandra Mangano (Fiscales.gob.ar)

Pero los fiscales Alejandra Mángano y Sergio Rodríguez (de la PIA) apelaron ese fallo. Entendieron que el sobreseimiento y archivo de las actuaciones fue “prematuro” porque todavía faltaban medidas de prueba para esclarecer detalles en torno a las decisiones que se tomaron en la construcción de la obra. “El análisis de la documentación secuestrada reveló la existencia de indicadores de direccionamiento de las licitaciones y permitieron abrir nuevas líneas para profundizar la pesquisa, en lo que respecta a las diferentes aristas de la maniobra”, señalaron. En ese sentido, en base a lo que planteaba una auditora general porteña y dirigente kirchnerista, habrían existido dudas el mecanismo por el cual compitieron los consorcios Iecsa – Fontana Nicastro; Roggio – Cartellone – Soletanche Bachy; Corsan – Corviam; y Chediack – Salina Impregilo- Healy.

La apelación fue sostenida por el fiscal subrogante ante la Cámara Federal José Luis Agüero Iturbe, cuando dijo que la Cámara Federal debía investigar el caso como “un acto de corrupción” para saber si “estamos una vez más” ante la clásica “tramoya pública privada” de la obra pública. En sus palabras, los sobreseimientos dispuestos por Bonadio dejaban “esa amarga sensación” que causa sentir que “la ilusión de encontrar justicia queda trunca”.

Ángelo Calcaterra
Ángelo Calcaterra

La respuesta de la Cámara Federal llegó ahora, con un punteo detallado de los cuestionamientos que habían formulado los fiscales. El fallo habló del “exhaustivo y meticuloso trabajo del órgano acusador” y destacó “el esmerado esfuerzo del Ministerio Público Fiscal de señalar posibles fallas o irregularidades en las tramitaciones administrativas”. “Pero lo que no logra mostrar es la configuración o vinculación que logre unir a alguna de las supuestas fallas postuladas con una hipótesis de relevancia penal. Sabemos que no toda alteración de una disposición que regula materias reglamentarias constituye necesariamente una ilicitud penal”, agregaron los magistrados.

Los jueces Bruglia, Llorens y Bertuzzi descartaron que “la alteración del orden de apertura de los sobres en la licitación haya tenido algún propósito merecedor de reproche penal” porque eso se debió “a un objetivo lícito y razonable, dirigido exclusivamente a obtener un préstamo bancario que beneficiaría el financiamiento y concreción de la obra”. Eso, se afirmó, " anula toda sospecha relacionada con un posible direccionamiento del proceso licitatorio”.

Y aunque admitieron que “en determinadas circunstancias, las modificaciones a los pliegos de una licitación pueden incidir en las ofertas a presentar y afectar el normal desarrollo del procedimiento licitatorio”, no fue éste el caso. “La afirmación de que las modificaciones al orden de prelación fueron el instrumento para ‘direccionar’ la licitación en favor del consorcio integrado por IECSA no se corresponde con las circunstancias fácticas en que se desarrolló el proceso licitatorio en cuestión”, se concluyó.

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