“Una ley ordinaria no va a sustituir a la Constitución”, la frase del presidente de España que la oposición usa para criticar al Gobierno

En un breve intercambio con periodistas, luego de una reunión bilateral con Alberto Fernández, Pedro Sánchez respondió una pregunta sobre la legalidad de las medidas de restricción por la pandemia del coronavirus

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En un breve intercambio con periodistas, luego de una reunión bilateral con Alberto Fernández, Pedro Sánchez respondió una pregunta sobre la legalidad de las medidas de restricción por la pandemia del coronavirus

En el marco de la gira europea que lleva adelante desde el domingo, al presidente Alberto Fernández se le escapó un sonrisa cuando una periodista consultó a su par de España, Pedro Sánchez, sobre las medidas de restricción en el país europeo. Fue durante un breve intercambio con los medios de prensa, luego de una reunión bilateral en la sede gubernamental.

Una ley ordinaria no va sustituir nunca a la constitución española, esto es de primero de derecho”, señaló el mandatario europeo cuando le preguntaron sobre los pedidos de los presidentes de las comunidades autónomas ante el Tribunal Superior de Justicia para mantener las restricciones en sus territorios, a pesar del fin del estado de alarma que dispuso el gobierno español el último fin de semana.

“Yo pediría coherencia a la oposición. No puede ser que ahora echen de menos el estado de alarma, y cuando lo propuse por seis meses lo que hicieron fue votar en contra”, planteó Sánchez, recordó que las comunidades autónomas tienen “amplios instrumentos” para hacer frente a la pandemia, y aseguró: “estamos a 99 días de lograr el 70% de la población vacunada; el estado de alarma es el pasado, el futuro es vacunar y vacunar”.

Las palabras del presidente español resonaron en Argentina, a miles de kilómetros de distancia. “El presidente de España dando una clase de derecho y de gestión a Alberto Fernández”, señaló la diputada de Juntos por el Cambio Lucila Lehman, a través de las redes sociales. “Espero lo comprenda”, agregó el diputado Waldo Wolf.

En la misma línea se pronunció Luis Petri: “Usted nos pidió que leyéramos el proyecto, habiéndolo hecho, le pido encarecidamente que lea el fallo de la Corte, porque está claro que ni lo vio. Si no nos escucha a nosotros, y tampoco a la Corte de nuestro país, escúchelo a Pedro Sánchez y retire la ley que envió al Congreso ya que viola la Constitución”.

De todas maneras, las comparaciones que hicieron Lehman, Wolff y Petri no se condicen con lo que sucede en España. Desde el Gobierno aclararon a Infobae que lo que rechazó Sánchez es que los gobernadores de las comunidades autónomas quieran hacer valer las leyes locales por encima de la Constitución española. Lo opuesto sucede en la Argentina, donde el principal reclamo de la ciudad de Buenos Aires fue justamente que la autonomía de la Capital Federal estaba por encima de un decreto presidencial en materia de educación, algo que fue ratificado por la Corte Suprema.

El presidente de Argentina, Alberto Fernández y su par de España, Pedro Sánchez (Europa Press)
El presidente de Argentina, Alberto Fernández y su par de España, Pedro Sánchez (Europa Press)

El bloque opositor ya adelantó ayer su rechazo al proyecto que impulsa el Gobierno para regular las restricciones por el coronavirus. La iniciativa, que ayer ingresó al Congreso, entre otras cuestiones, dispone que las clases presenciales quedarán suspendidas de manera inmediata cuando un distrito ingrese en “Alerta Epidemiológica”, debido a que “el número de casos confirmados acumulados de los últimos catorce días por 100 mil habitantes sea igual o superior a 500 y el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al 80%”.

La suspensión de las clases presenciales llevó a la Casa Rosada y al jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, a un litigio en la Corte Suprema que quedó saldado cuando el máximo tribunal respaldó la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para habilitar o no durante la pandemia el funcionamiento de las escuelas y colegios.

Pese a esa definición judicial -que representó un duro revés político- el gobierno de Alberto Fernández incluyó en el artículo 21 del proyecto el siguiente texto:

“En los Aglomerados, Departamentos o Partidos que se encuentren en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria queda suspendido el dictado de clases presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades. Queda exceptuada la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial, en acuerdo con sus familias y, asimismo, se deberán arbitrar los medios para cumplir con los apoyos y el acompañamiento educativo de los y las estudiantes con discapacidad”.

“Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL, previa consulta con el Gobernador o la Gobernadora de Provincia y con el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, a morigerar o dejar sin efecto la suspensión establecida en el presente artículo en virtud de la mejora sostenida en los valores de los parámetros de riesgo epidemiológico y sanitario, aun dentro de los niveles de alarma”.

El presidente Alberto Fernández y Horacio Rodríguez Larreta en Olivos (NA)
El presidente Alberto Fernández y Horacio Rodríguez Larreta en Olivos (NA)

De todos modos, en el mensaje que acompañó al proyecto, el gobierno de Alberto Fernández insistió con que “resulta necesaria la suspensión de las clases” porque “en momentos de alta circulación del virus, la reducción transitoria de la circulación de personas relacionadas con las actividades de educación presencial, coadyuva a ralentizar la velocidad de transmisión del virus. Se trata de situaciones en las que se verifica un número extremadamente alto de casos y se hace imperioso prevenir la saturación del sistema de salud que se encuentra altamente tensionado en estos lugares”.

La razonabilidad de establecer en esas situaciones extremas la virtualidad para las clases se basa en los datos objetivos que muestran el impacto que tiene la actividad presencial en la movilidad y circulación en los aglomerados urbanos. Según la propia definición de circulación comunitaria del SARS-Cov-2 en contextos con ese tipo de transmisión, no es factible establecer el origen de cada uno de los casos confirmados”, se indicó en el mensaje.

Y puso como ejemplo de países donde se suspendieron las clases a Ecuador, Uruguay, Chile, México y de Alemania. Sobre este último país, recordó que se cerraron las escuelas “cuando la tasa de incidencia superó los 200 casos por cada 100.000 habitantes”.

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