Fabián Rodríguez Simón presentó un habeas corpus ante la justicia uruguaya para insistir en su planteo de refugiado

Lo hizo este miércoles ante el mismo juez de Uruguay al que se le presentó cuando se enteró de la orden de detención librada por Servini. Mañana habrá una audiencia con Interpol para resolver sobre el pedido de captura

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Fabián Rodríguez Simón, señalado como un operador judicial del gobierno de Mauricio Macri y hoy buscado por la justicia argentina en el marco de una causa que motorizaron en su contra los dueños de C5N, solicitó un hábeas corpus al Poder Judicial de Uruguay en base a su reclamo para convertirse en refugiado político. La presentación fue hecha ayer, miércoles, cuando la jueza María Servini lo declaró “rebelde” y libró su orden de captura nacional e internacional a los fines de su proceder a su indagatoria.

Según indicaron a Infobae fuentes judiciales, Rodríguez Simón se presentó en el juzgado 43 de Montevideo para decirle al juez que estaba al tanto de que se había ordenado su captura y hacerle saber que estaba en calidad de refugiado en Uruguay, según su versión. En ese contexto, formalizó un planteo de hábeas corpus.

A raíz de ello, el juez ya habría solicitado a Interpol saber si hay una orden de detención contra el abogado argentino. También verificar cuál es el trámite que dio inicio Rodríguez Simón a los fines de ser declarado refugiado. Este medio pudo confirmar que mañana por la tarde habrá una audiencia en el juzgado uruguayo a la que está citado también Interpol. Acorde a lo explicado, para bloquear el pedido de captura internacional que dispuso Servini, se planteó un habeas corpus y el juez cito a Interpol a una audiencia mañana a la tarde para resolver.

De todas maneras, subrayan las fuentes consultadas, la justicia uruguaya no puede proceder a la captura solicitada por la jueza Servini hasta que no se defina la situación de refugiado reclamada por “Pepín”. El ex funcionario del gobierno de Mauricio Macri pidió ser considerado “refugiado político” porque es una figura contemplada por Naciones Unidas, precisamente ante situaciones de persecución y amenaza para la seguridad o la libertad, que si es concedido conlleva protección frente a un pedido de extradición.

La jueza María Servini
La jueza María Servini

Ahora será la Comisión de Refugiados (CORE) de Uruguay la que evalúe el requerimiento. Rodríguez Simón tiene 90 días para fundamentar por qué cree que merece ser incluido en esa categoría.

El lunes por la noche, el ex funcionario, que había viajado a Uruguay autorizado por la propia justicia argentina, hizo pública una carta en la que argumentó su pedido:Ya existe la decisión previa de privarme de mi libertad en cuanto regrese al país”, indicó.

Tras esa decisión, la jueza Servini ordenó este miércoles la captura internacional de Fabián Rodríguez Simón a los fines de tomarle declaración indagatoria. También dispuso la inhibición general de todos sus bienes y el congelamiento de sus cuentas bancarias. En su decisión, el fallo ordena que el Ministerio de Seguridad de la Nación por su intermedio “se notifique a las fuerzas de seguridad la medida y oficiar al Jefe del Departamento de INTERPOL de la Policía Federal Argentina librar exhorto internacional en los términos de la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal a efectos de solicitarle a las autoridades que correspondan de la República Oriental del Uruguay que, de manera muy urgente, se proceda a la localización de Fabián Jorge Rodríguez Simón y se prohíba su salida de ese país”.

“Rodríguez Simón recientemente dio sobradas muestras públicas de su intención de sustraerse de la justicia, lo cual reitero fue ratificado por su letrado defensor el día 18 de mayo de 2021″, sostuvo la jueza en su resolución. “Los delitos que aquí se investigan de ningún modo pueden ser considerados delitos políticos, y su condición de funcionario público – aún no determinada fehacientemente – no puede ser entendida como suficiente para estos fines. Entonces, su planteo es absolutamente improcedente, y parecería ser un atajo para obstruir el curso de la investigación, en un caso en el que, luego de más de dos años de trámite, no se le ha impuesto ninguna medida cautelar personal ni real que pudiera dar un viso de verosimilitud al temor que el imputado pretende sostener y, mucho menos, a lo que denomina ‘persecución política’”.

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