Si Diputados aprueba el proyecto de reforma de la ley del Ministerio Público Fiscal el gobierno nacional de turno que controle al Procurador tendrá un poder de fuego como nunca antes lo tuvo. De llegar a sancionarse la iniciativa del oficialismo, los gobernadores provinciales estarán a tiro de cañón de la Casa Rosada. A los mandatarios provinciales no se les debería escapar de su análisis esta arista, en principio inexplorada, del polémico proyecto que impulsa el kirchnerismo. Sólo basta hacer un repaso por la normativa vigente más las modificaciones a la ley que establece el funcionamiento del Ministerio Público Fiscal. Ya no es solamente la posibilidad discrecional que tendrá el gobierno nacional de turno para remover y nombrar al Procurador y la afectación a la independencia de los fiscales.
En 2014 se aprobó el nuevo Código Procesal Penal Federal, por el que se instaura el sistema acusatorio, en el que los fiscales asumen la responsabilidad exclusiva de investigar la corrupción y otros delitos graves. En el nuevo sistema, según establece el artículo 31 del Código, los fiscales “podrán prescindir total o parcialmente del ejercicio de la acción penal pública o limitarla a alguna de las personas que intervinieron en el hecho” cuando consideren que no resulta importante. Es decir, si los fiscales no investigan, la corrupción quedará impune.
De esta manera los fiscales asumen un rol protagónico, decidiendo qué casos serán investigados y juzgados y cuáles no. La intervención de los jueces se reduce a verificar el respeto a las garantías procesales durante el juicio y la adopción de la decisión final de condena o absolución, únicamente en aquellos casos que los fiscales decidan presentar ante la justicia.
El nuevo sistema “entrará en vigencia de conformidad con el cronograma de implementación progresiva que establezca la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del nuevo Código Procesal Penal de la Nación que funciona en el ámbito del Congreso Nacional.
Hasta el momento, el sistema acusatorio comenzó a regir en el distrito judicial de la Cámara Federal de Salta, que abarca la justicia federal de las provincias de Salta y Jujuy. Los próximos distritos y las fechas en las que el nuevo sistema se va a implementar, es una decisión de la Comisión Bicameral, que está presidida por la senadora kirchnerista Anabel Fernández Sagasti e integrada por nueve legisladores del Frente de Todos, siete de Juntos por el Cambio y 1 del Movimiento Popular Neuquino. En consecuencia, el oficialismo se encuentra en condiciones de decidir la implementación inmediata del sistema acusatorio en cualquier punto del país, ya sea en los tribunales de Comodoro Py -donde tramitan las causas de corrupción más resonantes- como en cualquier provincia, se encuentre gobernada por el oficialismo o la oposición.
Por otro lado, una modificación del año 2014 -durante el gobierno de Cristina Kirchner- de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal le otorga al Procurador General de la Nación una serie de facultades que no hacen más que acrecentar su poder. Es así que el jefe de los fiscales podrá:
- Fijar la política general del organismo y la política de persecución penal.
- Dictar los reglamentos y organizar las dependencias del Ministerio Público Fiscal.
- Administrar los recursos materiales y humanos, es decir destinar más personal y más dinero a las fiscalías e investigaciones según su voluntad.
- Ejercer el poder disciplinario.
- Conformar equipos de fiscales para casos importantes o difíciles.
- Establecer la conformación de las fiscalías de distrito (fiscalías federales con asiento en las provincias o las regiones), fijar su sede y su extensión territorial.
Además, la ley le permite al Procurador General de la Nación designar a los fiscales coordinadores de cada distrito, quienes serán los responsables directos del funcionamiento del Ministerio Público Fiscal y tendrán las facultades de centralizar la información, distribuir los casos entre los diferentes fiscales, conformar equipos, otorgar intervención a las fiscalías especializadas y disponer la actuación conjunta con otras fiscalías de distrito, etc.
Es decir, que el Procurador tiene la facultad de organizar el Ministerio Público Fiscal, elegir a los fiscales coordinadores de distrito y, a través de ellos, controlar el trámite de las causas judiciales, tanto en Comodoro Py como en la justicia federal de cualquier provincia.
El proyecto de ley que impulsa el oficialismo -que ya tiene media sanción del Senado- le permitirá al actual gobierno la designación de un “Procurador militante” o sometido al poder político. Esto es así porque disminuye la mayoría necesaria para la designación del jefe de los fiscales. Hoy el candidato propuesto por el Presidente debe recibir el acuerdo de los dos tercios del Senado mientras que la iniciativa que el oficialismo busca aprobar en diputados establece que para nombrar al Procurador bastará con la mayoría absoluta, o sea, más de la mitad de los miembros de los miembros. De aprobarse el proyecto de ley le permitiría al kirchnerismo desplazar a Eduardo Casal y designar con mayor facilidad a su reemplazante. De esta forma, el Procurador General de la Nación podría ser designado con el voto del bloque mayoritario, sin el consenso de ninguno de los otros bloques parlamentarios. Con la misma mayoría, el oficialismo podría suspenderlo por acusaciones de mal desempeño.
En caso de vacancia, licencia o suspensión, la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público de la Nación, que también tiene mayoría oficialista, elegiría a su sustituto.
Asimismo, el proyecto, de llegar a aprobarse, somete a los fiscales al poder político no pudiendo actuar con independencia. Para ello, modifica la integración del Tribunal de Enjuiciamiento de fiscales. Se otorga primacía a los representantes políticos al quitar al representante del Senado, a un abogado y a un fiscal, y suplantarlos por 3 integrantes de la Comisión Bicameral de Seguimiento del Ministerio Público. El oficialismo tendría 3 sobre 7 integrantes (más el académico que suele acompañar al oficialismo) y el Tribunal sería presidido por un integrante de la mayoría de la Comisión Bicameral.
Asimismo, se reduce el quórum para sesionar y se cambia la mayoría necesaria para la remoción de fiscales. Por el juego de ambas modificaciones, si el Tribunal sesiona con 4 miembros, el oficialismo podría remover a un fiscal con el voto de sus 3 representantes, sin el acompañamiento de ningún otro estamento. Ello representa una amenaza que afecta la independencia de los fiscales para investigar al poder. Al referirse a este mecanismo que busca implementar el oficialismo, el presidente de la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación, Carlos Rívolo lo calificó como un “pelotón de fusilamiento” de fiscales.
En definitiva, las modificaciones impulsadas buscan que el poder central pueda ejercer directa influencia sobre el desempeño de los fiscales, designando a un Procurador militante que elija a los fiscales coordinadores de distrito y amenazando a los fiscales autónomos con removerlos si investigan al poder.
En el marco de la implementación del sistema acusatorio, ello no sólo afectaría el desempeño de la justicia federal de Comodoro Py, que juzga la corrupción en el gobierno nacional, sino que también, en los hechos, implica una intervención de la justicia federal con asiento en las provincias.
En efecto, esa vía de intervención sobre el desempeño de la justicia federal en las provincias podría ser utilizada para perseguir judicialmente tanto a opositores políticos como a gobernadores del partido gobernante que no se sometan al poder del látigo y la billetera de la Casa Rosada.
SEGUIR LEYENDO: