La Corte Suprema falló a favor de las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires

El máximo tribunal avaló la autonomía de la Capital Federal y le dio la razón a Horacio Rodríguez Larreta en su conflicto con la Casa Rosada, tal como adelantó el lunes Infobae

Guardar
Rodríguez Larreta le ganó su puja judicial a Alberto Fernández (Foto: Franco Fafasuli)
Rodríguez Larreta le ganó su puja judicial a Alberto Fernández (Foto: Franco Fafasuli)

La Corte Suprema de Justicia falló a favor de las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires, tal como había adelantado el lunes Infobae. Con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, el máximo tribunal del país hizo lugar a la demanda presentada por el gobierno porteño y aseguró que el decreto de necesidad y urgencia que ordenó cerrar las escuelas viola la autonomía de la Capital Federal. Elena Highton de Nolasco, que ya se había manifestado en contra de la competencia originaria del tribunal en este caso, se abstuvo.

La decisión judicial saldó una disputa política entre el presidente Alberto Fernández y el jefe de Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, a partir de la decisión de la Casa Rosada de suspender las clases presenciales en el Área Metropolitana como una medida para restringir la circulación de personas en medio de la segunda ola de coronavirus.

El fallo no declara la inconstitucionalidad del decreto porque venció el viernes de la semana pasada, pero establece criterios que deben ser tenidos para situaciones similares como la que se transita desde el 1° de mayo, cuando comenzó a regir otro DNU que también ordena el cierre de los colegios desconociendo la autonomía de la Capital Federal en la materia.

La sentencia se compone de tres votos, todos en el mismo sentido pero con diferentes argumentos y puntos de vista: Maqueda y Rosatti (en conjunto), Rosenkrantz y Lorenzetti. Los magistrados hicieron una fuerte defensa del federalismo y del estatus jurídico de la Ciudad de Buenos Aires, asimilable al de las provincias.

Cuatro votos a favor de la Ciudad y una abstención en el fallo de la Corte Suprema
Cuatro votos a favor de la Ciudad y una abstención en el fallo de la Corte Suprema

El debido resguardo del federalismo constitucional exigía que el Estado Nacional justificara de manera suficiente el ejercicio en el caso de su específica competencia sanitaria en relación a la concreta orden de suspender del dictado de clases educativas presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades en la jurisdicción de la actora. En conclusión, en el examen de legalidad, la falta de justificación suficiente para ejercer una competencia sanitaria que alcance a suspender la modalidad presencial de la educación en la Ciudad deja al descubierto que, en este caso, el Estado Federal en lugar de ejercer una atribución propia invadió una que le resulta ajena”, coincidieron Maqueda y Rossatti.

Rosenkrantz, presidente del tribunal, analizó: “Resulta claro que la decisión de si la escolaridad debe realizarse bajo la modalidad presencial o virtual en los establecimientos de educación inicial, primaria y secundaria dependientes de la Ciudad de Buenos Aires o regulados por ella corresponde, en principio, a ese estado y no a la Nación. En ese contexto normativo, la decisión de suspender las clases presenciales en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires adoptada por el Estado Nacional —aun a la luz de la declaración de emergencia— solamente podría validarse constitucionalmente si encontrase respaldo en la facultad exclusiva del Congreso para reglar el comercio de las provincias entre sí (art. 75, inc. 13 de la Constitución) o en las facultades concurrentes del Congreso, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires para promover el bienestar de todas las provincias (art. 75, inc. 18 de la Constitución)”.

Y agrega: “En esta causa, la Ciudad de Buenos Aires ha proporcionado elementos de juicio que indican que el impacto interjurisdiccional de la actividad regulada es meramente conjetural”.

Finalmente, Lorenzetti resumió su postura en seis puntos que se transcriben a continuación. En el último indica específicamente que los criterios dispuestos en esta resolución judicial son aplicables a todas las provincias.

1. El deber de los Tribunales es proteger los derechos fundamentales, ya que el Estado no puede sustituir a las personas en las decisiones correspondientes a su esfera individual;

2. Hay un derecho humano a la educación que debe ser satisfecho en la mayor medida posible porque es el que define las oportunidades de desarrollo de una persona;

3. Hay también un derecho a la salud y la vida respecto de los cuales los demás derechos individuales resultan instrumentales, porque es evidente que no hay educación sin vida humana;

4. Que, en consecuencia, debe realizarse un juicio de ponderación entre la máxima satisfacción posible del derecho a la educación y la protección de la salud en un contexto de emergencia sanitaria y dentro de un sistema reglado por el Estado de Derecho;

5. Que el criterio es el siguiente : El Estado no tiene facultades para limitar el derecho de una persona para ejercer su derecho a la educación, excepto cuando puede constituirse en una causa de daños a terceros (Art 19 CN), siempre que ello no signifique una afectación esencial del derecho, lo que ocurre cuando la medida es reiterada en el tiempo o implica una profundización irrazonable de las restricciones que impidan el acceso a la educación de calidad.

6. Estos criterios son aplicables a medidas adoptadas por todas las autoridades, sean de la Nación o de las Provincias. Por esa razón esta Corte señaló que una Provincia no puede violar la libertad de tránsito y derechos fundamentales establecidos en la Constitución (Confr. Fallos 343:930 “Maggi” y 343:1704 “Lee”).

El fallo completo:

Guardar

Últimas Noticias

Crisis en el G20 de Brasil: Milei y Lula chocan por el cambio climático, la agenda de crecimiento sustentable y el impuesto a los “super ricos”

A la distancia y sin intercambiar palabra, los presidentes de Argentina y Brasil protagonizan un fuerte enfrentamiento detrás del cortinado que complica la aprobación del comunicado final de la Cumbre
Crisis en el G20 de Brasil: Milei y Lula chocan por el cambio climático, la agenda de crecimiento sustentable y el impuesto a los “super ricos”

Máximo Kirchner: “El partido judicial, Macri y el poder económico aprendieron del 2019 y ahora proscriben a Cristina”

El diputado y líder de La Cámpora habló en exclusiva con Infobae tras una semana signada por la condena a la ex presidenta en la causa Vialidad. Criticó a Milei, advirtió que “el modelo económico no va a funcionar” y habló de la interna del PJ y de Kicillof. ”El peronismo nunca estuvo tan mal”, dijo
Máximo Kirchner: “El partido judicial, Macri y el poder económico aprendieron del 2019 y ahora proscriben a Cristina”

El Gobierno abrió el retiro voluntario para 2.800 empleados del Ministerio de Justicia que cobran el sueldo a través de un ente privado

Se trata del Ente Cooperador ACARA que recauda dinero por la inscripción y patentamiento de autos, con el que se pagan sueldos de empleados de esa cartera, contratados por fuera de la Administración Pública Nacional. Los gremios denuncian que se trata de despidos encubiertos, sin el pago de la indemnización correspondiente
El Gobierno abrió el retiro voluntario para 2.800 empleados del Ministerio de Justicia que cobran el sueldo a través de un ente privado

Pesca ilegal: especialistas advierten que la decisión de Santa Cruz de asistir a los buques chinos pone en riesgo la soberanía

En diálogo con Infobae, el especialista César Lerena señaló que en los últimos 50 años esta actividad se llevó 152 mil millones de dólares en productos pesqueros migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva de Argentina
Pesca ilegal: especialistas advierten que la decisión de Santa Cruz de asistir a los buques chinos pone en riesgo la soberanía

Presupuesto 2025: si se aprueba en Diputados, el Gobierno intentará sancionarlo el 11 de diciembre en el Senado

La estimación del oficialismo obligará a convocar a sesiones extraordinarias. Sin embargo, aún persisten dudas sobre el devenir en la Cámara baja y crece la desconfianza
Presupuesto 2025: si se aprueba en Diputados, el Gobierno intentará sancionarlo el 11 de diciembre en el Senado